TEXTO PAGINA: 15
15 NORMAS LEGALES Miércoles 29 de julio de 2020 El Peruano / encuentra en el anexo que forma parte del presente Decreto Supremo. Artículo 2.- Ámbito de aplicación El “Proyecto Educativo Nacional - PEN al 2036: El Reto de la Ciudadanía Plena” orienta el desarrollo de nuestra educación a nivel nacional, regional y local por parte de todas las entidades del sector público, el sector privado y la ciudadanía, en cuanto les sea aplicable. Artículo 3.- Ejecución, seguimiento y evaluación El Ministerio de Educación tiene la función de realizar la ejecución, seguimiento y evaluación del “Proyecto Educativo Nacional - PEN al 2036: El Reto de la Ciudadanía Plena”, para lo cual cuenta con la participación del Consejo Nacional de Educación. Artículo 4.- Implementación Los ministerios, gobiernos regionales y gobiernos locales, en coordinación con el Ministerio de Educación y en el marco de sus respectivas competencias, emiten las disposiciones complementarias que resulten necesarias para que su quehacer contribuya al desarrollo e implementación del “Proyecto Educativo Nacional - PEN al 2036: El Reto de la Ciudadanía Plena”. Artículo 5.- Financiamiento El desarrollo y alineamiento a lo propuesto por el “Proyecto Educativo Nacional – PEN al 2036: El Reto de la Ciudadanía Plena” se fi nancia con cargo al Presupuesto Institucional de las entidades involucradas, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Artículo 6. - Publicación El presente Decreto Supremo y su anexo son publicados en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), en el Portal Institucional del Consejo Nacional de Educación (www.cne.gob.pe) y en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), en la misma fecha de publicación del presente Decreto Supremo en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 7.-Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Educación. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA Única.- Derogatoria Derogar la Resolución Suprema Nº 001-2007-ED, que aprueba el “Proyecto Educativo Nacional al 2021: La Educación que queremos para el Perú”. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiocho días del mes de julio del año dos mil veinte. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República CARLOS MARTÍN BENAVIDES ABANTO Ministro de Educación 1873877-3 Designan Directora de la Dirección de Gestión de Instituciones de Educación Técnico-Productiva y Superior Tecnológica y Artística RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 291-2020-MINEDU Lima, 27 de julio de 2020 VISTOS, el Expediente Nº DIGESUTPA2020- INT-0090910, el O fi cio Nº 00415-2020-MINEDU/VMGP- DIGESUTPA de la Dirección General de Educación Técnico-Productiva y Superior Tecnológica y Artística, el Informe Nº 00124-2020-MINEDU/SG-OGRH de la O fi cina General de Recursos Humanos; y,CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Directora de la Dirección de Gestión de Instituciones de Educación Técnico-Productiva y Superior Tecnológica y Artística de la Dirección General de Educación Técnico-Productiva y Superior Tecnológica y Artística, dependiente del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación; Que, resulta necesario designar a la persona que ejercerá el cargo al que se hace referencia en el considerando anterior; De conformidad con lo previsto en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modi fi cado por la Ley Nº 26510; en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar a la señora DIANA JAUREGUI SCARSI en el cargo de Directora de la Dirección de Gestión de Instituciones de Educación Técnico-Productiva y Superior Tecnológica y Artística de la Dirección General de Educación Técnico-Productiva y Superior Tecnológica y Artística, dependiente del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS MARTÍN BENAVIDES ABANTO Ministro de Educación 1873871-1 ENERGIA Y MINAS Otorgan a favor de Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electro Norte Medio S.A., concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la Línea de Transmisión en 138 kV S.E. Trujillo Nor Oeste - S.E. Trujillo Sur RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 173-2020-MINEM/DM Lima, 15 de julio de 2020 VISTOS: El Expediente N° 14388119 sobre la solicitud de otorgamiento de concesión de fi nitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la Línea de Transmisión en 138 kV S.E. Trujillo Nor Oeste – S.E. Trujillo Sur, presentada por Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electro Norte Medio S.A. (en adelante, HIDRANDINA); el Informe N° 089-2020-MINEM/DGE-DCE elaborado por Dirección General de Electricidad; el Memo-193-2020/MINEM-VME del Viceministerio de Electricidad y el Informe N° 372-2020-MINEM/OGAJ elaborado por la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante carta GT-00513-2019 con Registro N° 2926776, de fecha 08 de mayo de 2019, HIDRANDINA solicita el otorgamiento de la concesión de fi nitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la Línea de Transmisión en 138 kV S.E. Trujillo Nor Oeste – S.E. Trujillo Sur, ubicada en los distritos de Trujillo y Huanchaco, provincia de Trujillo y departamento de La Libertad; Que, mediante Resolución Gerencial Regional N° 233-2016-GRLL-GGR/GREMH de fecha 14 de octubre