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36 NORMAS LEGALES Jueves 14 de mayo de 2020 / El Peruano CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION TECNOLOGICA Aprueban otorgamiento de subvención a persona jurídica privada RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 037-2020-CONCYTEC-P Lima, 13 de mayo de 2020VISTOS: El Informe Técnico - Legal Nº 004-2020-FONDECYT-USM-OGPP-OGAJ y el Proveído Nº 018-2020-FONDECYT-DE de la Unidad Ejecutora Fondo Nacional de Desarrollo Cientí fi co, Tecnológico y de Innovación Tecnológica - FONDECYT, y; CONSIDERANDO:Que, con fecha 23 de abril de 2020, el CONCYTEC e INTERCORP MANAGEMENT S.A.C., con la participación del FONDECYT, celebraron un Convenio de Cooperación Interinstitucional, con la fi nalidad establecer las condiciones y destino de la donación dineraria, que efectuó INTERCORP a favor del CONCYTEC para que sea destinado exclusivamente al co fi nanciamiento del Proyecto de Investigación Cientí fi ca denominado “Desarrollo y/o validación de sistemas de detección” que contribuya a responder a la pandemia del COVID-19 a través de la implementación y validación de un panel de test moleculares rápidos y de bajo costo para el diagnóstico de SARS-CoV-2 sin RT-PCR, proyecto de investigación determinado por INTERCORP; asimismo, se estableció que el CONCYTEC, a través de la Unidad Ejecutora FONDECYT, efectuará el seguimiento y monitoreo a la ejecución de las actividades del Proyecto de Investigación Cientí fi ca; Que, mediante Resolución de Presidencia N° 035-2020-CONCYTEC-P de fecha 30 de abril de 2020, se resuelve aceptar la donación dineraria efectuada por INTERCORP MANAGEMENT S.A.C. a favor de la Unidad Ejecutora FONDECYT del Pliego N° 114 Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (CONCYTEC), por la suma de S/ 150,000,00 (Ciento Cincuenta Mil y 00/100 Soles), para que sea destinado exclusivamente al fi nanciamiento del Proyecto de Investigación Cientí fi ca denominado “Desarrollo y/o validación de sistemas de detección”, proyecto de investigación determinado por INTERCORP; Que, mediante Resolución de Presidencia N° 36-2020-CONCYTEC-P de fecha 7 de mayo de 2020, se autorizar la incorporación de mayores ingresos públicos en el Presupuesto Institucional del Pliego 114: CONCYTEC, a favor de la Unidad Ejecutora 002: FONDECYT, por el importe total de S/ 150,000.00 (Ciento Cincuenta Mil con 00/100 Soles), en la fuente de fi nanciamiento 4: Donaciones y Transferencias, destinados exclusivamente al fi nanciamiento del Proyecto de Investigación Cientí fi ca denominado “Desarrollo y/o validación de sistemas de detección”; Que, la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, en su Numeral 1) autoriza excepcionalmente al CONCYTEC, a partir de la vigencia de la citada Ley, con la fi nalidad de co fi nanciar programas y proyectos en materia de ciencia, tecnología e innovación tecnológica, a: a) Efectuar transferencias fi nancieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; y b) Otorgar subvenciones a favor de personas jurídicas privadas, domiciliadas y no domiciliadas en el país. Asimismo, dispone que las referidas transferencias y subvenciones se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego CONCYTEC, previa suscripción de convenio e informe favorable de la o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces, debiéndose publicar en el Diario O fi cial El Peruano; Que, mediante Resolución de Presidencia Nº 156-2018-CONCYTEC-P de fecha 11 de setiembre de 2018, se aprueba la Directiva N° 003-2018-CONCYTEC-OGPP, “Disposiciones para la aprobación de Transferencias Financieras y/u Otorgamiento de Subvenciones en el marco de lo dispuesto en la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016”, en adelante la Directiva, la cual ha sido modi fi cada mediante Resolución de Presidencia N° 092-2019-CONCYTEC-P de fecha 21 de mayo de 2019; Que, el Numeral 6.3.1 de la Directiva establece que la Dirección Ejecutiva del FONDECYT y la Unidad de Seguimiento y Monitoreo son los responsables de verifi car que se cumplan todos los requisitos establecidos en el convenio o contrato respectivo, los requisitos establecidos en las Bases del Instrumento Financiero, en el Plan Operativo del Proyecto, en las Directivas, Guías y Lineamientos u otros documentos normativos similares para proceder a los desembolsos solicitados por el FONDECYT, así como de precisar si se trata de un Instrumento/Esquema Financiero que se encuentra en ejecución cuyo convenio ha sido suscrito con entidades públicas o personas jurídicas privadas domiciliadas y no domiciliadas en el país, o si se trata de un Esquema Financiero proveniente de un concurso; Que, el Numeral 6.3.2 de la Directiva señala que la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto es responsable de la emisión del Certi fi cado de Crédito Presupuestario y de veri fi car que se esté cumpliendo con las disposiciones contenidas en la Directiva; Que, conforme al Numeral 6.3.3 de la Directiva, la Ofi cina General de Asesoría Jurídica es responsable de: i) Veri fi car la vigencia del convenio o contrato materia de subvención o transferencia, ii) Veri fi car que la entidad o persona jurídica a quien se propone transferir o subvencionar, cuente con la Resolución que lo declare ganador del Instrumento Financiero respectivo, y iii) Verifi car que se esté cumpliendo con las disposiciones contenidas en la Directiva; Que, mediante el Proveído Nº 018-2020-FONDECYT- DE la Dirección Ejecutiva de la Unidad Ejecutora FONDECYT, solicita se apruebe el otorgamiento de la subvención a una persona jurídica privada por un importe total ascendente a S/ 135,000.00 (Ciento Treinta y Cinco Mil y 00/100 Soles), a favor de la Universidad Peruana Cayetano Heredia, persona jurídica privada con la que se suscribió el Convenio N° 042-2020-FONDECYT, señalando que permitirá cofi nanciar el Proyecto de Investigación Cientí fi ca denominado “Implementación de nuevos tests rápidos y de bajo costo para el diagnóstico molecular masivo de SARS-CoV-2 sin RT-PCR” , para lo cual remite el Informe Técnico Legal Nº 004-2020-FONDECYT-USM-OGPP-OGAJ, mediante el cual el Responsable de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo de la Unidad Ejecutora FONDECYT, la Jefa (e) de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y el Jefe (e) de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC, determinan la viabilidad técnica, presupuestal y legal para efectuar el otorgamiento de la subvención a una persona jurídica privada, para el desarrollo del proyecto señalado en el Informe Técnico Legal, para tal efecto adjunta el Certi fi cado de Crédito Presupuestario N° 544-2020, y copia del convenio de subvención suscrito que se encuentra vigente; Que, el Informe Técnico Legal concluye que la Unidad de Seguimiento y Monitoreo de la Unidad Ejecutora FONDECYT, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y la O fi cina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC, cada una en el ámbito de su competencia, emiten opinión técnica, presupuestal y legal favorable, habiendo veri fi cado el cumplimiento de todos requisitos exigidos en la Directiva N° 003-2018-CONCYTEC-OGPP, en las bases del esquema fi nanciero, en el convenio de subvención suscrito, en los documentos normativos, lineamientos y otros documentos a fi nes, emitidos y suscritos por la referida Unidad Ejecutora, así como en la normativa vigente sobre la materia, para efectuar el