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18 NORMAS LEGALES Miércoles 20 de mayo de 2020 / El Peruano FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 1 142 313,00 ACTIVIDAD 5005943 : Mantenimiento y operación de locales escolares de Instituciones Educativas de educación básica regular con condiciones adecuadas para su funcionamiento FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 9 722 388,00 CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9001 : Acciones CentralesACTIVIDAD 5000003 : Gestión AdministrativaFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 7 253 307,00 =========== TOTAL EGRESOS 18 118 008,00 =========== 1.2 Los pliegos habilitados en el numeral 1.1 del presente artículo y los montos de transferencia por pliego se detallan en el Anexo “Transferencia de Recursos para fi nanciar los Compromisos de Desempeño 2020 - Tramo 1”, que forma parte del presente Decreto Supremo, el cual se publica en los portales institucionales del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu) y del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 2. Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular del pliego habilitador y de los pliegos habilitados en la Transferencia de Partidas autorizada en el artículo 1, aprueban, mediante resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del artículo 1, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 2.2 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público, las codi fi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3. Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4. Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas y por el Ministro de Educación. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecinueve días del mes de mayo del año dos mil veinte. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República MARÍA ANTONIETA ALVA LUPERDI Ministra de Economía y Finanzas CARLOS MARTÍN BENAVIDES ABANTO Ministro de Educación 1866571-2Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020 a favor de los Gobiernos Regionales DECRETO SUPREMO Nº 113-2020-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 392-2019- EF, se autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019 del Pliego 010: Ministerio de Educación a favor de los Gobiernos Regionales, hasta por la suma de S/ 113 926 770,00 (CIENTO TRECE MILLONES NOVECIENTOS VEINTISEIS MIL SETECIENTOS SETENTA Y 00/100 SOLES), para fi nanciar el otorgamiento del Bono de Incentivo al Desempeño Escolar; Que, la Tercera Disposición Complementaria Transitoria del Decreto de Urgencia Nº 016-2020, Decreto de Urgencia que establece medidas en materia de los recursos humanos del Sector Público, autoriza, durante el Año Fiscal 2020, al Ministerio de Educación a efectuar modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de los Gobiernos Regionales, para fi nanciar el pago de los conceptos a los que se re fi eren los Decretos Supremos Nºs. 391-2019-EF, 392-2019-EF y 395-2019-EF, hasta por el monto señalado en los mismos, y cuyos recursos transferidos por dichos Decretos Supremos no fueron devengados al 31 de diciembre de 2019; disponiendo que dichas modi fi caciones presupuestarias se aprueban mediante decreto supremo refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas y el Ministro de Educación, a solicitud de este último; Que, mediante el Informe Nº 00444-2020-MINEDU/ SPE-OPEP-UPP la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica del Ministerio de Educación, señala que existen recursos en el Presupuesto Institucional del Pliego 010: Ministerio de Educación, en la Unidad Ejecutora 026: Programa Educación Básica para Todos, en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, hasta por la suma de S/ 11 266 251,00 (ONCE MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y UNO Y 00/100 SOLES) para fi nanciar el pago a 6 042 bene fi ciarios en 12 Gobiernos Regionales del Bono de Incentivo al Desempeño Escolar al que se re fi ere el Decreto Supremo Nº 392-2019-EF, cuyos recursos transferidos por dicho Decreto Supremo no fueron devengados al 31 de diciembre de 2019, en el marco de lo dispuesto en la Tercera Disposición Complementaria Transitoria del Decreto de Urgencia Nº 016-2020; Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, hasta por la suma de S/ 11 266 251,00 (ONCE MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y UNO Y 00/100 SOLES), del pliego Ministerio de Educación a favor de doce (12) Gobiernos Regionales, para los fi nes señalados en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en la Tercera Disposición Complementaria Transitoria del Decreto de Urgencia Nº 016-2020, Decreto de Urgencia que establece medidas en materia de los recursos humanos del Sector Público; DECRETA:Artículo 1. Objeto1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, hasta por la suma de S/ 11 266 251,00 (ONCE MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y UNO Y 00/100 SOLES), del pliego Ministerio de Educación a favor de doce (12)