Norma Legal Oficial del día 04 de marzo del año 2020 (04/03/2020)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano / Miércoles 4 de marzo de 2020

NORMAS LEGALES

35

el objeto de recomendar mejoras para optimizar la gestión de las contrataciones que realizan las IAFAS SIS con prestadores privados. Emite su informe final en un plazo no mayor a sesenta (60) días calendario posteriores a la publicación de la Resolución Suprema que la conforma. Sétima.- Facúltase al MINSA, a solicitud de la IAFAS SIS previa opinión favorable de SUSALUD, para expedir las disposiciones complementarias, mediante Resolución Ministerial, que resulten necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente norma. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA Única.- El mecanismo de pago de prestaciones tarifadas que efectúa la IAFAS SIS a los prestadores, se aplica únicamente hasta el 31 de diciembre de 2020. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA MODIFICATORIA Única.- Modifíquese el artículo 17 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1302, Decreto Legislativo que optimiza el intercambio prestacional en salud en el sector público, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2019-SA, el mismo que queda redactado conforme a los términos de lo dispuesto en el artículo 5 del presente Decreto Supremo, entendiéndose aplicable para las IAFAS Públicas en el marco de lo ordenado por el artículo 5 del Decreto Legislativo 1302. 1861401-2

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Aprueban Transferencia Financiera con cargo al Presupuesto Institucional del Proyecto Especial para la Preparación y Desarrollo de los XVIII Juegos Panamericanos 2019, a favor de la Municipalidad Metropolitana de Lima
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0188-2020-MTC/01 Lima, 3 de marzo de 2020 VISTOS: El Oficio N° 080-2020-MTC/34 del Proyecto Especial Legado Juegos Panamericanos y Parapanamericanos y el Memorando N° 459-2020-MTC/09 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 1 del Decreto Legislativo N° 1335, Decreto Legislativo que modifica la entidad a cargo del desarrollo de la infraestructura, equipamiento y las operaciones para los "XVIII Juegos Panamericanos y Sextos Juegos Parapanamericanos - Lima 2019", dispone la transferencia al Ministerio de Transportes y Comunicaciones del Proyecto Especial para la preparación y desarrollo de los XVIII Juegos Panamericanos del 2019 y Sextos Juegos Parapanamericanos, para la preparación y desarrollo de los XVIII Juegos Panamericanos del 2019, garantizando el cumplimiento de los compromisos asumidos por el Estado Peruano; Que, el 11 de octubre de 2013, se suscribe el Acuerdo de Responsabilidades y Obligaciones para la Organización de los XVIII Juegos Panamericanos del 2019, entre la Organización Deportiva Panamericana (ODEPA) y el Comité Olímpico Peruano (COP), con la intervención de la Municipalidad Metropolitana de Lima (MML), a través del cual se definieron las condiciones bajo las que se realizará la preparación y desarrollo de los referidos Juegos; y, el 14 de setiembre de 2017 se suscribe la Adenda correspondiente al mencionado Acuerdo;

Que, el literal d) de la Tercera Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 0042020, Decreto de Urgencia que establece medidas para la gestión, mantenimiento, operación, disposición, monitoreo y sostenibilidad de legado de los XVIII Juegos Panamericanos y Sextos Parapanamericanos de Lima 2019, autoriza al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, durante el primer trimestre del 2020, a realizar transferencias financieras a favor de entidades públicas, entre otras, con el fin de atender las obligaciones derivadas de la realización de los XVIII Juegos Panamericanos y Sextos Juegos Parapanamericanos del 2019, por el concepto de reposición de obstáculos de seguridad vial cuyas intervenciones fueron necesarias durante el desarrollo de los XVIII Juegos Panamericanos y Sextos Juegos Parapanamericanos del 2019; en el marco de los compromisos y obligaciones asumidos por el Comité Organizador de los XVIII Juegos Panamericanos del 2019 (COPAL - PERÚ); precisando que, las transferencias financieras autorizadas se realizan mediante resolución del titular del pliego, previo informe favorable de su oficina de presupuesto, la misma que se publica en el diario oficial El Peruano; Que, mediante Decreto Supremo N° 007-2020MTC se modifica, entre otros, el artículo 1 del Decreto Supremo N° 002-2015-MINEDU que crea el Proyecto Especial para la Preparación y Desarrollo de los XVIII Juegos Panamericanos del 2019, en el ámbito del Ministerio de Educación, modificado por los Decretos Supremos N° 009-2015-MINEDU, N° 017-2018-MTC y N° 008-2019-MTC, conforme a lo siguiente: "créase en el ámbito del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el "Proyecto Especial Legado Juegos Panamericanos y Parapanamericanos", con el objeto de dar cumplimiento a las acciones de mantenimiento, saneamiento físico legal, operación, monitoreo, disposición y sostenibilidad del Legadode los XVIII Juegos Panamericanos y de los Sextos Juegos Parapanamericanos Lima 2019. (...)"; Que, asimismo, la Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 007-2020-MTC establece que toda referencia que se haga al Proyecto Especial para la preparación y desarrollo de los XVIII Juegos Panamericanos del 2019 y Sextos Juegos Parapanamericanos Lima 2019 en los dispositivos normativos o actos administrativos que regulan su funcionamiento deben entenderse efectuados al "Proyecto Especial Legado Juegos Panamericanos y Parapanamericanos"; Que, mediante Oficio N° 080-2020-MTC/34, la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial Legado Juegos Panamericanos y Parapanamericanos, sustentada en el Informe N° 053-2020-MTC/34.01.03 de su Oficina de Administración, el Memorando N° 1302020-MTC/34.01.09 de su Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y el Informe N° 0632020-MTC/34.01.01 de su Oficina de Asesoría Jurídica, solicita aprobar una transferencia financiera a favor de la Municipalidad Metropolitana de Lima, hasta por la suma de S/ 908 525,11 (NOVECIENTOS OCHO MIL QUINIENTOS VEINTICINCO Y 11/100 SOLES) en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, por concepto de reposición de obstáculos de seguridad vial a cargo de la Empresa Municipal Administradora de Peaje de Lima S.A. y cuyas intervenciones fueron necesarias durante el desarrollo de los XVIII Juegos Panamericanos y Sextos Juegos Parapanamericanos del 2019; Que, con Memorando N° 459-2020-MTC/09, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones adjunta el Informe N° 122-2020-MTC/09.03 de su Oficina de Presupuesto, mediante el cual emite opinión favorable y propone el proyecto de resolución ministerial que aprueba una transferencia financiera, hasta por la suma de S/ 908 525,11 (NOVECIENTOS OCHO MIL QUINIENTOS VEINTICINCO Y 11/100 SOLES), a favor de la Municipalidad Metropolitana de Lima, señalando que se cuenta con la disponibilidad presupuestal necesaria en el año fiscal 2020, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios del Presupuesto Institucional del pliego 036:

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.