Norma Legal Oficial del día 04 de marzo del año 2020 (04/03/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano / Miércoles 4 de marzo de 2020

NORMAS LEGALES

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RELACIONES EXTERIORES
Cancelan Exequátur que reconoce a Cónsul General de Panamá en Lima
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 041-2020-RE Lima, 3 de marzo de 2020 VISTA: La Nota EP.PE N° 38-A/2020, de la Embajada de la República de Panamá, mediante la cual informa el término de funciones de la señora Patricia Dutari de la Espriella como Cónsul General de Panamá en Lima, a partir del 31 de enero de 2020; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Suprema Nº 197-2014RE, de 6 de diciembre de 2014, se reconoció a la señora Patricia Dutari de la Espriella como Cónsul General de Panamá en Lima, con jurisdicción en todo el país; Con la opinión favorable de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares, en el sentido de que procede la cancelación del Exequátur otorgado; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 118º, incisos 11) y 13), de la Constitución Política del Perú, en el artículo 25º, incisos a) y b), de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares; y, Estando a lo acordado. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Cancelar el Exequátur que reconoce a la señora Patricia Dutari de la Espriella como Cónsul General de Panamá en Lima, a partir del 31 de enero de 2020. Artículo 2º.- La presente Resolución será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República GUSTAVO MEZA-CUADRA V. Ministro de Relaciones Exteriores 1861401-7

Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N° 135-2010-RE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por terminadas las funciones del Ministro en el Servicio Diplomático de la República Gustavo Alonso Figueroa Navarro, como Cónsul General del Perú en Valparaíso, República de Chile. Artículo 2.- Cancelar las Letras Patentes correspondientes, a partir de la fecha de término de funciones que será fijada mediante Resolución Viceministerial. Artículo 3.- Aplicar el egreso que irrogue la presente Resolución Suprema a las partidas correspondientes del pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Artículo 4.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República GUSTAVO MEZA-CUADRA V. Ministro de Relaciones Exteriores 1861401-8

SALUD
Decreto Supremo que amplía el plazo para que las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud Públicas se adecuen a los artículos 7 y 12 de las Disposiciones para las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud públicas aprobadas por Decreto Supremo N° 0102016-SA
DECRETO SUPREMO N° 005-2020-SA EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el artículo VII del Título Preliminar de la Ley N° 26842, Ley General de Salud, dispone que el Estado promueve el aseguramiento universal y progresivo de la población para la protección de las contingencias que puedan afectar su salud y garantizar la libre elección de sistemas previsionales, sin perjuicio de un sistema obligatorio impuesto por el Estado para que nadie quede desprotegido; Que, el numeral 2 del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, dispone como ámbito de competencia del Ministerio de Salud, el aseguramiento en salud; Que, el artículo 4 del precitado Decreto Legislativo dispone que el Sector Salud está conformado por el Ministerio de Salud, como organismo rector, las entidades adscritas a él y aquellas instituciones públicas y privadas de nivel nacional, regional y local, y personas naturales que realizan actividades vinculadas a las competencias establecidas en dicha Ley, y que tienen impacto directo o indirecto en la salud, individual o colectiva; Que, asimismo, el artículo 4-A del referido Decreto Legislativo, dispone que el Ministerio de Salud, en su condición de ente rector y dentro del ámbito de sus competencias, determina la política, regula y supervisa la prestación de los servicios de salud, a nivel nacional, en las siguientes instituciones: Essalud, Sanidad de la Policía

Dan por terminadas funciones de Cónsul General del Perú en Valparaíso, República de Chile
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 042-2020-RE Lima, 3 de marzo de 2020 VISTA: La Resolución Suprema N° 049-2018-RE, de 2 de marzo de 2018, que nombró al Ministro en el Servicio Diplomático de la República Gustavo Alonso Figueroa Navarro, Cónsul General del Perú en Valparaíso, República de Chile; CONSIDERANDO: De conformidad con la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y sus modificatorias, el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE, Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República y sus modificatorias; el Reglamento Consular del Perú, aprobado por el Decreto Supremo Nº 076-2005-RE; y, el

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