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21 NORMAS LEGALES Martes 5 de mayo de 2020 El Peruano / Los Órganos de Control Institucional, que se encuentran bajo el ámbito de control de los órganos y unidades orgánicas antes señaladas, podrán ejecutar, excepcionalmente y previo encargo de estos, la modalidad de Control Especi fi co a Hechos con Presunta Irregularidad sobre las inversiones indicadas en el presente literal. c) Los Órganos de Control Institucional, respecto de inversiones, incluidos los convenios de Estado a Estado, cuyo monto viable o aprobado en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones – Invierte.pe es igual o menor a S/ 30 000 000,00 (Treinta millones y 00/100 soles). d) La Subgerencia de Atención de Denuncias, respecto de inversiones, incluidos los convenios de Estado a Estado, cuyo monto viable o aprobado en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones – Invierte.pe es igual o menor a S/ 10 000 000,00 (Diez millones y 00/100 soles) y, la materia a examinar tuvo su origen en una denuncia. e) La Gerencia de Control Político Institucional y Económico, y sus unidades orgánicas dependientes, respecto de inversiones, con el carácter de secreto militar o de orden interno. Artículo 4. - Los servicios de control sobre inversiones con componente de infraestructura que se encuentren en curso, continúan siendo ejecutados por los órganos o las unidades orgánicas que los iniciaron o acreditaron, hasta la emisión del informe correspondiente. Artículo 5. - Dejar sin efecto la Resolución de Contraloría N° 323-2018-CG y todas aquellas disposiciones que se opongan a lo establecido en la presente Resolución. Artículo 6. - La Gerencia de Diseño y Evaluación Estratégica del Sistema Nacional de Control y la Gerencia de Modernización y Planeamiento deberán adoptar las acciones que correspondan respecto a los Planes de Control, a fi n de viabilizar lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo 7. - Disponer que la presente Resolución entra en vigencia a partir del 1 de junio de 2020. Artículo 8 .- Publicar la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, así como en el Portal del Estado Peruano (www.gob.pe), Portal Web Institucional (www.contraloria.gob.pe) y en la Intranet de la Contraloría General de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese.NELSON SHACK YALTA Contralor General de la República 1866007-1 MINISTERIO PUBLICO Nombran Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Áncash, designándolo en el Despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios del Distrito Fiscal de Áncash RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 621-2020-MP-FN Lima, 30 de abril de 2020VISTO Y CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 2548-2018-MP-FN, de fecha 16 de julio de 2018, se nombró a la abogada Guiovana Vilma Mejía Sal y Rosas, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Áncash, desempeñándose actualmente en el Despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios del Distrito Fiscal de Áncash. Que, en mérito a las atribuciones y funciones que establece la Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica del Ministerio Público y el Reglamento de Organización y Funciones, la Fiscal de la Nación tiene la facultad de nombrar fi scales provisionales de todos los niveles jerárquicos, a nivel nacional, con la fi nalidad de coadyuvar con la labor fi scal. Que, la provisionalidad de los fi scales es de naturaleza temporal, sujeta a la facultad discrecional que tiene la titular de la Institución, que no genera más derechos que los inherentes al cargo provisional que se ejerce; tal como se ha fundamentado en reiteradas sentencias del Tribunal Constitucional. Que, en tal sentido, estando a lo informado por el oficio N° 465-2020-MP/PJFS-DF-ÁNCASH, suscrito por la abogada Azucena Miriam Mallqui García, Presidenta de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Áncash, motivado por el informe N° 15-2020-1°DESPACHO-FPPCEDCF-HUARAZ/FMRR., remitido por el abogado Felix Marco Rodríguez Rosales, Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Áncash, designado en el Despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios del Distrito Fiscal de Áncash, y a los informes Nros. 03 y 04-2019-FSCEDCF, suscritos por la abogada Mercedes Ebila Pintado Delgado, Fiscal Superior Provisional del Distrito Fiscal de Áncash, designada en el Despacho de la Segunda Fiscalía Superior Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios del Distrito Fiscal de Ancash; así como, el oficio N° 1727-2020-MP-FN-FSNCEDCF, cursado por el abogado Octaviano Omar Tello Rosales, Coordinador Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, mediante el cual, entre otros, remite la propuesta para cubrir la plaza de Fiscal Adjunto Provincial Provisional, para el Despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios del Distrito Fiscal de Áncash, siendo necesario nombrar al fiscal que ocupe provisionalmente dicho cargo, previa verificación de los requisitos de ley. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero .- Dar por concluido el nombramiento de la abogada Guiovana Vilma Mejía Sal y Rosas, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Áncash, y su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios del Distrito Fiscal de Áncash, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 2548-2018-MP-FN, de fecha 16 de julio de 2018, sin perjuicio de las acciones legales que estuviesen pendientes, por las quejas o denuncias que pudiesen encontrarse en trámite. Artículo Segundo .- Nombrar al abogado George Tony Chávez Julca, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Áncash, designándolo en el Despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios del Distrito Fiscal de Áncash, con reserva de su plaza de origen. Artículo Tercero .- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Áncash, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, Gerencia General, O fi cina General de Potencial Humano, Ofi cina de Control de la Productividad Fiscal, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a los abogados mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese.ZORAIDA AVALOS RIVERA Fiscal de la Nación 1866015-1