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20 NORMAS LEGALES Jueves 30 de julio de 2020 / El Peruano Que, el 08 de julio de 2020, se recibió el correo electrónico institucional del área de Identi fi cación y Registro del Establecimiento Penitenciario Trujillo Varones, en el que adjunta la copia simple del Certi fi cado de Antecedentes Judiciales a nivel Regional de un interno, que se encuentra dentro del supuesto especial de penas no mayores a 4 años; Que, en ese sentido, cabe precisar que conforme al segundo párrafo del artículo 7 del Decreto Supremo Nº 004-2020-JUS, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 005-2020-JUS, la Comisión de Gracias Presidenciales se encuentra facultada de evaluar y/o decidir la pertinencia de suplir o prescindir de cualquier documento considerado dentro de los procedimientos especiales, que en el marco de la declaratoria de emergencia nacional no pueda ser obtenido; Que, en atención a ello, resulta necesario y pertinente considerar que el Sistema Penitenciario se encuentra en situación de emergencia desde el Decreto Legislativo N° 1325, emergencia prorrogada por Decreto Supremo N° 013-2018-JUS; siendo que los establecimientos penitenciarios se encuentran sobrepoblados, generando una situación de hacinamiento que alcanza el 242.05%, lo que facilita la propagación y contagio de COVID-19 al interior de los establecimientos penitenciarios; Que, en atención a dichas consideraciones, la situación de Emergencia Sanitaria, las condiciones de hacinamiento al interior de los establecimientos penitenciarios a nivel nacional y la expansión del contagio por COVID-19 que se viene registrando a nivel nacional, resulta razonable y pertinente cali fi car y resolver de suma urgencia la situación de esta población penitenciaria considerada como supuesto de penas efectivas impuestas no mayores a cuatro años; Que, atendiendo a los argumentos expuestos, y en uso de las facultades que la ley le otorga, la Comisión de Gracias Presidenciales ha considerado que si bien la información recibida no resulta completa en razón al requerimiento formulado, conforme a lo establecido en el numeral 5.1 del artículo 5 del Decreto Supremo 004-2020-JUS, ha valorado la información remitida por el Poder Judicial, la misma que resulta su fi ciente para los fi nes de la evaluación, debiéndose proceder en el marco de lo previsto en el segundo párrafo del artículo 7 del Decreto Supremo N° 004-2020-JUS, modi fi cado por Decreto Supremo N° 005-2020-JUS; Que, en consecuencia, luego de haber revisado la documentación remitida por el Instituto Nacional Penitenciario y por el Poder Judicial, la Comisión de Gracias Presidenciales considera que el interno sentenciado cumple con las condiciones establecidas por el Decreto Supremo Nº 004-2020-JUS, modi fi cado por Decreto Supremo N° 005-2020-JUS, para los casos de conmutación de penas, como resultado de una evaluación de los supuestos y condiciones establecidas en el literal d), del numeral 3.1 y el numeral 3.2, del artículo 3 de la citada norma; Que, en tal sentido, considerando las condiciones de emergencia sanitaria y las condiciones de hacinamiento en los establecimientos penitenciarios a nivel nacional, y teniendo en cuenta que las penas efectivas impuestas no son mayores a cuatro años, resulta necesario que el Estado renuncie al ejercicio del poder punitivo, al perder este todo sentido jurídico y sancionador, a fi n de prevenir el riesgo de contagio de COVID-19 en los internos e internas en los establecimientos penitenciarios, que pueda afectar los derechos fundamentales a la vida, a la salud y al respeto de la dignidad de la persona humana, consagrados en la Constitución Política del Perú; De conformidad con los incisos 8 y 21 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; el Decreto Supremo N° 004-2020-JUS, Decreto Supremo que establece supuestos especiales para la evaluación y propuesta de recomendación de Gracias Presidenciales, y determina su procedimiento, en el marco de la emergencia sanitaria por COVID-19, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 005-2020-JUS; el Decreto Supremo N° 004-2007-JUS, modi fi cado por el artículo 5 del Decreto Supremo N° 008-2010-JUS, norma de creación de la Comisión de Gracias Presidenciales; y, la Resolución Ministerial N° 0162-2010-JUS, que aprueba el Reglamento Interno de la Comisión de Gracias Presidenciales; SE RESUELVE:Artículo 1.- Conceder, la gracia presidencial de CONMUTACIÓN DE LA PENA al interno sentenciado CORREA REYES, HUGO ANDRE, recluido en el Establecimiento Penitenciario de Trujillo Varones, conmutándole la pena privativa de la libertad de 2 años 7 meses a 1 año 9 meses 28 días; cuyo cómputo vencerá el 31 de julio de 2020. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por la Ministra de Justicia y Derechos Humanos. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República ANA C. NEYRA ZEGARRA Ministra de Justicia y Derechos Humanos 1874196-7 Designan Directora de Sistema Administrativo II, Nivel F-3, del Despacho Ministerial RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0200-2020-JUS Lima, 29 de julio de 2020CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de con fi anza de Director de Sistema Administrativo II, Nivel F-3, del Despacho Ministerial del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; Que, corresponde designar a la servidora que ocupará dicho cargo, así como establecer precisiones adicionales para garantizar la prestación efectiva de servicios en los cargos que conforman el Despacho Ministerial; Con el visado de la O fi cina General de Recursos Humanos y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobado por Decreto Supremo N° 013-2017-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar a la señora Jannett Elizabeth Finocetti Niño en el cargo de con fi anza de Director de Sistema Administrativo II, Nivel F-3, del Despacho Ministerial del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Artículo 2.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial N° 0192-2020-JUS, la Resolución Ministerial N° 0198-2020-JUS y la Resolución Ministerial N° 0199-2020-JUS. Artículo 3.- Precisar que se mantiene subsistente la Resolución Ministerial N° 0062-2020-JUS. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANA C. NEYRA ZEGARRA Ministra de Justicia y Derechos Humanos 1874188-1