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5 NORMAS LEGALES Miércoles 27 de mayo de 2020 El Peruano / Que, conforme al Cuadro para Asignación de Personal Provisional–CAP Provisional del Ministerio de Cultura, aprobado por Resolución Ministerial N° 412-2019-MC, el cargo de Director/a de Programa Sectorial IV–Director/a General de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes es considerado de con fi anza; Que, mediante Resolución Ministerial N° 292-2018- MC, se designa al señor Félix Antonio Lossio Chávez en el cargo de Director General de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes; Que, el citado servidor ha formulado renuncia al cargo que venía desempeñando, por lo que corresponde aceptarla y designar a la persona que lo asumirá; De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; y, el Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por el señor Félix Antonio Lossio Chávez al cargo de Director General de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes del Ministerio de Cultura; dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar al señor Santiago Maurici Alfaro Rotondo en el cargo de Director de Programa Sectorial IV–Director General de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes del Ministerio de Cultura. Regístrese, comuníquese y publíquese.SONIA GUILLÉN ONEEGLIO Ministra de Cultura 1866831-1 Modifican las bases de diversos concursos nacionales RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 000154-2020-DGIA/MC San Borja, 25 de mayo de 2020VISTO, el Informe Nº 147-2020-DAFO/MC de la Dirección del Audiovisual, la Fonografía y los Nuevos Medios, de fecha 22 de mayo de 2020; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2020-SA del 11 de marzo de 2020, la autoridad sanitaria se Declara Emergencia Sanitaria a nivel nacional por el plazo de noventa (90) días calendario, hasta el 11 de junio de 2020, ello en virtud de que la Organización Mundial de la Salud con fecha 11 de marzo de 2020, cali fi có el brote del Coronavirus (COVID-19) como una pandemia al haberse extendido en más de cien países del mundo de manera simultánea; Que, mediante Decreto Supremo N° 044-2020- PCM del 15 de marzo de 2020, se declara Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación, a consecuencia del brote del COVID-19; Que, los títulos I y II de la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, de fi nen la naturaleza jurídica y las áreas programáticas del Ministerio de Cultura, así como sus competencias exclusivas, dentro de las cuales se establece la promoción de la creación cultural en todos los campos, el perfeccionamiento de los creadores y gestores culturales y el desarrollo de las industrias culturales; Que, el numeral 78.2 del artículo 78 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC, señala que es función de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes, elaborar y elevar al Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, el Plan Anual de Actividades y Concursos de Proyectos y Obras Cinematográ fi cas, Fonográ fi cas y Editoriales, así como las bases y sus respectivos formatos, para su aprobación, de conformidad con la normatividad legal vigente; Que, el literal f) del artículo 2 de la Ley N° 26370, Ley de la Cinematografía Peruana, señala como uno de sus objetivos fundamentales, instituir el Concurso de Proyectos Cinematográ fi cos, y organizar festivales, concursos y otros acontecimientos cinematográ fi cos semejantes; estableciendo además en su artículo 11, que el Ministerio de Cultura convoca a concurso y otorga cada año premios a los mejores proyectos y obras cinematográ fi cas peruanas de cortometraje y largometraje en el ámbito nacional, en sus diferentes categorías y etapas, que consisten en un apoyo económico no reembolsable; Que, mediante la Vigésima Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que Aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, se autoriza al Ministerio de Cultura, durante el Año Fiscal 2020, a otorgar estímulos económicos a personas naturales y jurídicas privadas que participan en las industrias culturales y las artes, de conformidad con las condiciones, procedimientos y demás normas complementarias, que serán aprobadas mediante decreto supremo refrendado por el titular del Ministerio de Cultura; Que, el artículo 7 del Reglamento de la Vigésima Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que Aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2020-MC, establece que la Dirección General de Industrias Culturales y Artes, a través de sus unidades orgánicas competentes, realiza las convocatorias públicas para el otorgamiento de los estímulos económicos, de conformidad con lo dispuesto en el plan anual correspondiente; Que, mediante Resolución Viceministerial N° 011-2020-VMPCIC-MC, de fecha 14 de enero de 2020, modi fi cado por Resolución Viceministerial N° 039-2020-VMPCIC/MC, se aprueba el “Plan Anual de Estímulos Económicos para la Actividad Cinematográ fi ca y Audiovisual para el año 2020”; Que, mediante Resolución Directoral N° 000102- 2020-DGIA/MC, de fecha 24 de febrero, se aprobaron las Bases de la segunda convocatoria del “Plan Anual de Estímulos Económicos para la Actividad Cinematográ fi ca y Audiovisual para el año 2020” que incluye a los siguientes concursos: “Concurso Nacional de Proyectos de Gestión Cultural para el Audiovisual – 2020”, “Concurso Nacional de Proyectos de Cortometraje – 2020” y “Concurso Nacional de Desarrollo de Proyectos de Largometraje – 2020”; Que, mediante Resolución Directoral Nº 153-2020- DGIA/MC, de fecha 5 de mayo de 2020, se modi fi caron los cronogramas de diversos concursos del “Plan Anual de Estímulos Económicos para la Actividad Cinematográ fi ca y Audiovisual para el año 2020”; Que, mediante Resolución Viceministerial N° 076-2020-VMPCIC-MC, de fecha 18 de mayo de 2020, se modi fi có el “Plan Anual de Estímulos Económicos para la Actividad Cinematográ fi ca y Audiovisual para el año 2020”; Que, en ese sentido, mediante Informe Nº 147-2020- DAFO/MC, la Dirección del Audiovisual, la Fonografía y los Nuevos Medios informa que debido a la modi fi cación del “Plan Anual de Estímulos Económicos para la Actividad Cinematográ fi ca y Audiovisual para el año 2020” es necesaria la modi fi cación del numeral denominado ‘De los estímulos económicos’ de las Bases de los siguientes concursos: “Concurso Nacional de Proyectos de Gestión Cultural para el Audiovisual – 2020”, “Concurso Nacional de Proyectos de Cortometraje – 2020” y “Concurso Nacional de Desarrollo de Proyectos de Largometraje – 2020”; Que, la modi fi cación propuesta por la Dirección del Audiovisual, la Fonografía y los Nuevos Medios permite que se cumpla con lo estipulado en la Resolución Viceministerial N° 076-2020-VMPCIC-MC, con respecto