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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE JULIO DEL AÑO 2020 (24/07/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 85

85 NORMAS LEGALES Viernes 24 de julio de 2020 El Peruano / organizan, supervisan, fi scalizan y ejecutan los procesos de la Gestión del Riesgo de Desastres, en el ámbito de su competencia, en el marco de la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres y los lineamientos del ente rector, en concordancia con lo establecido por la presente Ley y su reglamento (…)”; Que, la Resolución Ministerial Nº 0094-2020-MINAGRI, publicado en el diario o fi cial El Peruano, el 03 de abril de 2020, establece en su artículo 1º “Dispóngase que durante la vigencia del Estado de Emergencia Nacional dispuesta por el Decreto Supremo Nº 044-2020-PCM, precisado por Decreto Supremo Nº 046-2020-PCM y en el Decreto Supremo Nº 051-2020-PCM, modi fi cado mediante Decreto Supremo Nº 053-2020-PCM, los productores, empresarios y trabajadores del sector agropecuario que realicen actividades de producción y abastecimiento de alimentos, lo que incluye almacenamiento y distribución, deben activar y ejecutar los protocolos de seguridad y sanitarias para salvaguardar la salud de las personas dedicadas a la actividad agropecuaria, personal y contratados para dichos fi nes”; Que, mediante Informe Nº 002-2020-GOREHCO- DRA/HML, de fecha 13 de abril de 2020, el Director Regional de Agricultura Huánuco, solicita declarar en situación de emergencia el sector agropecuario y la seguridad alimentaria nutricional en la región Huánuco, en el marco de la declaración en emergencia sanitaria a nivel nacional y medidas de prevención y control del COVID-19; para lo cual adjunta el O fi cio Nº 012-2020-CACCNHCO, de fecha 15 de abril del año en curso, del Coordinador Agropecuario - Comunidades Campesinas y Nativas de la Región Huánuco, en el que peticiona evaluar y gestionar la propuesta de declaración en situación de emergencia la agricultura familiar y seguridad alimentaria nutricional regional, en el marco de la emergencia sanitaria nacional por el COVID-19; asimismo, adjunta el Ofi cio Nº 000154 -2020-GRH/GRDS, de fecha 13 de abril de 2020, suscrito por la Gerente Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional Huánuco, sobre Acta de Acuerdos de la Reunión Virtual Técnica Multisectorial del Equipo Regional Promotor de la Agricultura Familiar con Soberanía y Seguridad Alimentaria Nutricional (AF-SSAN) y estrategias frente a la situación de emergencia regional por grave peligro de ocurrir una mayor crisis agraria y de inseguridad alimentaria nutricional, en el marco de la declaratoria de emergencia sanitaria regional por COVID-19, afectando a la fuente de sustento y actividad económica de la Región Huánuco; Que, con Informe Legal Nº 0073-2020-GR-DRA- HCO/OAJ, de fecha 23 de abril de 2020, el Director de la O fi cina de Asesoría Jurídica de la Dirección Regional de Agricultura, recomienda la emisión de una Ordenanza Regional sobre Declaratoria en Situación de Emergencia el Sector Agropecuario y la Seguridad Alimentaria Nutricional en la Región Huánuco, en el Marco de la Declaratoria en Emergencia Sanitaria a Nivel Nacional y Medidas de Prevención y Control del COVID-19, teniendo en cuenta el Informe Técnico S/N de fecha 13 de abril del año en curso, en el que se emite opinión favorable para solicitar a la Gerencia Regional de Desarrollo Económico del Gobierno Regional Huánuco, lo siguiente: 1) Declaratoria en situación de emergencia el sector agropecuario y la seguridad alimentaria nutricional regional, a fi n de mitigar el impacto negativo en la fuente de sustento de las actividades agropecuarias y evitar la mayor afectación de las actividades económicas agropecuarias por el aislamiento social, así como evitar la crisis en el abastecimiento de productos agropecuarios y la seguridad alimentaria nutricional (…); Que, a través de los Dictámenes Nº 001-2020-GRH- CR/CODS, Nº 001-2020-GRHCO-CR/COCCyN y Nº 003-2020-GRHCO-CR/CODE, todos de fecha 23 de abril de 2020, los