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40 NORMAS LEGALES Viernes 26 de junio de 2020 / El Peruano a los que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución, deben ejecutar las acciones necesarias vinculadas con la incorporación y funcionamiento del Órgano de Control Institucional, conforme las actas suscritas que se detallan en el Anexo N° 2 de la presente Resolución. Artículo 3.- Publicar la presente Resolución y su Anexo N° 1 en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal del Estado Peruano (www.gob.pe); así como publicar la presente Resolución y sus Anexos Nos 1 y 2 en el Portal Web Institucional (www.contraloria.gob.pe) y en la Intranet de la Contraloría General de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese.NELSON SHACK YALTA Contralor General de la República ANEXO N° 1 A LA RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA N° 183-2020-CG ITEM CÓDIGO NOMBRE DE LA ENTIDAD 1 1620 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PUNTA2 1621 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PERLA 3 2156 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE 4 2160 MUNICIPALIDAD DISTRITAL PUEBLO LIBRE 5 2163 MUNICIPALIDAD DISTRITAL PUENTE PIEDRA 6 2165 MUNICIPALIDAD DISTRITAL SAN ISIDRO 7 2167 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MIGUEL 8 2180 MUNICIPALIDAD DISTRITAL JESUS MARIA 9 2695 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN BORJA 10 3794 MUNICIPALIDAD DISTRITAL LOS OLIVOS 11 5355 GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO 12 0434 MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA 1868905-1 FUERO MILITAR POLICIAL Designan funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia del Fuero Militar Policial y brindar la información conforme a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 037-2020-FMP/CE/P Lima, 12 de junio de 2020CONSIDERANDO: Que, el TUO de la Ley N° 27806, aprobado mediante Decreto Supremo N° 043-2003-PCM, establece que dicha norma tiene por fi nalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la información consagrado en el numeral 5) del artículo 2° de la Constitución Política del Perú; Que, los incisos b) y c) del artículo 3° del Reglamento de la Ley N° 27806, aprobado por Decreto Supremo N° 072-2003-PCM, modi fi cado por Decreto Supremo Nº 070-2013-PCM, establece que corresponde a la máxima autoridad de la entidad, designar mediante resolución, a los funcionarios responsables de entregar la información de acceso público; así como, de la elaboración y actualización del Portal de Trasparencia; Que el artículo 5° de la Ley Nº 29182, modi fi cada por el artículo 1° del Decreto Legislativo N° 1096 y el artículo Único de la Ley N°29955, establece que el Consejo Ejecutivo del Fuero Militar Policial es el máximo órgano de gobierno y administración; Que, el artículo 23° numeral 7) del Reglamento de la Ley, aprobado por Resolución Administrativa N° 126-2011-FMP/TSMP/SG de fecha 08 de agosto del 2011, establece que es atribución del Presidente del Consejo Ejecutivo del Fuero Militar Policial, designar al personal de los órganos administrativos; Que, mediante Resolución Administrativa N° 049- 2018-FMP/CE/SG fecha 16 de julio del 2018, se designó al, Secretario General del Fuero Militar Policial, como funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia del Fuero Militar Policial; y, mediante Resolución Administrativa N° 070-2018-FMP/CE/SG de fecha 26 de noviembre del 2018, como responsable de brindar la información a que se re fi ere el TUO, el mismo que ha cesado en sus funciones, debiendo designarse al funcionario que asuma dicha responsabilidad; Estando a lo opinado por el Jefe de la O fi cina de Asesoría Jurídica del Fuero Militar Policial y de conformidad con el Decreto Supremo N° 043-2003-PCM y el Decreto Supremo N° 072-2003-PCM; y, en uso de las facultades conferidas en el artículo 23° numeral 7) del Reglamento de la Ley N° 29182; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Designar, al señor Coronel EP Enrique Abelardo MALCA LEO, como funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia, pagina web del Fuero Militar Policial; y, de brindar la información a que se re fi ere la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Artículo 2°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, Administrativa en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional del Fuero Militar Policial (www.fmp.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.ALONSO LEONARDO ESQUIVEL CORNEJO Presidente del Consejo Ejecutivodel Fuero Militar Policial 1868892-1 MINISTERIO PUBLICO Crean fiscalías, despacho s y plazas fiscales en el Distrito Fiscal de Lima, con motivo de la Implementación del Código Procesal Penal, correspondiente al Primer Tramo RESOLUCIÓN DE JUNTA DE FISCALES SUPREMOS Nº 024-2020-MP-FN-JFS Lima, 24 de junio de 2020 VISTOS y CONSIDERANDO:Los informes Nros. 007 y 008-2020-MP-FN-OTI-CPP/ ST de fechas 09 y 10 de marzo de 2020, respectivamente, cursados por la Secretaría Técnica del Equipo Técnico de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal; y, el ofi cio N° 000491-2020-MP-FN-GG-OGPLAP de fecha 10 de marzo de 2020, remitido por la O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto. En virtud de lo establecido por el Decreto Supremo N° 012-2019-JUS de fecha 28 de junio de 2019, que modi fi có el Calendario O fi cial de Aplicación Progresiva del Código Procesal Penal en el Distrito Fiscal de Lima, el mencionado código entrará en vigencia el 01 julio de 2020; por tal motivo, se hace necesario crear y fortalecer fi scalías y despachos fi scales, en el referido Distrito Fiscal. El Distrito Fiscal de Lima contiene dieciséis (16) distritos geográ fi cos, conformado por: Lima Cercado, Barranco, Breña, Jesús María, La Victoria, Lince, Magdalena del Mar, Pueblo Libre, Mira fl ores, Rímac, San Borja, San Isidro, San Luis, San Miguel, Santiago de Surco y Surquillo, con una extensión territorial de 148 Km2, albergando una población de 1 960 089 habitantes.