Norma Legal Oficial del día 10 de marzo del año 2020 (10/03/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES

Martes 10 de marzo de 2020 /

El Peruano

RELACIONES EXTERIORES
Reconocen Cónsul General de Chile en Tacna, con jurisdicción en los departamentos de Tacna, Moquegua, Arequipa, Madre de Dios, Cusco y Puno
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 045-2020-RE Lima, 9 de marzo de 2020 VISTA: La Nota Nº 44/2020, de 13 de febrero de 2020, de la Embajada de la República de Chile, mediante la cual se remitieron las Letras Patentes que acreditan al señor Alejandro Arturo Gibbons Munizaga como Cónsul General de Chile en Tacna; CONSIDERANDO: Que, mediante Nota RE (CON) Nº 6-4/22, de 25 de febrero de 2020, el Gobierno peruano otorgó el beneplácito para el nombramiento del señor Alejandro Arturo Gibbons Munizaga como Cónsul General de Chile en Tacna, con jurisdicción en los departamentos de Tacna, Moquegua, Arequipa, Madre de Dios, Cusco y Puno; Con la opinión favorable de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares, en el sentido que procede el reconocimiento del señor Alejandro Arturo Gibbons Munizaga como Cónsul General de Chile en Tacna; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 118º, incisos 11) y 13), de la Constitución Política del Perú, así como los artículos 9º, inciso 1), y 12º de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Reconocer al señor Alejandro Arturo Gibbons Munizaga como Cónsul General de Chile en Tacna, con jurisdicción en los departamentos de Tacna, Moquegua, Arequipa, Madre de Dios, Cusco y Puno. Artículo 2º.- Extender el Exequátur correspondiente. Artículo 3º.- La presente Resolución será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República GUSTAVO MEZA-CUADRA V. Ministro de Relaciones Exteriores 1863045-7

VISTOS: La Carta CONFIEP-PRE-021/20, de la Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas - CONFIEP, y el Informe Nº 441-2020-MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, los numerales 5.2 y 5.3 del artículo 5 de la Ley Nº 27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud - ESSALUD y modificatorias, establecen que el Consejo Directivo de este organismo está integrado, entre otros, por tres representantes de los empleadores elegidos por cada uno de los grupos empresariales clasificados como grandes, medianos, pequeños y microempresarios; y, que los mandatos son ejercidos por dos años, pudiendo ser renovados una sola vez por un periodo igual; Que, el artículo 9 del Reglamento de la Ley Nº 27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud ­ ESSALUD, aprobado por Decreto Supremo Nº 00299-TR y modificatorias, prescribe, entre otros, que los representantes de los empleadores elegidos por cada uno de los grupos empresariales representativos, son reconocidos mediante resolución ministerial del Sector, entre las propuestas alcanzadas por dichas organizaciones; Que, es atribución de la Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo, reconocer al miembro del Consejo Directivo del Seguro Social de Salud - ESSALUD, que representa a los empleadores de la pequeña y microempresa, entre las propuestas alcanzadas por las organizaciones representativas; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 070-2018TR, publicada en el Diario Oficial El Peruano, con fecha 9 de marzo de 2018, se reconoce al señor JORGE F. CARLOS HARTEN COSTA, como representante de los empleadores ante el Consejo Directivo del Seguro Social de Salud - ESSALUD; Que, habiendo concluido el mandato del representante mencionado en el considerando precedente, mediante documento de vistos, la Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas - CONFIEP, propone al representante de la pequeña y microempresa, ante el Consejo Directivo del Seguro Social de Salud ESSALUD; Con la visación de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con el numeral 8) del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y modificatorias; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios; la Ley Nº 27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud ­ ESSALUD y modificatorias; y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 002-99-TR y modificatorias; y, SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluido el reconocimiento del señor JORGE F. CARLOS HARTEN COSTA, efectuado mediante el artículo único de la Resolución Ministerial Nº 070-2018-TR, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Reconocer al señor PABLO AUGUSTO LAVADO PADILLA, como representante de los empleadores ante el Consejo Directivo del Seguro Social de Salud - ESSALUD, en representación de la pequeña y microempresa. Artículo 3.- Remitir copia de la presente resolución ministerial al Consejo Directivo del Seguro Social de Salud - ESSALUD, para su conocimiento y fines. Regístrese, comuníquese y publíquese. SYLVIA E. CÁCERES PIZARRO Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 1862713-1

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Reconocen a representante de los empleadores ante el Consejo Directivo del Seguro Social de Salud - ESSALUD, en representación de la pequeña y microempresa
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 056-2020-TR Lima, 6 de marzo de 2020

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