miembros de la Comisión Ordinaria de Desarrollo Social, Comisión Ordinaria de Comunidades Campesinas y Nativas, y Comisión Ordinaria de Desarrollo Económico del Consejo Regional del Gobierno Regional Huánuco, proponen al máximo Órgano Colegiado el Proyecto de Ordenanza Regional que “DECLARA EN SITUACIÓN DE EMERGENCIA EL SECTOR AGROPECUARIO Y LA SEGURIDAD ALIMENTARIA NUTRICIONAL EN LA REGIÓN HUÁNUCO”;Que, no obstante a los dispositivos legales promulgados por el Gobierno Central y su entrada en vigencia, se sigue apreciando la necesidad que el Gobierno Regional Huánuco, adopte medidas urgentes para proteger e fi cientemente la calidad de vida y la nutrición; medios de vida cuya fuente de sustento son las actividades agropecuarias y están aisladas por la poca comercialización y nulo mantenimiento de los campos de cultivo debido a la escases de insumos para los cultivos y garantizar el control de plagas afectando directamente la actividad económica por el aislamiento social, afectando la seguridad alimentaria de las capitales de distritos y provincias, por tanto la salud de la población de la Región Huánuco, por lo que las medidas adoptadas en la región deben estar alineadas al sentido de las políticas nacionales; Que, en Sesión Extraordinaria de Consejo Regional, realizado en la Provincia de Huánuco, el día 27 de abril de 2020, se trató los Dictámenes Nº 001-2020-GRH-CR/CODS, Nº 001-2020-GRHCO-CR/COCCyN y Nº 003-2020-GRHCO-CR/CODE, todos de fecha 23 de abril de 2020, los miembros de la Comisión Ordinaria de Desarrollo Social, Comisión Ordinaria de Comunidades Campesinas y Nativas, y Comisión Ordinaria de Desarrollo Económico del Consejo Regional del Gobierno Regional Huánuco, después del análisis y puesto a consideración del pleno, fue aprobado por el máximo Órgano Colegiado por UNANIMIDAD; Que, el artículo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que: “Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamenta materias de su competencia”; Estando a lo expuesto, conforme a las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias; el Reglamento Interno del Consejo Regional Huánuco y a lo aprobado por el Pleno del Consejo Regional, con dispensa de trámite de lectura y aprobación del acta, ha aprobado la siguiente; ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- DECLARAR EN SITUACIÓN DE EMERGENCIA EL SECTOR AGROPECUARIO Y LA SEGURIDAD ALIMENTARIA NUTRICIONAL EN LA REGIÓN HUÁNUCO, EN EL MARCO DE LA DECLARATORIA EN EMERGENCIA SANITARIA A NIVEL NACIONAL Y MEDIDAS DE PREVENCIÓN Y CONTROL DEL COVID-19, por el plazo de sesenta (60) días calendarios, para implementar todas las gestiones técnicas, administrativas, fi nancieras y presupuestarias, así como las estrategias que sean pertinentes en articulación con el Gobierno Nacional y Gobiernos Locales, sectores públicos-privados y sociedad civil organizada. Artículo Segundo.- DISPONER, al Órgano Ejecutivo Regional, destinar la suma de S/ 30’000,000.00 (Treinta Millones con 00/100 Soles) para la reactivación del Sector Agropecuario y la Seguridad Alimentaria Nutricional en la Región Huánuco, en los programas presupuestales correspondientes (0039, 0040, 0041, 00121) y otros. Artículo Tercero.- ENCÁRGUESE, a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional Huánuco, para que de manera inmediata adopte las acciones necesarias tendientes a la asignación de los recursos presupuestales y atender lo dispuesto en la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- ENCARGAR, al Órgano Ejecutivo Regional a través de la Gobernación Regional, Gerencia General Regional, Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Gerencia Regional de Desarrollo Social, Gerencia Regional de Desarrollo Económico y Dirección Regional de Agricultura, el cumplimiento e implementación de la presente norma regional; informando y dando cuenta posteriormente al pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional Huánuco, sobre todas las acciones ejecutadas con tal fi n. Artículo Quinto.- DERÓGUESE, las normas y disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza Regional.