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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE JUNIO DEL AÑO 2020 (26/06/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 50

50 NORMAS LEGALES Viernes 26 de junio de 2020 / El Peruano ALC-MCPSMH, OFICIO Nº 58-2020/ALC-MCPSMH y OFICIO Nº 48 -2020/ALC-MCPSMH, donde solicitamos la Transferencia Presupuestal para Gastos Operativos Esenciales de la Municipalidad del C.P. Santa María de Huachipa:, Que mediante OFICIO Nº 59 -2020/ALC-MCPSMH nos dirigimos al Despacho de la Presidencia OFICIO Nº 59 -2020/ALC-MCPSMH, frente a la Emergencia Sanitaria y Emergencia Nacional por el COVID -19, donde hacemos hincapié sobre la importancia de SOLICITARLE, el SAL VATAJE ECONOMICO PARA EL CENTRO POBLADO SANTA MARIA DE HUACHIPA; a fi n de que se nos incluya dentro del RESCATE FINANCIERO autorizado por el Gobierno Central, por lo se solicita la transferencia presupuestal para cubrir gastos operativos esenciales para hacer frente al COVID-19. Que, del mismo modo, se ha recepcionado los documentos de la referencia OFICIO Nº 80 -2020/GM-MDL, el MEMORANDUM Nº 0666-2020-MDL-GPP, mediante el cual la Municipalidad del Distrito de Lurigancho Chosica, nos informa que a raíz del COVID-19 SE HAN REDUCUIDO SUS TRANSFERENCIAS DE FONDOS DE COMPENSACIÓN MUNICIPAL DE HASTA UN 50%, asimismo, que, el monto transferido al distrito de Lurigancho, según DECRETO DE URGENCIA Nº 047-2020, es S/ 907,578.00 SOLES, los cuales cubrirá Gastos Operativos, el cual, re fi ere que será insu fi ciente, cubriendo solo un 70 %, al distrito, teniendo en cuenta que el distrito de Lurigancho es un distrito grande con muchos problemas que tiene necesidades esenciales que cubrir y el monto transferido por el Gobierno Central es insu fi ciente para el distrito de Lurigancho, por lo que no podrá atender al Centro Poblado Santa María de Huachipa, a pesar de tener toda la disposición, el cual entendemos. Que, mediante O fi cio Nº 283-2020-MML/PGRLM- GR, de fecha 22 de Mayo del 2020, el Gerente Regional, Nepalí Samuel SANCHEZ FIGUEROA, del Programa de Gobierno Regional de Lima Metropolitana; solicita a la Directora General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, el Apoyo Económico a la Municipalidad del Centro Poblado Santa María de Huachipa (MCPSMH) Pliego Nº 301267, teniendo en cuenta que en dicha jurisdicción se desarrollan varios proyectos a cargo del Pliego Presupuestal Nº 465, Programa de Gobierno Regional de Lima Metropolitana. Que, la Municipalidad C.P. Santa María de Huachipa por no ser Unidad Ejecutora ni Pliego Presupuestal, depende de la Municipalidad Distrital de Lurigancho – Chosica, la misma que según Decreto de Urgencia Nº 047-2020 recibió la suma de S/.907,578.00.- para sus gastos operativos esenciales, por lo que esta Municipalidad le solicitó un apoyo económico de dicha partida presupuestal, la misma que nos fue denegada indicando que la transferencia recibida sólo cubría el 70% de sus gastos operativos. Que, es necesario indicar que nuestro Centro Poblado, ha sufrido numerosas pérdidas y graves perjuicios por el desborde de los ríos Rímac y Huaycoloro; por el fenómeno del Niño Costero (Decreto de Urgencia Nº 008-2017), desde diciembre del 2016 hasta marzo 2017, trayendo como consecuencia pérdidas materiales de enorme consideración y afectando casi en su totalidad nuestro Centro Poblado; por su ubicación geográ fi ca constantemente se encuentra en eminente riesgo y peligro, con grado de mayor vulnerabilidad por encontrarse en el centro de los Ríos Rímac y Huaycoloro, además de encontrarnos en peligro inminente ante la crecida del caudal de ambos ríos, la misma que se repite cada año, sumado a esto, tenemos la falta de trabajos de prevención de los ríos de parte de los entes de gobiernos locales, regionales y nacionales que corresponde, tanto en la emergencia por el fenómeno del Niño Costero, es así que, en esa oportunidad el Ministerio de Economía y Finanzas TRANSFIRIÓ los Recursos Económicos