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84 NORMAS LEGALES Viernes 8 de mayo de 2020 / El Peruano afecten, solicita la aprobación del Reglamento Interno del Consejo Consultivo de Niñas, Niños y Adolescentes del Distrito de Mi Perú; Estando a lo expuesto, con la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica, según Informe Legal Nº 178-2020-MDMP/GAJ y lo dispuesto en el artículo 20º numeral 6 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA:Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento Interno del Consejo Consultivo de Niñas, Niños y Adolescentes del Distrito de Mi Perú, el mismo que forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía, según los considerandos expuestos. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y a la Gerencia de Desarrollo Humano, Social y Económico el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del texto del presente Decreto de Alcaldía en el Diario O fi cial El Peruano y a la Subgerencia de Tecnología de la Información y Estadística la publicación del texto y reglamento materia de aprobación en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de Mi Perú, con dirección electrónica: http://munimiperu.gob.pe Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.AGUSTIN WILLIAMS SANTAMARIA VALDERA Alcalde 1866036-1 REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE LAS NORMAS APROBATORIAS Y LOS TEXTOS ÚNICOS DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - TUPA EN EL DIARIO OFICIAL EL PERUANO Y EN SU PORTAL WEB De acuerdo a lo dispuesto por los Decretos Legislativos Nºs. 1272 y 1452, se comunica a los organismos públicos que, para efecto de la publicación de la norma que aprueba el TUPA o su modi ficación, así como el Anexo (TUPA) en el Diario O ficial El Peruano y en su Portal Web, deberán tomar en cuenta lo siguiente: 1. La norma que aprueba el TUPA o su modi ficación se publicará en el medio impreso del Diario O ficial El Peruano, tal como se dispone en el Art. 38.2 de la Ley Nº 27444. Adicionalmernte, la norma que aprueba el TUPA o su modi ficación, así como su respectivo Anexo (TUPA), se publicarán en el Portal Web del Diario O ficial El Peruano. Esta publicación en la web es de carácter gratuita, tal como se dispone en el Art. 38.3 de la Ley Nº 27444. 2. Los organismos públicos, para tal efecto solicitarán mediante o ficio de manera expresa lo siguiente: a) La publicación de la norma que aprueba el TUPA o su modi ficación, en el Diario O ficial El Peruano. b) La publicación de la norma que aprueba el TUPA o su modi ficación, así como su respectivo Anexo (TUPA) en el Portal Web del Diario O ficial El Peruano. Asimismo, en el O ficio precisarán que: “el contenido de los archivos electrónicos que envían para su publicación al correo tupaweb@editoraperu.com.pe , son auténticos y conforme a los originales que mantienen en sus archivos, de los cuales asumen plena responsabilidad”. 3. Los documentos a publicar se enviarán de la siguiente manera: a) La norma aprobatoria del TUPA o su modi ficación, se recibirá en medio impreso refrendado por persona autorizada y adicionalmente en archivo electrónico mediante correo institucional enviado a tupaweb@editoraperu.com.pe . b) El anexo (TUPA) se recibirá exclusivamente en archivo electrónico, mediante correo institucional enviado a tupaweb@editoraperu.com.pe , mas no en versión impresa. 4. El archivo electrónico del TUPA (anexo) deberá cumplir con el siguiente formato: a) Deberá presentarse en un único archivo electrónico de Microsoft Word, en el caso de Microsoft Excel toda la información se remitirá en una sola hoja de trabajo. b) El tamaño del documento en hoja A4 al 100%.c) El tipo de letra Arial.d) El tamaño de letra debe ser no menor a 6 puntos.e) El interlineado sencillo.f) Los márgenes de 1.50 cm. en la parte superior, inferior, derecha e izquierda.g) El archivo no debe contener encabezado ni pie de página.h) Todas las hojas deberán indicar en la parte superior al organismo emisor y la norma que aprueba el TUPA. El archivo electrónico de la norma aprobatoria del TUPA o su modi ficación, deberá presentarse en formato Word, conteniendo en la parte correspondiente, la siguiente información: - Nombre de la institución. - Tipo y número de la norma.- Fecha de emisión.- Nombre y cargo de la autoridad que firma dicho documento. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES