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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE MAYO DEL AÑO 2020 (23/05/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 66

66 NORMAS LEGALES Sábado 23 de mayo de 2020 / El Peruano con la fi nalidad de conseguir el Desarrollo Infantil Temprano, abordando los determinantes de la anemia y promoviendo la práctica de estilo de vida saludable. ARTÍCULO SEGUNDO: CONFORMACIÓN de la estrategia regional de seguridad alimentaria que estará conformada por los representantes de las instituciones siguientes: Gobierno Regional de Lima:–Gerencia Regional de Desarrollo Social. -Gerencia Regional de Desarrollo Económico. -Gerencia Regional de Presupuesto, Planeamiento y Acondicionamiento Territorial.–Dirección Regional de Salud.–Dirección Regional de Educación. -Dirección Regional Vivienda, Construcción y Saneamiento. -Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo. -Dirección Regional de Agricultura. Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social-MIDIS: -Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social (FONCODES). -Programa Juntos. -Programa Qali Warma. -Programa Nacional Cuna Más. -Programa Nacional País. -Programa Contigo. -Programa Pensión 65. -Fondo de Estímulo al Desempeño (FED). Otras Instituciones: -Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables-MIMP. -Defensoría del Pueblo. -Ministerio de Justicia y Derechos Humanos-MINJUSDH. -Alcalde de la Municipalidad Provincial. -Mesa de Concertación para la Lucha contra la Pobreza.” En mérito a todo lo expuesto; y, en uso de las atribuciones preceptuadas en los artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Estado y las conferidas en los numerales 9°, 10º, 11º, 15° y 38º de la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales Nº 27867 y sus modi fi catorias, conforme con el Reglamento Interno del Consejo del Gobierno Regional de Lima, el Consejo Regional; HA APROBADO LA SIGUIENTE ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero: DECLARAR de prioridad, interés y de necesidad pública regional, la Política Regional: “Estrategia Regional de Seguridad Alimentaria”, como instrumento de articulación interinstitucional entre los diferentes sectores del ámbito del Gobierno Regional de Lima, a fin de conseguir el Desarrollo Infantil Temprano, abordando los determinantes de la anemia y promoviendo la práctica de estilo de vida saludable. Artículo Segundo: RECONOCER la Conformación de la Comisión de Estrategia Regional de Seguridad Alimentaria de la Región Lima, creada mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº163-2019-PRES, de fecha 15 de marzo del 2019, con las siguientes funciones: Elaborar su Plan de Trabajo y Reglamento Interno, dentro del plazo de 45 días calendarios, contados desde la vigencia de la presente Ordenanza. COMUNICADO A NUESTROS USUARIOS REQUISITOS PARA PUBLICAR EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES Se comunica a las entidades públicas que para publicar sus dispositivos en la separata de normas legales, con o sin anexos, se tomará en cuenta lo siguiente: 1. La documentación a publicar se recibirá de lunes a viernes, de 9.00 am a 5.30 pm. La solicitud de publicación deberá adjuntar los dispositivos legales refrendados por el funcionario acreditado con el respectivo registro de fi rma ante la Gerencia de Publicaciones O fi ciales. 2. Para todo dispositivo legal, con o sin anexos, el contenido del archivo o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL DOCUMENTO ORIGINAL IMPRESO que se entrega para su publicación. Cada entidad pública se hará responsable del contenido de los archivos electrónicos que entrega para su publicación. 3. Toda solicitud de publicación deberá adjuntar obligatoriamente el archivo en una unidad de almacenamiento, o enviar el archivo correspondiente al correo electrónico normaslegales@ editoraperu.com.pe. 4. En caso de que se requiera una cotización del dispositivo legal, deberá enviarse un archivo al correo electrónico cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe. Asimismo, los archivos de las normas que aprueban TUPAs o su modi fi cación, deberán enviarse al correo electrónico tupaweb@editoraperu.com.pe. 5. Todo documento que contenga tablas deberá ser trabajado en una hoja de cálculo de Excel, de acuerdo al formato original y sin justi fi car. El texto deberá ser redactado en formato Word, en caso incluya grá fi cos, estos deberán ser trabajados en formato PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises. 6. Las publicaciones de normas legales, cotizadas y pagadas al contado, se efectuarán conforme a las medidas facturadas al cliente, pudiendo existir una variación de +/- 5% como resultado de la diagramación fi nal. 7. Este comunicado rige para las entidades públicas que no usan el Portal de Gestión de Atención al Cliente - PGA . GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES