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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE JULIO DEL AÑO 2020 (29/07/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 32

32 NORMAS LEGALES Miércoles 29 de julio de 2020 / El Peruano Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVEArtículo Primero.- Declarar NULO todo lo actuado a partir del acto de noti fi cación de la convocatoria a la Sesión Extraordinaria de Concejo Municipal Nº 001/2020, del 27 de enero de 2020, con la que se citó a Grecia Alondra Fernández Quintanilla, regidora del Concejo Distrital de Villa Rica, provincia de Oxapampa, departamento de Pasco, a efectos de tratar el pedido de vacancia presentado en su contra por la causal de inconcurrencia injusti fi cada a tres (3) sesiones ordinarias consecutivas o seis (6) no consecutivas durante tres (3) meses, contemplada en el artículo 22, numeral 7, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Artículo Segundo.- REQUERIR a Clever Aldo La Torre Moscoso, alcalde de la Municipalidad Distrital de Villa Rica, provincia de Oxapampa, departamento de Pasco, para que proceda de acuerdo con lo establecido en el considerando 13 del presente pronunciamiento, bajo apercibimiento de declarar la improcedencia de la solicitud de convocatoria de candidato no proclamado, archivar de fi nitivamente el presente expediente y remitir copia fedateada de los actuados al Ministerio Público para los fi nes que correspondan. Artículo Tercero.- REQUERIR a los miembros del Concejo Distrital de Villa Rica, provincia de Oxapampa, departamento de Pasco, para que adecúen sus procedimientos de vacancia y, en especial, los actos de noti fi cación de conformidad con la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y con el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. Artículo Cuarto.- PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica del Jurado Nacional de Elecciones, aprobado mediante la Resolución Nº 0165-2020-JNE; asimismo, cabe señalar que, para la presentación de escritos u otros documentos, se encuentra disponible la Mesa de Partes Virtual (MPV), en el portal electrónico institucional del Jurado Nacional de Elecciones <www.jne.gob.pe>. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS.TICONA POSTIGOARCE CÓRDOVACHÁVARRY CORREARODRÍGUEZ VÉLEZConcha Moscoso Secretaria General 1873884-1 Convocan a ciudadanos para que asuman provisionalmente cargos de alcalde y regidores de la Municipalidad Distrital de Pacanga, provincia de Chepén, departamento de La Libertad RESOLUCIÓN Nº 0185-2020-JNE Expediente Nº JNE.2020022331 PACANGA - CHEPÉN - LA LIBERTADSUSPENSIÓNRECURSO DE APELACIÓN Lima, diecisiete de julio de dos mil veinte. VISTO, en audiencia pública virtual de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por Elbert Segundo Ríos Vásquez, en contra del Acuerdo de Concejo Nº 001-2020/MDP, de fecha 16 de enero de 2020, que declaró improcedente la solicitud de suspensión formulada en contra de Santos Apolinar Cerna Quispe y Patricio Baltazar Pérez Alvitres, alcalde y regidor, respectivamente, de la Municipalidad Distrital de Pacanga, provincia de Chepén, departamento de La Libertad, por la causal de sentencia judicial condenatoria emitida en segunda instancia por delito doloso con pena privativa de la libertad, prevista en el artículo 25, numeral 5, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; teniendo a la vista también el Expediente Nº JNE.2019002288, y oído los informes orales. ANTECEDENTESTraslado de la solicitud de suspensión (Expediente Nº JNE.2019002288) El 4 de noviembre de 2019, Elbert Segundo Ríos Vásquez solicitó ante esta sede electoral el traslado de su petición de suspensión en contra de Santos Apolinar Cerna Quispe y Patricio Baltazar Pérez Alvitres, alcalde y regidor, respectivamente, de la Municipalidad Distrital de Pacanga, provincia de Chepén, departamento de La Libertad, por la causal de sentencia judicial condenatoria emitida en segunda instancia por delito doloso con pena privativa de la libertad, prevista en el artículo 25, numeral 5, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM). Como fundamento de su petición, el solicitante adujo que las referidas autoridades fueron halladas responsables del delito contra la Administración Pública, en su modalidad de negociación incompatible, previsto en el artículo 399 del Código Penal, motivo por el cual se les condenó a cuatro (4) años de pena privativa de la libertad, suspendida en su ejecución por tres (3) años, y que dicha condena al ser apelada fue con fi rmada en segunda instancia. Merced a ello, mediante el Auto Nº 1, de fecha 8 de noviembre de 2019, este órgano colegiado trasladó al Concejo Distrital de Pacanga la mencionada solicitud de suspensión. Asimismo, le requirió a la citada entidad edil para que cumpla con tramitar la documentación enviada y emitir el pronunciamiento correspondiente, conforme al procedimiento establecido en el artículo 9, numeral 10, así como en los artículos 13, 16, 19 y 23 de la LOM. Copias certi fi cadas de las sentencias judiciales (Expediente Nº JNE.2019002288) Mediante el O fi cio Nº 06397-2019-SG/JNE, del 10 de diciembre de 2019, reiterado a través del O fi cio Nº 00297-2020-SG/JNE, del 21 de enero de 2020, se solicitó a la Corte Superior de Justicia de La Libertad que remita copias certi fi cadas de las sentencias de primera y segunda instancia impuestas por el órgano judicial a las autoridades en cuestión. En respuesta, por medio del O fi cio Nº 000077-2020-CSJLL-PJ, recibido el 27 de enero de 2020, el presidente de la Corte Superior de Justicia de La Libertad remitió copias certi fi cadas de la Sentencia Condenatoria (Resolución Número Veinte), del 21 de enero de 2019, emitida por el Octavo Juzgado Penal Unipersonal Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios de la Corte Superior de Justicia de La Libertad, y de la Sentencia Superior (Resolución Treinta y Ocho), del 22 de octubre de 2019, emitida por la Sala de Apelaciones Especializada en Extinción de Dominio de la Corte Superior de Justicia de La Libertad. Pronunciamiento del concejo municipal (Expediente Nº JNE.2020022331) Por medio del O fi cio Nº 003-2020-MDP/GM, recibido el 4 de febrero de 2020, el gerente municipal de la mencionada comuna remitió copia autenticada del Acta Nº 001.2020.MDP de la Sesión Extraordinaria de Concejo Nº 01.2020.MDP, del 15 de enero de 2020, en la cual el Concejo Distrital de Pacanga, por mayoría de cinco (5) votos contra cuatro (4), declaró improcedente la solicitud de suspensión formulada por Elbert Segundo Ríos Vásquez en contra de las citadas autoridades, por la causal de sentencia judicial condenatoria emitida en