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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE JULIO DEL AÑO 2020 (29/07/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 16

16 NORMAS LEGALES Miércoles 29 de julio de 2020 / El Peruano de 2016, la Gerencia Regional de Energía, Minas e Hidrocarburos del Gobierno Regional de La Libertad aprueba el Estudio de Impacto Ambiental Semidetallado del proyecto “Línea de Transmisión en 138 kV S.E. Trujillo Nor Oeste – S.E. Trujillo Sur, incluye Ampliación y Adecuación de Bahías en SET Trujillo Nor Oeste y SET Trujillo Sur”, cuyas especi fi caciones técnicas se encuentran detalladas en el Informe Conjunto N° 046-2016-GRLL-GGR/GREMH-SGEH/RHAN-GDPLY de fecha 10 de octubre de 2016, el mismo que forma parte integrante de la citada resolución; Que, conforme a los informes de Vistos, la Dirección General de Electricidad y la O fi cina General de Asesoría Jurídica, de acuerdo a sus competencias, han veri fi cado que se ha cumplido con lo establecido en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-93-EM; por lo que recomiendan otorgar la concesión de fi nitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en el proyecto “Línea de Transmisión en 138 kV S.E. Trujillo Nor Oeste – S.E. Trujillo Sur”, presentada por HIDRANDINA; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 031-2007-EM y sus modi fi catorias; el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y sus normas modi fi catorias; su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-93-EM; y el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 038-2014-EM y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1 .- Otorgar a favor de Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electro Norte Medio S.A., la concesión de fi nitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la Línea de Transmisión en 138 kV S.E. Trujillo Nor Oeste – S.E. Trujillo Sur, ubicada en los distritos de Trujillo y Huanchaco, provincia de Trujillo y departamento de La Libertad, en los términos y condiciones de la presente resolución, y los que se detallan en el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo 3 de la presente resolución. Artículo 2 .-Precisar que las características principales de los bienes indispensables para operar la concesión son las siguientes: Salida/Llegada de la Línea de TransmisiónTensión (kV)N° de TernasLongitud (km)Ancho de Faja de Servidumbre que corresponde (m) S.E. Trujillo Nor Oeste – S.E. Trujillo Sur138 01 13,3 20 Subestaciones Características técnicas Ampliación S.E. Trujillo Nor OesteComprende la ampliación de la S.E. Trujillo Nor Oeste en el lado de 138 kV donde se instaló principalmente lo siguiente: Tres (3) pararrayos con contadores de descargas; Seis (6) transformadores de tensión tipo capacitivo; Seis (6) transformadores de corriente; Dos (2) interruptores de potencia con mando tripolar; Dos (2) seccionadores de barra; Un (1) seccionador de línea; Un (1) aislador de portabarras; Un (1) tablero de protección, mando, medición y equipos registradores de falla; Un (1) terminal óptico y Un (1) tablero de automatización. Ampliación S.E. Trujillo SurComprende la ampliación de la S.E. Trujillo Sur en el lado de 138 kV donde se instaló principalmente lo siguiente: Tres (3) pararrayos con contadores de descargas; Tres (3) transformadores de tensión tipo capacitivo; Tres (3) transformadores de corriente; Un (1) interruptor de potencia con mando tripolar; Un (1) seccionador de línea; Un (1) seccionador de barra; Un (1) tablero de protección, mando, medición y equipos registradores de falla; Un (1) tablero de automatización; Un (1) tablero de SSAA – 220 Vac; Un (1) tablero de SSAA – 125 Vcc y Un (1) terminal óptico. Artículo 3 .- Aprobar el Contrato de Concesión N° 545- 2020 a suscribirse entre el Ministerio de Energía y Minas e HIDRANDINA el cual consta de 19 cláusulas y 3 anexos. Artículo 4 .- Autorizar al Director General de Electricidad, a suscribir en representación del Estado, el Contrato de Concesión N° 545-2020 aprobado en el artículo que antecede, así como la Escritura Pública correspondiente. Artículo 5 .- Insertar el texto de la presente resolución en la Escritura Pública que origine el Contrato de Concesión N° 545-2020, referido en el artículo 3 de la presente resolución, en cumplimiento del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-93-EM. Artículo 6 .- Disponer la publicación de la presente resolución por una sola vez en el Diario O fi cial El Peruano, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su expedición, por cuenta de HIDRANDINA de acuerdo a lo previsto en el artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-93-EM. Regístrese, comuníquese y publíquese.SUSANA VILCA ACHATA Ministra de Energía y Minas 1871639-1 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 175-2020-MINEM/DM Mediante O fi cio Nº 560-2020-MINEM/SG, el Ministerio Energía y Minas solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion Ministerial Nº 175-2020-MINEM/DM, publicada en la edición del día sábado 18 de julio de 2020, en la página 14. EN EL ONCEAVO CONSIDERANDO:DICE:“Que, atendiendo a lo previsto en el artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, corresponde disponer la publicación del proyecto de “Decreto Supremo que modi fi ca diversas disposiciones del Subsector Electricidad”, así como de su Exposición de Motivos, en el Portal Institucional del Ministerio de Energía y Minas, por un plazo de treinta (30) días hábiles, a fi n que las entidades públicas, privadas y la ciudadanía en general alcancen sus opiniones, comentarios y/o sugerencias;” DEBE DECIR:“Que, atendiendo a lo previsto en el artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, corresponde disponer la publicación del proyecto de “Decreto Supremo que modi fi ca diversas disposiciones del Subsector Electricidad”, así como de su Exposición de Motivos, en el Portal Institucional del Ministerio de Energía y Minas, por un plazo de treinta (30) días calendario, a fi n que las entidades públicas, privadas y la ciudadanía en general alcancen sus opiniones, comentarios y/o sugerencias;” EN LA PARTE RESOLUTIVA DICE:“Artículo 1.- Publicación del proyecto normativo Disponer la publicación del proyecto “Decreto Supremo que modi fi ca diversas disposiciones del Subsector Electricidad”, así como de su Exposición de Motivos, en el Portal Institucional del Ministerio de Energía y Minas (www.gob.pe/minem), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario o fi cial El Peruano, a efectos de recibir los comentarios y/o aportes de la ciudadanía por el plazo de treinta (30) días hábiles, contados desde la publicación de la presente resolución.”