Norma Legal Oficial del día 04 de marzo del año 2020 (04/03/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano / Miércoles 4 de marzo de 2020

NORMAS LEGALES

45

FORMATO DE ACTA DE CONTROL PARA EL SERVICIO DE TRANSPORTE DE PERSONAS Y MERCANCÍAS EN GENERAL

ACTA DE CONTROL Nº
D.S. Nº 017-2009-MTC

Código de infracción y/o incumplimiento
Tipo infractor Quienes suscriben la presente acta nos identificamos como inspectores acreditados de la SUTRAN, informamos el objeto y el sustento legal de la acción de fiscalización, cumpliendo con lo señalado en la normativa vigente. Agente Infractor: Placa 1: Placa 2: Raz. Soc. /Nom: RUC/DNI: Fecha y Hora inicio: Fecha y Hora de fin: Nombre del Conductor 1: Nº Licencia/DNI del Conductor 1: Nombre del Conductor 2: Nº Licencia/DNI del Conductor 2: Nombre del Conductor 3: Nº Licencia/DNI del Conductor 3: Lugar de la intervención: (Nº kilómetro de la red vial nacional/distrito/provincia/departamento) Origen viaje (Departamento/provincia/distrito) Destino viaje: (Departamento/provincia/distrito) Mercancía transportada Coordenadas: Inspector: Descripción de los hechos: Medios probatorios: Calificación de la infracción: Medida(s) Administrativa (s): Sanción: Observaciones del intervenido: Observaciones del inspector: La medida administrativa impuesta deberá ser cumplida estrictamente, bajo apercibimiento expreso de ser denunciado penalmente por desobediencia o resistencia a la autoridad, ante su incumplimiento. __________________ Firma de intervenido Nombre y apellido DNI: _____________________________ Firma del Inspector Nombre y apellido: CI: Transportista Operador de Terminal Conductor

De considerar la presentación de algún descargo puede realizarlo en la Sede Principal o en las oficinas regionales de la SUTRAN (*). Para lo cual dispone de cinco (05) días hábiles a partir del día siguiente de notificado el presente documento de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento del Procedimiento Administrativo Sancionador Especial de Tramitación Sumaria en materia de transporte y tránsito terrestre y sus servicios complementarios aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2020-MTC. De ser el caso, de acuerdo a la Ley Nº 29380, Ley de Creación de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 006-2015-MTC, la Subgerencia de Procedimientos de Servicios de Transporte y de Pesos y Medidas de la Gerencia de Procedimientos y Sanciones de la SUTRAN, emitirá la resolución de sanción. (*) Sede principal: Av. General Álvarez de Arenales N° 452, Jesús María - Lima y en las oficinas regionales. http://www.sutran.gob.pe/portal/index.php/atencion-integral-al-ciudadano/oficinas-de-sutran-en-regiones

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