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49 NORMAS LEGALES Sábado 29 de febrero de 2020 El Peruano / Artículo 4.- La empresa “SERVIMOTRIZ S.A.”, bajo responsabilidad, debe presentar a la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la renovación de la póliza de seguro de responsabilidad civil contratada de conformidad con el numeral 5.5.1.4 de La Directiva, antes del vencimiento del plazo que se señala a continuación: ACTO Fecha Máxima de Presentación Renovación o contratación de nueva póliza 16 de agosto del 2020 Renovación o contratación de nueva póliza 16 de agosto del 2021Renovación o contratación de nueva póliza 16 de agosto del 2022 Artículo 5.- La presente Resolución Directoral deberá ser publicada, siendo de cargo de la empresa denominada SERVIMOTRIZ S.A., los gastos que originen su publicación. Artículo 6.- Noti fi car la presente Resolución Directoral en el domicilio fi scal señalado por la empresa SERVIMOTRIZ S.A., ubicado en la Av. Alameda Nº 157, Torre 06, Dpto. 606, Co. Villa Nova, distrito del Callao, Provincia Constitucional del Callao. Regístrese, comuníquese y publíquese.JANET PATRICIA ARIAS VALDIVIA Director de Circulación VialDirección General de Autorizaciones en Transportes 1859357-1 ORGANISMOS EJECUTORES COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS Autorizan transferencias financieras a favor de Entidades Ejecutoras para financiar diversas actividades RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 015-2020-DV-PE Lima, 28 de febrero de 2020VISTO: El Memorando N° 000268-2020-DV-DATE, mediante la cual la Dirección de Articulación Territorial, remite el Anexo N° 01 que detalla las Actividades, Entidades Ejecutoras e importes a ser transferidos, y; CONSIDERANDO:Que, el literal a) del artículo 4° del Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2014-PCM, establece que DEVIDA tiene la función de diseñar la Política Nacional de carácter Multisectorial de Lucha contra el Trá fi co Ilícito de Drogas y el Consumo de Drogas, promoviendo el desarrollo integral y sostenible de las zonas cocaleras del país, en coordinación con los sectores competentes, tomando en consideración las políticas sectoriales vigentes, así como conducir el proceso de su implementación; Que, el literal e) del numeral 17.1 del artículo 17° del Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, autoriza a DEVIDA en el presente Año Fiscal, a realizar de manera excepcional, transferencias fi nancieras entre entidades en el marco de los Programas Presupuestales: “Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible – PIRDAIS”, “Prevención y Tratamiento del Consumo de Drogas”, y “Gestión Integrada y Efectiva del Control de Oferta de Drogas en el Perú”, precisándose en el numeral 17.2 del referido artículo, que dichas transferencias fi nancieras, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, se realizan mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, siendo necesario que tal resolución sea publicada en el Diario O fi cial El Peruano; Que, el numeral 17.3 del artículo señalado en el párrafo anterior, establece que la entidad pública que trans fi ere los recursos en virtud al numeral 17.1 del mismo cuerpo normativo, es la responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales le fueron entregados los recursos, precisando que éstos bajo responsabilidad, deben ser destinados sólo a los fi nes para los cuales se autorizó su transferencia fi nanciera; Que, mediante Informe N° 000008-2020-DV-DAT, la Dirección de Asuntos Técnicos remite la priorización de las actividades que serán fi nanciadas con recursos de la fuente de fi nanciamiento “Recursos Ordinarios”, la misma que cuenta con la aprobación de la Presidencia Ejecutiva; Que, para tal efecto y en el marco del Programa Presupuestal “Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible – PIRDAIS”, en el año 2020, DEVIDA suscribió Adendas con las Entidades Ejecutoras para la ejecución actividades, hast a por la suma de CUATRO MILLONES TRESCIENTOS SETENTA MIL NOVECIENTOS CINCO CON 00/100 SOLES (4’370,905.00), cuyo fi nanciamiento se efectuará a través de transferencias fi nancieras; Que, la Unidad de Presupuesto de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto de DEVIDA, ha emitido las Certi fi caciones de Crédito Presupuestal N° 00412, 00414, 00415, 00416 y 00417, entendiéndose que estos documentos forman parte del Informe Previo Favorable N° 0000025-2020-DV-OPP-UPTO, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 17.2 del artículo 17° del Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020. Adicionalmente, DEVIDA ha emitido la respectiva conformidad de los Planes Operativos de las Actividades; Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la precitada Ley, las Entidades Ejecutoras, bajo responsabilidad, sólo destinarán los recursos públicos que se trans fi eren para la ejecución de las Actividades detalladas en el Anexo N° 01 de la presente Resolución, de conformidad con los POAs aprobados por DEVIDA, quedando prohibido reorientar dichos recursos a otros proyectos, actividades y/o gastos administrativos; Con los visados de la Gerencia General, los Responsables de la Dirección de Articulación Territorial, Dirección de Asuntos Técnicos, Dirección de Promoción y Monitoreo, O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, Ofi cina General de Administración y O fi cina de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020 y el Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2014-PCM. SE RESUELVE:Artículo Primero.- AUTORIZAR las transferencias fi nancieras hasta por la suma total de CUATRO MILLONES TRESCIENTOS SETENTA MIL NOVECIENTOS CINCO CON 00/100 SOLES (4’370,905.00), para fi nanciar las Actividades a favor de las Entidades Ejecutoras que se detallan en el Anexo N°01 que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Segundo.- DISPONER que las transferencias fi nancieras autorizadas por el Artículo Primero de la presente resolución, se realicen con cargo al presupuesto del Año Fiscal 2020 del Pliego 012: Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas correspondiente a la fuente de fi nanciamiento “Recursos Ordinarios”.