Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE JULIO DEL AÑO 2020 (30/07/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 5

5 NORMAS LEGALES Jueves 30 de julio de 2020 El Peruano / Línea 1. Iniciativas colectivas para el fortalecimiento de la memoria comunitaria Cronograma del Procedimiento ConvocatoriaDel 13 de julio al 16 de agosto de 2020 Presentación de SolicitudesDel 13 de julio al 16 de agosto de 2020 Revisión de Solicitudes 17 de agosto al 21 de agosto de 2020 Publicación de Solicitudes Aptas 24 de agosto de 2020 Evaluación de solicitudes por parte del Comité IndependienteDel 25 de agosto al 05 de setiembre de 2020 Declaratoria de Bene ficiarios 7 de setiembre de 2020 Publicación de Bene ficiarios 7 de setiembre de 2020 Línea 2. Iniciativas colectivas para la obtención de recursos materiales para la realización de prácticas del patrimonio cultural inmaterial Cronograma del Procedimiento ConvocatoriaDel 20 de julio al 23 de agosto de 2020 Presentación de SolicitudesDel 20 de julio al 23 de agosto de 2020 Revisión de Solicitudes 24 de agosto al 28 de agosto de 2020 Publicación de Solicitudes Aptas 31 de agosto de 2020 Evaluación de solicitudes por parte del Comité IndependienteDel 01 de setiembre al 13 de setiembre de 2020 Declaratoria de Bene ficiarios 14 de setiembre de 2020 Publicación de Bene ficiarios 14 de setiembre de 2020 Línea 3. Iniciativas colectivas para la promoción y difusión del arte tradicional en plataformas digitales o redes sociales cronograma del Procedimiento ConvocatoriaDel 6 de julio al 9 de agosto de 2020 Presentación de SolicitudesDel 6 de julio al 9 de agosto de 2020 Revisión de Solicitudes 10 de agosto al 14 de agosto de 2020 Publicación de Solicitudes Aptas 17 de agosto de 2020 Evaluación de solicitudes por parte del Comité IndependienteDel 18 de agosto al 29 de agosto de 2020 Declaratoria de Bene ficiarios 31 de agosto de 2020 Publicación de Bene ficiarios 31 de agosto de 2020 Línea 4. Iniciativas colectivas e individuales para la creación y difusión de contenidos audiovisuales de danza y música tradicional cronograma del Procedimiento ConvocatoriaDel 20 de julio al 23 de agosto de 2020 Presentación de SolicitudesDel 20 de julio al 23 de agosto de 2020 Revisión de Solicitudes 24 de agosto al 28 de agosto de 2020 Publicación de Solicitudes Aptas 31 de agosto de 2020 Evaluación de solicitudes por parte del Comité IndependienteDel 01 de setiembre al 13 de setiembre de 2020 Declaratoria de Bene ficiarios 14 de setiembre de 2020 Publicación de Bene ficiarios 14 de setiembre de 2020Artículo 2°.- COMUNICAR la presente Resolución a las Direcciones Desconcentradas de Cultura, para los fi nes pertinentes. Artículo 3°.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.SHIRLEY YDA MOZO MERCADO DirectoraDirección General de Patrimonio Cultural 1873941-1 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020 a favor de pliegos del Gobierno Nacional, del Gobierno Regional del Departamento de Piura y de diversos Gobiernos Locales DECRETO SUPREMO N° 206-2020-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, se declara prioritaria, de interés nacional y necesidad pública la implementación de un Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios, con enfoque de gestión del riesgo de desastres, para la reconstrucción y construcción de la infraestructura pública y viviendas afectadas por desastres naturales con un nivel de emergencia 4 y 5, así como para la implementación de soluciones integrales de prevención; Que, a través del Decreto Supremo N° 091-2017-PCM se aprueba el Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios, al que se re fi ere la Ley N° 30556; Que, el numeral 16.1 del artículo 16 del Decreto de Urgencia Nº 029-2020, Decreto de Urgencia que dicta medidas complementarias destinadas al fi nanciamiento de la Micro y Pequeña Empresa y otras medidas para la reducción del impacto del COVID-19 en la economía peruana, autoriza a la Presidencia del Consejo de Ministros – Unidad Ejecutora Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, a partir del 1 de abril de 2020, a realizar modi fi caciones presupuestarias en el nivel funcional programático, con cargo a los créditos presupuestarios del “Fondo para la Continuidad de la Reconstrucción con Cambios”, que no hubieran sido transferidos en el marco de lo señalado en el numeral 49.6 del artículo 49 del Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, por las fuentes de fi nanciamiento Recursos Ordinarios y Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito; los cuales se utilizan para el fi nanciamiento de las intervenciones incluidas en el Plan Integral de la Reconstrucción con Cambios, y de los gastos para el funcionamiento de dicha Unidad Ejecutora; asimismo, la transferencia de dichos recursos se realiza conforme a lo establecido en el segundo párrafo del numeral 49.2 del artículo 49 del Decreto de Urgencia N° 014-2019; Que, el segundo párrafo del numeral 49.2 del artículo 49 del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, señala que los recursos se trans fi eren a través de modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional, las que se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por