Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE MAYO DEL AÑO 2020 (23/05/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 60

60 NORMAS LEGALES Sábado 23 de mayo de 2020 / El Peruano protocolo, con excepción de las audiencias en procesos de garantía de la libertad, y otras urgentes. 8.6.3. Las audiencias se programarán de acuerdo al programa de descarga de cada órgano jurisdiccional, habilitándose, inclusive, los días sábados para tal propósito, conforme ya lo vienen haciendo diversos órganos jurisdiccionales de la CSJ-LIMA NORTE. 8.6.4. Vencido el plazo de 30 días calendarios establecidos en el presente protocolo, las audiencias se deberán realizar teniendo en cuenta lo siguiente: a) Los órganos jurisdiccionales realizarán las audiencias de forma virtual, haciendo uso de la tecnología habilitadas por la CSJ-LIMA NORTE y el CEPJ, propiamente el Google Hangouts Meet , aprobado por Resolución Administrativa N° 326-2020-P-CSJLIMANORTE-PJ (20/3/2020) y Resolución Administrativa N° 330-2020-P-CSJLIMANORTE-PJ (31/3/2020) y O fi cio Circular N° 063-2020-CE-PJ (25/3/2020), asegurando el estricto cumplimiento del derecho de defensa. Las audiencias bajo este sistema se desarrollan de manera particular en los órganos jurisdiccionales de los Módulos Penal, Civil, Familia, Violencia contra la Mujer y Laboral, los que se precisan en líneas posteriores. b) Por excepción, se podrán realizar audiencias en forma presencial, a ella solo ingresarán el personal autorizado, partes o apoderados acreditados y abogados, y los terceros o testigos convocados con citación judicial expresa. c) Los terceros citados a audiencia deberán esperar fuera del despacho hasta que corresponda su participación. d) Dependiendo de las dimensiones e infraestructura de la sala de audiencia o en su caso, del despacho del juez, y del área destinada al público, se señalará un aforo máximo indispensable, que en todo caso no debe ser superior del 50% del aforo establecido, respetando la distancia social entre las personas previstas para esta emergencia. e) En los despachos judiciales de los Módulos, sedes y sub sedes de la CSJ-LIMA NORTE que no cuenten con salas de audiencias su fi cientes, la administración del Módulo y/o sede deberá coordinar, vía agenda electrónica, para que puedan ser utilizadas todas las salas de audiencias instaladas en cada Módulo, sede o sub sede, bajo responsabilidad. f) Las diligencias externas que no se hayan programado o realizadas en su fecha, se programarán vencido el plazo señalado en este protocolo. Excepcionalmente se atenderán la entrega de certi fi cados de depósito en procesos de alimentos y laborales, o certi fi cación de fi rmas en medidas cautelares previa programación a través de medios electrónicos en su caso. g) En su caso y de acuerdo al plan de descarga de cada órgano jurisdiccional se habilitarán, conforme se tiene establecido en el presente protocolo, los días sábados para la realización de audiencias. h) En los procesos en los que rige la oralidad, para los autos y sentencias solo se referirá a un breve resumen de los fundamentos, con lectura literal de la parte decisoria, debiendo el juez indicar que el contenido integral de la resolución se noti fi cará en las casillas electrónicas señaladas por las partes en el proceso, o las que señalen en la audiencia en la que se lee la resolución. 8.6.5. Todas las resoluciones judiciales, sin excepción, cualquiera sea la especialidad o materia, serán noti fi cadas en las respectivas casillas electrónicas , sin perjuicio de la forma que expresamente señale la ley. 8.6.6. Es obligatorio el uso del Sistema de Notifi caciones Electrónicas – SINOE, así como la Agenda Judicial Electrónica, bajo responsabilidad. 8.6.7. En el caso de los procesos donde las partes no cuentan con casillas electrónica, la noti fi cación de la demanda y la fecha de audiencia, deberán realizarse necesariamente mediante el SERNOT de la CSJ-LIMA NORTE, vía cédula física , salvo que los usuarios interesados, bajo su responsabilidad, autoricen y faciliten el uso de medios alternativos, como correos electrónicos, teléfonos celulares o WhatsApp de los destinatarios, dejando las constancias correspondientes. 