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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE MAYO DEL AÑO 2020 (14/05/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 27

27 NORMAS LEGALES Jueves 14 de mayo de 2020 El Peruano / que la vigencia de la renovación de acreditación de los diferentes OEC que pudiera vencer, entre el periodo de marzo a junio del presente año se extenderá automática y excepcionalmente por un periodo de 180 días calendario desde su vencimiento, y que los organismos de certi fi cación nacional acreditados se les solicita seguir los lineamientos establecidos por IAF (https://www.iaf.nu/articles/IAF_Statement_on_COVID-19/636, https://iaffaq.com/); Que, como consecuencia de las disposiciones antes señaladas, el INACAL ha detenido sus labores de calibración y que las evaluaciones en campo programadas entre los meses de marzo y junio del presente año, serán reprogramadas, quedando suspendidos para su reprogramación las evaluaciones para ampliación de alcance de acreditación, requisito necesario para poder continuar con el trámite de autorización permanente según lo dispuesto en el artículo 3 de la Resolución Directoral N° 008-2019-DM/INACAL; Que, al 13 de marzo de 2020, antes del inicio del estado de emergencia se contaban con 6 UVM con autorización permanente y 2 UVM con autorización transitoria válida hasta el 5 de mayo del 2020 otorgado por la Dirección de Metrología del INACAL de acuerdo a lo indicado en la Resolución Directoral N° 008-2019-INACAL/DM; Que, a la fecha, las dos (02) Unidades de Veri fi cación Metrológica con autorización transitoria hasta el 05 de mayo de 2020, cuya factibilidad de acceder o continuar con el ejercicio oportuno de los procedimientos de acreditación y solicitud de autorización como UVM de manera permanente ha quedado suspendida por el Estado de Emergencia actual en el Estado Peruano desde el 16 de marzo; Que, en dicho contexto, las empresas en cuestión (UVM con autorización transitoria) no han podido continuar con su trámite ante INACAL, periodo al que debemos sumarle lo que tardará INACAL en atenderlos debido a la carga de trabajo acumulada, además de la extensión de plazos que ha dispuesto que los puede llevar a visitas hasta el mes de junio; Que, en consecuencia, y a mérito de lo señalado en el Informe Nº 020-2020-INACAL/DM-ML de la Responsable del Equipo Funcional de Metrología Legal, resulta necesario emitir disposiciones que, una vez culminado el Estado de Emergencia, permitan a los usuarios continuar con los procedimientos de acreditación y solicitud de autorización como UVM de manera permanente, para lo cual se requiere establecer la ampliación del régimen de autorización transitorio para la veri fi cación de balanzas clase III y IIII sujetos a control metrológico aprobado mediante Resolución Directoral N° 008-2019-INACAL/DM, que no hubiese podido seguir como consecuencia de las medidas dispuestas durante el Estado de Emergencia Nacional declarado por el Poder Ejecutivo; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad; el numeral 17.1 del artículo 17 de Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2019-JUS; y, el Decreto Supremo N° 009-2019-PRODUCE, Decreto Supremo que aprueba la Sección Única del Reglamento de Organización y Funciones del INACAL; SE RESUELVE:Artículo 1.- Extender de manera automática por ciento ochenta (180) días calendario el régimen de autorización transitorio para la veri fi cación de balanzas clase III y IIII sujetos a control metrológico que tengan como capacidad máxima de medición hasta 100 kilogramos, dispuesto en el artículo 3 de la Resolución Directoral N° 008-2019-INACAL/DM, contados con e fi cacia desde el 06 de mayo de 2020. Artículo 2.- Ampliar por el mismo periodo señalado en el artículo 1 de la presente resolución, la autorización temporal o transitoria otorgada a los laboratorios de calibración que se encuentren en proceso de ampliación de su alcance de acreditación con el procedimiento “PV-002: Procedimiento para la veri fi cación de instrumentos de pesaje de funcionamiento no automático” vigente.Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ DAJES CASTRO Director de Metrología 1866267-1 RELACIONES EXTERIORES Nombran Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la Federación de Rusia RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 056-2020-RE Lima, 13 de mayo de 2020CONSIDERANDO:De conformidad con el inciso 12) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú, que establece la facultad del señor Presidente de la República de nombrar Embajadores y Ministros Plenipotenciarios, con aprobación del Consejo de Ministros, con cargo a dar cuenta al Congreso de la República; Estando a lo dispuesto en la Ley N.º 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y modi fi catorias; y el Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante Decreto Supremo N.º 130-2003-RE y sus modi fi catorias; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE:Artículo 1.- Nombrar Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la Federación de Rusia, al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Juan Genaro Del Campo Rodríguez. Artículo 2.- Extenderle las Cartas Credenciales y Plenos Poderes correspondientes. Artículo 3.- La fecha en que el citado funcionario diplomático deberá asumir funciones será fi jada mediante Resolución Ministerial. Artículo 4.- Aplicar el egreso que origine la presente Resolución a las partidas correspondientes del pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República GUSTAVO MEZA-CUADRA V. Ministro de Relaciones Exteriores 1866353-1 TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Autorizan transferencia financiera, a favor del Seguro Social de Salud - EsSalud, con la finalidad de financiar el pago de subsidios por incapacidad temporal para pacientes diagnosticados con COVID-19 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 086-2020-TR Lima, 13 de mayo de 2020