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13 NORMAS LEGALES Jueves 9 de julio de 2020 El Peruano / Recursos Hídricos de Cuenca Quilca – Chili, a efectos de incluir una disposición complementaria fi nal que regule la continuidad en el ejercicio de funciones de los miembros del consejo en ejercicio en casos que se produzca un acontecimiento imprevisible, irresistible e inevitable que haga imposible su renovación; Que, a través del informe de Vistos, la Dirección de Plani fi cación y Desarrollo de los Recursos Hídricos mani fi esta que por la situación de la emergencia señalada y las limitaciones que la misma generó, se considera técnicamente pertinente y aceptable la aprobación de la modi fi cación del Reglamento Interno del Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca Quilca - Chili; Que, por lo expuesto, corresponde emitir el acto administrativo que modi fi que el Reglamento Interno del Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca Quilca – Chili, aprobado por Resolución Jefatural Nº 548-2013-ANA, debiéndose proceder a incluir la Tercera Disposición Complementaria Final que regule la continuidad en el ejercicio de funciones de los miembros del Consejo en ejercicio en caso que se produzca un acontecimiento imprevisible, irresistible e inevitable que haga imposible su renovación; y, Estando a lo opinado por la Dirección de Plani fi cación y Desarrollo de los Recursos Hídricos, y con los vistos de la Ofi cina de Asesoría Jurídica y de la Gerencia General; y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 12º del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2017-MINAGRI. SE RESUELVE:Artículo 1º.- Modi fi cación de Reglamento Interno Aprobar la modi fi cación del Reglamento Interno del Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca Quilca - Chili, aprobado por Resolución Jefatural Nº 548-2013-ANA, a fi n de incorporar la Tercera Disposición Complementaria Final, conforme al siguiente texto: DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES (…)“Tercera: Continuidad en el ejercicio de funciones en caso fortuito o fuerza mayor. En caso ocurra un acontecimiento imprevisible, irresistible e inevitable que haga imposible el inicio o continuidad de un proceso para renovación de los miembros del Consejo de Recursos Hídricos de la Cuenca Quilca Chili, los miembros del pleno vigentes continuarán en el ejercicio de sus funciones hasta la elección o designación de los nuevos miembros para el siguiente periodo.” Artículo 2º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el portal web de la institución: www.ana.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese.AMARILDO FERNÁNDEZ ESTELA JefeAutoridad Nacional del Agua 1870290-1 DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL Dejan sin efecto el Manual de Clasificador de Cargos y aprueban el Manual de Perfiles de Puestos del Programa Nacional Cuna Más - PNCM RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 386-2020-MIDIS/PNCM Lima, 7 de julio de 2020VISTO: El O fi cio nº 241-2020-SERVIR/PE de fecha 30 de junio de 2020, emitido por el Presidente Ejecutivo de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - Servir, el Informe n° 83-2020-MIDIS/PNCM/UGTH de fecha 3 de julio de 2020, el Memorando n° 776-2020-MIDIS/PNCM/UGTH de fecha 6 de julio de 2020 y el O fi cio n° 32-2020-MIDIS/PNCM/ UGTH de fecha 6 de julio de 2020 de la Unidad de Gestión del Talento Humano, el Memorando n° 297-2020-MIDIS/PNCM/UPPM de fecha 8 de junio de 2020 y el Informe n° 551-2020-MIDIS/PNCM/UAJ de fecha 7 de julio de 2020 de la Unidad de Asesoría Jurídica; y CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo n° 3-2012-MIDIS se crea el Programa Nacional Cuna Más, como programa social focalizado, adscrito al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, con el propósito de brindar atención integral a niñas y niños menores de 36 meses de edad en zonas en situación de pobreza y pobreza extrema; Que, mediante Resolución Ministerial n° 274-2017-MIDIS, se aprueba el Manual de Operaciones del Programa Nacional Cuna Más, que constituye el documento técnico normativo de gestión que determina la estructura, funciones generales del programa social, funciones especí fi cas de las unidades que lo integran, así como los principales procesos estratégicos, misionales y de apoyo de la entidad; Que, asimismo el artículo 8 del Manual de Operaciones del Programa Nacional Cuna Mas, establece que la Dirección Ejecutiva es la máxima autoridad ejecutiva y administrativa del Programa Social, depende jerárquica y funcionalmente del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales del MIDIS y tiene a su cargo la decisión estratégica, conducción y supervisión de la gestión del Programa Social. Se encuentra a cargo de un(a) Director(a) Ejecutivo(a) quien ejerce la representación legal del Programa y la Titularidad de la Unidad Ejecutora; Que, la Ley nº 30057, Ley del Servicio Civil, establece un régimen único y exclusivo para las personas que prestan servicios en las entidades públicas del Estado, cuya implementación se realiza progresivamente, de acuerdo con las reglas de gradualidad que establecen las normas reglamentarias; Que, en el marco de la Segunda Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento General de la Ley nº 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado con Decreto Supremo nº 40-2014-PCM, las etapas del proceso de implementación de dicha Ley son cuatro y se encuentran reguladas en el “Lineamiento para el tránsito de una entidad pública al régimen del Servicio Civil, Ley nº 30057”, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva nº 034-2017-SERVIR-PE; Que, conforme al precitado Lineamiento, durante la Etapa 3: Aplicación de la mejora interna, se establecen los puestos necesarios y los per fi les de dichos puestos, acorde con las funciones que deban desempeñar dichos puestos y, a partir de ello, se elabora el Manual de Per fi les de Puestos - MPP, de conformidad con la metodología aprobada por Servir; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva nº 312-2017-SERVIR-PE, se aprueba la Directiva nº 4-2017-SERVIR/GDSRH “Normas para la Gestión del Proceso de Diseño de Puestos y Formulación del Manual de Per fi les de Puestos - MPP”, la misma que dispone que el Manual de Per fi les de Puestos se formula por primera vez en la tercera etapa del proceso de tránsito de la entidades al nuevo régimen del servicio civil regulado por la Ley nº 30057, especí fi camente después de haber concluido la determinación de la dotación de los servidores de la entidad; Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva nº 357-2020-MIDIS/PNCM de fecha 3 de junio de 2020, se aprueba la actualización de la Determinación de Dotación de servidores civiles para el Programa Nacional Cuna Más - PNCM;