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11 NORMAS LEGALES Miércoles 20 de mayo de 2020 El Peruano / Que, el numeral 72.2 del artículo 72 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, señala que toda entidad es competente para realizar las tareas materiales internas necesarias para el e fi ciente cumplimiento de su misión y objetivos, así como para la distribución de las atribuciones que se encuentren comprendidas dentro de su competencia; Que, a través del Decreto Supremo Nº 008-2020-SA publicado el 11 de marzo de 2020, el Ministerio de Salud declara la Emergencia Sanitaria a nivel nacional, por el plazo de noventa (90) días calendario por la existencia del COVID-19; y se dictaron medidas para la prevención y control para evitar su propagación; Que, mediante el Decreto de Urgencia Nº 026-2020 publicado el 15 de marzo de 2020, se establecen medidas adicionales extraordinarias que permitan adoptar las acciones preventivas y de respuesta para reducir el riesgo de propagación y el impacto sanitario de la enfermedad causada por el virus del COVID-19, en el territorio nacional, así como coadyuvar a disminuir la afectación a la economía peruana por el alto riesgo de propagación del mencionado virus a nivel nacional; Que, el artículo 18 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, señala que la O fi cina de Atención al Ciudadano y Gestión Documentaria es la unidad orgánica de la Secretaría General encargada de centralizar, custodiar y conservar la documentación del Ministerio, así como brindar información y orientación a ciudadanos y personas jurídicas sobre los servicios del Ministerio. Asimismo, el numeral 18.1 del precitado artículo establece como una de sus funciones, la de formular y proponer los estándares, procedimientos y directivas para la regulación de los procesos de atención a los ciudadanos, gestión de los documentos y archivos, y uso de biblioteca; y supervisar su cumplimiento reportando a la Secretaría General; Que, en ese marco, a través del Memorando Nº 001182-2020-OACGD-SG/MC la O fi cina de Atención al Ciudadano y Gestión Documentaria remite a la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto la propuesta de “Lineamientos para regular el uso de la Plataforma Virtual de Atención a la Ciudadanía y Casilla Electrónica del Ministerio de Cultura”, la cual tiene por objetivo regular el uso de la Plataforma Virtual de Atención a la Ciudadanía que permita dar celeridad a los procedimientos administrativos, servicios y demás solicitudes presentadas ante el Ministerio de Cultura, así como el uso de la casilla electrónica para la noti fi cación de actos administrativos y actuaciones emitidas en el marco de cualquier actividad administrativa; a fi n de contribuir a la e fi ciencia y e fi cacia de la gestión institucional, con prácticas de ecoe fi ciencia; Que, asimismo, en la Exposición de Motivos correspondiente la O fi cina de Atención al Ciudadano y Gestión Documentaria señala que a través de la Plataforma Virtual de Atención a la Ciudadanía el administrado podrá presentar sus solicitudes o consultas, en reemplazo de la modalidad de presentación por correo electrónico: mesadepartes@cultura.gob.pe, por lo que correspondería se deje sin efecto el numeral 6.3.1 del “Protocolo de atención a la ciudadanía para reducir el riesgo de propagación e impacto sanitario de la enfermedad causada por el virus Coronavirus (COVID-19) en los servicios que brinda la O fi cina de Atención al Ciudadano y Gestión Documentaria y las que hagan sus veces en las dependencias del Ministerio de Cultura a nivel nacional”, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 116-2020-MC; Que, mediante el Memorando Nº 000256-2020-OGPP/ MC la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto remite el Informe Nº 000059-2020-OOM/MC de la O fi cina de Organización y Modernización a su cargo, donde se señala que se encuentra justi fi cable y viable el citado proyecto de Lineamientos, por lo que es necesario se gestione su aprobación; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-MC;SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar los “Lineamientos para regular el uso de la Plataforma Virtual de Atención a la Ciudadanía y Casilla Electrónica del Ministerio de Cultura”, los mismos que en documento anexo forman parte integrante de la presente resolución. Artículo 2 .- Dejar sin efecto el numeral 6.3.1 del “Protocolo de atención a la ciudadanía para reducir el riesgo de propagación e impacto sanitario de la enfermedad causada por el virus Coronavirus (COVID-19) en los servicios que brinda la O fi cina de Atención al Ciudadano y Gestión Documentaria y las que hagan sus veces en las dependencias del Ministerio de Cultura a nivel nacional”, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 116-2020-MC. Artículo 3 .- Disponer la publicación de la presente resolución y su anexo en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.SONIA GUILLÉN ONEEGLIO Ministra de Cultura 1866567-1 Designan Asesora ll del Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e lndustrias Culturales y le encargan funciones de Responsable de la Unidad Ejecutora Proyectos Especiales RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 126-2020-MC Lima, 19 de mayo de 2020. CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 29565 se creó el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de derecho público; Que, conforme al Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional del Ministerio de Cultura, aprobado por Resolución Ministerial Nº 412-2019-MC, el cargo de Asesor/a ll del Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e lndustrias Culturales es considerado de con fi anza; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 121- 2020-MC, se encarga al señor Augusto Martín Curay Casanova, para que en adición a sus funciones, ejerza las de Responsable de la Unidad Ejecutora 008: Proyectos Especiales del Pliego 003: Ministerio de Cultura; Que, encontrándose vacante el cargo de Asesor/a ll del Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e lndustrias Culturales, corresponde designar a la persona que asumirá dicho cargo; y encargarle las funciones de Responsable de la Unidad Ejecutora 008: Proyectos Especiales del Pliego 003: Ministerio de Cultura; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; y, el Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-MC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar a la señora Carolina Gizella Lenkey Ramos en el cargo de Asesora ll del Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e lndustrias Culturales del Ministerio de Cultura. Artículo 2.- Dar por concluida la encargatura de funciones del señor Augusto Martín Curay Casanova como Responsable de la Unidad Ejecutora 008: Proyectos Especiales del Pliego 003: Ministerio de Cultura.