Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE MAYO DEL AÑO 2020 (23/05/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 51

51 NORMAS LEGALES Sábado 23 de mayo de 2020 El Peruano / El plazo de aplicación del Protocolo establecido en los puntos 5.1 a), b), c), 5.2, 5.3, 5.4 a) y 5.7 a), será de 14 (CATORCE) primeros días. 2.- En el Capítulo: “ VI. ASISTENCIA Y JORNADA LABORAL” El horario de la jornada laboral por el período que señala el protocolo en el punto 6.1, a) y b) será de 09.00 a.m. a 2.00 p.m. en los grupos que corresponda. Este horario se aplica para todos los miembros del Poder Judicial, jueces, funcionarios y trabajadores”. Artículo Segundo.- Aprobar el Reglamento para la aplicación de la Resolución Administrativa N° 129-2020-CE-PJ, que aprobó el Protocolo denominado “Medidas de reactivación de los órganos jurisdiccionales y administrativos del Poder Judicial, posterior al levantamiento del aislamiento social obligatorio establecido por el Decreto Supremo N° 044-2020PCM y prorrogado por los Decretos Supremos Nros. 051 y 064-2020-PCM”; que en anexo forma parte de la presente resolución. Artículo Tercero.- Disponer que la Gerencia General del Poder Judicial, las Gerencias y O fi cinas de Administración Distrital y la O fi cina de Administración de la Corte Suprema de Justicia de la República, adopten y ejecuten las medidas y acciones necesarias para la oportuna y adecuada implementación del proyecto aprobado. Artículo Cuarto.- Disponer que cada Corte Superior de Justicia del país, habilite una línea telefónica para brindar información a litigantes y abogados. Artículo Quinto.- Disponer que los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia del país emitan las disposiciones complementarias que se requiera, respecto a los aspectos no previstos en el Protocolo y Reglamento, para su adecuada implementación. Artículo Sexto.- Disponer la publicación de la presente resolución y el documento aprobado en el Portal Institucional del Poder Judicial, para su difusión y cumplimiento. Artículo Sétimo.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Presidentes de las Salas de la Corte Suprema de Justicia de la República, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia del país, Procuraduría Pública del Poder Judicial, O fi cina de Control Institucional; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JOSÉ LUIS LECAROS CORNEJO Presidente 1866666-7 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Aprueban los “Lineamientos para los Protocolos de Seguridad y Salud en el Trabajo Jurisdiccional y Administrativo en la CSJ-LIMA NORTE, durante el Estado de Emergencia Sanitaria y después del levantamiento al Estado de Emergencia Nacional por propagación del COVID-19 en el Perú” PRESIDENCIA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA NORTE PRESIDENCIA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000381-2020-P-CSJLIMANORTE-PJ Independencia, 22 de mayo de 2020VISTO: La Resolución Administrativa N° 129-2020-CE-PJ en adelante R.A. 129-2020 (27/4/2020), la Resolución Administrativa N° 133-2020-CE-PJ en adelante R.A. 133-2020 (7/5/2020), la Resolución Administrativa N° 146-2020-CE-PJ en adelante R.A. 146-2020 (16/5/2020),la Resolución Administrativa N° 147-2020-CE-PJ en adelante R.A. 147-2020 (16/5/2020), la Resolución Administrativa N° 375-2020-P-CSJLIMANORTE-PJ en adelante R.A. 375-2020 (19/5/2020), la Resolución Administrativa N° 379-2020-P-CSJLIMANORTE-PJ en adelante R.A. 379-2020 (20/5/2020). CONSIDERANDO:1. En el marco del D.S. N° 008-2020-SA y D.S. N° 044-2020-PCM que declaran el Estado de Emergencia Sanitaria a nivel nacional por la existencia del COVID-19 en nuestro país, mediante el D.U. N° 026-2020 se suspendieron los plazos procesales y administrativos por el lapso de quince (15) a partir del 16/3/2020, plazo que -fi nalmente- fue ampliado por D.S. N° 083-2020-PCM (10/5/2020) por 14 días calendario, a partir del 11/5/2020 al 24/5/2020. 2. En el D.U. N° 026-2020 se faculta a los empleadores del sector público y privado a modi fi car el lugar de la prestación de servicios de todos sus trabajadores para implementar el TRABAJO REMOTO en el marco de la emergencia sanitaria por el COVID-19; modalidad que según al artículo 16 del mismo cuerpo legal se caracteriza por la prestación de servicios subordinada con la presencia física del trabajador en su domicilio o lugar de aislamiento domiciliario, utilizando cualquier medio o mecanismo que posibilite realizar las labores fuera del centro de trabajo, siempre que la naturaleza de las labores lo permita. 3. En ese contexto, el CE-PJ emitió la R.A. 129- 2020 aprobando el Protocolo denominado “Medidas de reactivación de los órganos jurisdiccionales y administrativos del Poder Judicial, posterior al levantamiento del aislamiento social obligatorio”, el que ha sido modi fi cado mediante la R.A. 146-2020 respecto al plazo inicial de labores, y del horario de trabajo, estableciendo además que el trabajo remoto debe ceñirse a lo previsto en el D.L. N° 1505. 4. Igualmente, a fi n de garantizar la atención a los usuarios en el servicio judicial, el CE-PJ, mediante R.A. 133-2020, aprobó el “Proyecto de Mesa de Partes Electrónicas y Digitalización de Expedientes Físicos” (MPE), por la que se facilitará la presentación e ingreso de demandas y escritos de los usuarios en las áreas jurisdiccionales respectivas, brindando de ese modo funcionalidad al trabajo remoto que deben realizar los jueces y trabajadores jurisdiccionales. 5. Siguiendo a dichas disposiciones, esta Presidencia emitió la R.A. 375-2020 que aprueba los “Lineamientos para la Implementación y Consolidación del TRABAJO REMOTO en la CSJ-LIMA NORTE”, como herramienta de gestión importante que establece las condiciones bajo los cuales se debe desarrollar esta modalidad de trabajo en este Distrito Judicial, integrándose de ese modo a las disposiciones del CE-PJ en esta materia. 6. Además de aquello, como una herramienta complementaria y subsidiaria a las diseñadas por el CE-PJ, a través de la R.A. 379-2020, se aprobó el Protocolo para el uso de la Plataforma Virtual denominada “Sistema de Requerimientos Judiciales Digital (SIREJUD) en la CSJ-LIMA NORTE”, que cumple dos objetivos esenciales: 1) Garantizar la protección de la vida y la salud de las personas vinculadas a la presentación de documentos al Poder Judicial, evitando con ello su contagio con el COVID-19; y, 2) Facilitar la presentación de documentos y consultas de los procesos de manera virtual, básicamente para los procesos penales del NCPP. 7. Las herramientas tecnológicas mencionadas tienen por fi nalidad básica de coadyuvar a las medidas de prevención y protección de contagio con el COVID-19 a los jueces, funcionarios y servidores en general del Poder Judicial, por ello el CE-PJ emitió la R.A. 147-2020 aprobando el “Plan Actualizado para la Vigilancia, Prevención y Control del COVID-19 en el Poder Judicial”,