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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE MAYO DEL AÑO 2020 (14/05/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 30

30 NORMAS LEGALES Jueves 14 de mayo de 2020 / El Peruano Que, la Unidad de Presupuesto de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto de DEVIDA, ha emitido las Certi fi caciones de Crédito Presupuestal N° 00494, 00497 y 00501, entendiéndose que estos documentos forman parte del Informe Previo Favorable N° 000036-2020-DV-OPP-UPTO, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 17.2 del artículo 17° del Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020. Adicionalmente, DEVIDA ha emitido la respectiva conformidad de los Planes Operativos de las Actividades; Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la precitada norma legal, las Entidades Ejecutoras, bajo responsabilidad, sólo destinarán los recursos públicos que se trans fi eren para la ejecución de las Actividades detalladas en el Anexo N° 01 de la presente Resolución, de conformidad con los POAs aprobados por DEVIDA, quedando prohibido reorientar dichos recursos a otros proyectos, actividades y/o gastos administrativos; Con los visados de la Gerencia General, los Responsables de la Dirección de Articulación Territorial, Dirección de Asuntos Técnicos, Dirección de Promoción y Monitoreo, O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, Ofi cina General de Administración y O fi cina de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020 y el Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2014-PCM. SE RESUELVE:Artículo Primero.- AUTORIZAR las transferencias fi nancieras hasta por la suma total de DOS MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS CUARENTA Y CINCO 00/100 SOLES (S/ 2 349 545.00), para fi nanciar las Actividades a favor de las Entidades Ejecutoras que se detallan en el Anexo N°01 que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Segundo.- DISPONER que las transferencias fi nancieras autorizadas por el Artículo Primero de la presente resolución, se realicen con cargo al presupuesto del Año Fiscal 2020 del Pliego 012: Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas correspondiente a la fuente de fi nanciamiento “Recursos Ordinarios”. Artículo Tercero.- RATIFICAR que las Entidades Ejecutoras, bajo responsabilidad, sólo destinarán los recursos públicos que se trans fi eren para la ejecución de las Actividades descritas en el Anexo N° 01 de la presente resolución, quedando prohibido reorientar dichos recursos a otros proyectos, actividades y/o gastos administrativos, en concordancia con lo dispuesto por el numeral 17.3 del artículo 17° del Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020. Artículo Cuarto.- DISPONER que la Dirección de Promoción y Monitoreo de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, sea la encargada de efectuar el monitoreo y seguimiento de metas para las cuales fueron entregados los recursos, en el marco de lo dispuesto en el numeral 17.3 del artículo 17° del Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020. Artículo Quinto.- NOTIFICAR la presente resolución a la Dirección de Articulación Territorial, Dirección de Asuntos Técnicos, Dirección de Promoción y Monitoreo, Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, y a la O fi cina General de Administración para los fi nes correspondientes, así como al Responsable del Portal de Transparencia de la Entidad, a fi n que proceda a PUBLICAR el presente acto resolutivo en el portal de internet de DEVIDA. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.RUBÉN VARGAS CÉSPEDES Presidente EjecutivoANEXO 01 TRANSFERENCIA FINANCIERA DE LA COMISIÓN NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS EN EL MARCO DEL PROGRAMA PRESUPUESTAL “PROGRAMA DE DESARROLLO ALTERNATIVO INTEGRAL Y SOSTENIBLE – PIRDAIS” NºENTIDAD EJECUTORANOMBRE DE LA ACTIVIDAD MONTO DE LA TRANSFERENCIA HASTA S/ 01MUNICIPA- LIDAD PRO- VINCIAL DE CARABAYA “CAPACITACIÓN Y ASISTENCIA TÉCNICA EN LA CADENA DE VALOR DE PRODUCTOS ALTERNATIVOS SOSTENIBLES EN ACUICULTURA, DISTRITOS DE: SAN GABÁN, AYAPATA Y OLLACHEA, PROVINCIA DE CARABAYA, REGIÓN PUNO”800 000.00 02MUNICIPALI- DAD DISTRITAL DE YANAHUAYA“CAPACITACIÓN Y ASISTENCIA TÉCNICA DE LA CADENA DE VALOR DE CULTIVOS ALTERNATIVOS SOSTENIBLES DE PIÑA Y CAFÉ BAJO EL SISTEMA AGROFORESTAL EN EL DISTRITO DE YANAHUAYA, SANDIA - PUNO” 749 545.00 03MUNICIPALI- DAD DISTRITAL DE RÍO NEGRO “CAPACITACIÓN Y ASISTENCIA TÉCNICA DE LA CADENA DE VALOR DE PECES TROPICALES EN EL DISTRITO DE RÍO NEGRO, SATIPO - JUNIN” 800 000.00 TOTAL 2 349 545.00 1866337-1 INSTITUTO NACIONAL DE SALUD Designan Directora Ejecutiva de la Dirección Ejecutiva de Vigilancia Alimentaria y Nutricional del Centro Nacional de Alimentación y Nutrición del INS RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 115-2020-J-OPE/INS Lima, 13 de mayo de 2020 VISTO:El expediente con Registro Nº 6700-2020 que contiene la Carta de fecha 24 de marzo de 2020, emitida por la Licenciada en Obstetricia Carolina Beatriz Tarqui Mamani, Directora Ejecutiva de la Dirección Ejecutiva de Vigilancia Alimentaria y Nutricional-DEVAN del Centro Nacional de Alimentación y Nutrición del Instituto Nacional de Salud-CENAN del Instituto Nacional - INS; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 3 de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, establece que la designación de funcionarios en cargos de con fi anza distintos a los comprendidos en el artículo 1 de dicha Ley se efectúa mediante Resolución del Titular de la Entidad; Que, de otro lado, el artículo 7 de la indicada Ley precisa que mediante Resolución Ministerial o Resolución del Titular en la Entidad que corresponda, se acepta la renuncia o se dispone una nueva designación o nombramiento de los actuales funcionarios con cargo de confi anza no contemplados en el artículo 1 de dicha norma; Que, la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29849, Ley que establece la eliminación progresiva del Régimen Especial del Decreto Legislativo Nº 1057 y otorga derechos laborales, dispone que el personal establecido en los numerales 1), 2) e inciso a) del numeral 3) del artículo 4 de la Ley Nº 28175, Ley Marco del Empleo Público, contratado por el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo Nº 1057, está excluido de las reglas establecidas en el artículo 8 de dicho Decreto