8.6.8. Para solicitar acceso al SINOE, en caso de no contar con la credencial, se debe utilizar el correo electrónico: serviciosjudicialesln@pj.gob.pe. 8.6.9. Los Depósitos Judiciales se realizarán virtualmente a través del WhatsApp Institucional de cada Módulo o Sede Judicial de la CSJ-LIMA NORTE, enviando mensaje de texto solicitando la atención de consultas e informes por medio del SIREJUD (WhatsApp web o WhatsApp móvil) para las consultas generales y programación de depósitos judiciales 970-808-161 y para Orientación jurídica el 970-808-046. 8.6.10. En el procedimiento de los Depósitos Judiciales , el personal de atención al usuario es el responsable de la revisión del WhatsApp, revisando el sistema SIJ y/o EJE para absolver la consulta, coordinando el endoso y entrega del certi fi cado judicial, previa programación de fecha y hora, enviando la comunicación por correo institucional a la Administración del Módulo o Sede, con copia al Secretario y Juez para realizar la ubicación y endoso del certi fi cado. 8.6.11. Es obligatorio el inmediato registro y/o descargo de los actos procesales de todas las actuaciones judiciales en el SIJ, bajo responsabilidad, siguiendo para ello las disposiciones de la R.A. N° 134-2020-CE-PJ (7/5/2020). Con dicho acto el juez y/o auxiliar acredita su producción jurisdiccional diaria, semanal o mensual. 8.6.12. El Administrador del Módulo o sede judicial recopilará el reporte diario de producción jurisdiccional, remitiendo el mismo a la Coordinación de Informática de la Unidad de Planeamiento y Desarrollo de la GAD, y ésta a la GAD y Presidencia de la CSJ-LIMA NORTE, con indicación precisa de los expedientes en los que se realizaron actos procesales y la descarga de ellos en el SIJ. 8.6.13. Las partes y sus abogados podrán efectuar las consultas sobre el proveído de escritos y estado de los procesos judiciales a través del SIJ, o de las líneas telefónicas de la OGU-CSJ-LIMANORTE, ahora denominado “Módulo de Atención al Usuario” en virtud a la R.A. n.º 084-2020-CE-PJ (24/2/2020), o mediante el SIREJUD de la CSJ-LIMA NORTE, ingresando para ello al link https://sirejud.pj.gob.pe, y registrar los datos confi gurados en el formulario de inscripción. 8.7. PROTOCOLO PARA LAS ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS 8.7.1. Recepción de documentos a) Para la atención de requerimientos de índole administrativa se adecuará una Mesa de Partes Virtual (MPV) en la Gerencia de Administración Distrital (GAD) de la CSJ-LIMA NORTE, para evitar el contacto físico. b) La recepción de documentos externos dirigidos a la Presidencia, OAL, GAD y Unidades a cargo de la GAD, se ha implementado el correo GMAIL (mesadepartes.adm.csjln@gmail.com). 8.7.2. Gestión de los requerimientos administrativos a) Los requerimientos serán derivados a la Coordinación de Logística y/o a la Coordinación de Personal, con los requisitos necesarios según materia, a través del Sistema de Gestión Documental (SGD) y/o correos electrónico institucional ( Group Wise ); dependencias que efectuarán el procesamiento respectivo. b) Efectuado el procesamiento respectivo, las dependencias remitirán a la Coordinación de Contabilidad, a través del a través del Sistema de Gestión Documental (SGD) y/o correos electrónico institucional ( Group Wise ), la información necesaria para el proceso del devengado. Dicha o fi cina solicitará a través del correo institucional la suscripción de la OAP respectiva, que acredita la autorización del devengado a cargo de la Unidad de Administración y Finanzas. c) La Coordinación Contabilidad, una vez culminado el procesamiento a través del SGD remitirá el expediente virtual, para el procesamiento de giros a cargo de la Coordinación de Tesorería. IX. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS9.1. La Coordinación de informática de la UPD prestará el soporte técnico a los Magistrados y personal judicial de la CSJ-LIMA NORTE, instalando y con fi gurando los