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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE JULIO DEL AÑO 2020 (09/07/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 11

11 NORMAS LEGALES Jueves 9 de julio de 2020 El Peruano / Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los ocho días del mes de julio del año dos mil veinte. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República VICENTE ANTONIO ZEBALLOS SALINAS Presidente del Consejo de Ministros VÍCTOR ZAMORA MESÍA Ministro de Salud RODOLFO YAÑEZ WENDORFF Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento GASTÓN CÉSAR A. RODRÍGUEZ LIMO Ministro del Interior WALTER MARTOS RUIZ Ministro de Defensa ANEXO DISTRITOS EN LOS QUE SE PRORROGA EL ESTADO DE EMERGENCIA POR DESASTRE A CONSECUENCIA DE INTENSAS PRECIPITACIONES PLUVIALES DEPARTAMENTO N° PROVINCIA N° DISTRITO SAN MARTÍN1 SAN MARTÍN1 MORALES 2 TARAPOTO 3 LA BANDA DE SHILCAYO 4 SAN ANTONIO 2MOYOBAMBA5 SORITOR 6 JEPELACIO 3 PICOTA7 TINGO DE PONASA 8 SHAMBOYACU 9 PICOTA 4 LAMAS 10 BARRANQUITA 5 TOCACHE11 UCHIZA 12 SHUNTE 01 DEPARTAMENTO 05 PROVINCIAS 12 DISTRITOS 1870378-4 Otorgan licencia a Ministra de la Producción y encargan su Despacho al Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento RESOLUCIÓN SUPREMA N° 035-2020-PCM Lima, 8 de julio de 2020CONSIDERANDO:Que, la señora Rocío Ingred Barrios Alvarado, Ministra de Estado en el Despacho de la Producción, ha solicitado licencia en el ejercicio del cargo de Ministra de Estado, del 09 al 23 de julio de 2020, por razones de salud; Que, en consecuencia, resulta necesario otorgar la licencia a la citada funcionaria; y encargar el Despacho de la Producción en tanto dure la ausencia de su Titular; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 de la Constitución Política del Perú; y, la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Artículo 1.- Otorgar licencia a la señora Rocío Ingred Barrios Alvarado, Ministra de la Producción, en el ejercicio del cargo de Ministra de Estado, del 09 al 23 de julio de 2020, por razones de salud. Artículo 2.- Encargar el Despacho del Ministerio de la Producción al señor Rodolfo Eugenio Yañez Wendorff, Ministro de Estado en el Despacho de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a partir del 09 de julio de 2020 y mientras dure la ausencia de la Titular. Artículo 3.- La presente resolución suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República VICENTE ANTONIO ZEBALLOS SALINAS Presidente del Consejo de Ministros 1870378-6 AGRICUL TURA Y RIEGO Aprueban segunda transferencia financiera del SENASA a favor de la Contraloría General de la República RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 0082-2020-MINAGRI-SENASA 8 de julio de 2020 VISTOS:El INFORME-0037-2020-MINAGRI-SENASA-OPDI- UPP-LESCURRA, de fecha 1 de julio de 2020, de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto; el INFORME- 0023-2020-MINAGRI-SENASA-OPDI-MSALAZARR, de fecha 3 de julio de 2020, de la O fi cina General de Plani fi cación y Desarrollo Institucional del Servicio Nacional de Sanidad Agraria; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Jefatural-0195-2019- MINAGRI-SENASA, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) del Pliego 160: Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA correspondiente al Año Fiscal 2020, de conformidad con el Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; Que, el segundo párrafo del artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modi fi cado por el artículo 3 de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, señala que las entidades del Gobierno Nacional quedan autorizadas para realizar transferencias fi nancieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego, así como del jefe de la o fi cina de administración y del jefe de la o fi cina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego; Que, asimismo, el tercer párrafo del artículo 20 de la Ley Nº 27785, dispone que las transferencias fi nancieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, requiriéndose en todos los casos el informe previo favorable de la o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, debiéndose publicar la referida resolución en el diario ofi cial El Peruano; Que, mediante Resolución de Contraloría N° 369- 2019-CG, la Contraloría General de la República aprueba el tarifario que establece el monto de la retribución económica, incluido el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de las sociedades de auditoría, que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, entre otros, deben transferir a la Contraloría General de la