solo a los. Gobiernos Regionales y Municipalidades Provinciales y Distritales, a la Municipalidad del cp. Santa María de Huachipa no se le dio el apoyo a pesar de haber sido perjudicado enormemente por el desborde del Rio Rímac habiendo sido perjudicado las propiedades de la población, tanto Pública y Privada es decir fueron destruidas casi el 90% de las pistas y veredas, que con el apoyo de la empresa privada se mejoró las Vías Carrosables; es decir se izó viable el tránsito peatonal y vehicular; hoy en proceso de obras de reconstrucción de las vías metropolitanas y vías internas. Que, a la fecha está pasando igual como ocurrió con el Niño Costero, no se da el apoyo a la Municipalidad del CP. Santa María de Huachipa, en la actual Emergencia Sanitaria por el nuevo CORONAVIRUS, no se nos toma en cuenta en las transferencias realizadas a los gobiernos locales, dejando de lado a la población de éste Centro Poblado, que se ha visto tan afectada con los desbordes de los ríos Rímac y Huaycoloro, y ahora con la pandemia que ya lleva cobrando victimas en la Jurisdicción. A pesar de ello, seguimos en primera línea dando la mejor atención posible a las necesidades y prestando calidad de servicio a toda Santa María de Huachipa. Que, es preciso señalar que con fecha 20 de diciembre de 2018, se publicó en el Diario O fi cial El Peruano la Ley Nº 30888 - LEY QUE DECLARA DE INTERÉS NACIONAL Y NECESIDAD PÚBLICA LA CREACIÓN DEL DISTRITO DE SANTA MARÍA DE HUACHIPA, por lo que considerando esta norma, la Municipalidad Metropolitana de Lima nos solicita información detallada en materia presupuestal, fi nanciera y de prestación de servicios, que son competencias de una Municipalidad Distrital. Que, la Municipalidad del C.P. Santa María de Huachipa, con el limitado recurso económico con el que cuenta, viene brindando servicios públicos locales (limpieza pública, seguridad ciudadana y fiscalización), así como desinfección y fumigación de la jurisdicción (vías públicas, mercados, etc.), la misma que se viene cubriendo de manera eficiente; sin embargo, se corre el riesgo de no seguir cubriéndose por la falta de recursos, por cuanto esta corporación municipal no contaría con recursos económicos, lo que pondría en riesgo la salud de la población de Santa María de Huachipa. Que, la Municipalidad del C.P. Santa María de Huachipa, Cuenta con Instrumentos de Gestión de acuerdo con la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972 las cuales son: ROF, Reglamento de Organización y Funciones. CAP, Cuadro de Asignación de Personal. PAP, Presupuesto Analítico de Personal. MOF, Manual de Organización y Funciones .MAPRO, Manual de Procedimientos Administrativos. TUPA, Texto Único de Procedimientos Administrativos. RASA, Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas. CUIS, Cuadro de Infracciones, Sanciones y Medidas Administrativas. PDC, Plan de Desarrollo Concertado. Es decir contamos con los documentos de gestión tal y conforme lo tienen los Gobiernos Regionales, Municipalidad Provincial y Distrital. Contamos con 211 trabajadores, administrativos y operativos, distribuidos en las diferentes estructuras orgánicas de la Municipalidad: Despacho de alcaldía. Gerencia Municipal. 1.- ALCALDE 2. Gerente Municipal3. Gerente de Asesoría Jurídica4. Gerente de Administración y Finanza5. Gerente de Desarrollo Urbano,6. Gerente de Administración Tributaria,7. Secretaria General8. Procurador Publico Municipal9. Ejecutor Coactivo10. Auxiliar Coactivo11. Sub Gerencia de Demuna, Omaped y Adulto Mayor12. Sub Gerencia de Plani fi cación, Presupuesto y Cooperación Internacional 13. Sub Gerencia de Contabilidad y Recursos Humanos 14. Sub Gerencia de Logística y Control Patrimonial15. Sub Gerencia de Tesorería16. Sub Gerencia de Fiscalización Tributaria17. Sub Gerencia de Recaudación y Desarrollo Económico 18. Sub Gerencia de Fiscalización Administrativa19. Sub Gerencia de Obras Públicas y Defensa Civil20. Sub Gerencia de Obras Privadas, Catastro y Control Urbano