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6 NORMAS LEGALES Miércoles 27 de mayo de 2020 / El Peruano a la ejecución del presupuesto destinado para premios dentro del año fi scal. SE RESUELVE:Artículo Primero.- MODIFICAR las bases del “Concurso Nacional de Proyectos de Gestión Cultural para el Audiovisual – 2020” el numeral referido a “De los estímulos Económicos”, acorde al siguiente detalle: Donde dice:VIII. DE LOS ESTÍMULOS ECONÓMICOSA nivel nacional se otorgarán estímulos económicos, por la suma total máxima de S/ 1 140 000,00 (un millón ciento cuarenta mil y 00/100 Soles) a las Personas Jurídicas que sean declaradas bene fi ciarias. De este monto, S/ 420 000,00 (cuatrocientos veinte mil y 00/100 Soles) corresponden a la categoría anual y S/ 720 000,00 (setecientos veinte mil y 00/100 Soles) a la categoría multianual. El monto de cada estímulo económico corresponderá a lo solicitado en la postulación y no podrá exceder los S/ 35 000,00 (treinta y cinco mil y 00/100 Soles) para cada Proyecto de la categoría anual y los S/ 120 000,00 (ciento veinte mil y 00/100 Soles) para cada Proyecto de la categoría multianual. Los montos solicitados podrán reducirse hasta en un 10% (diez por ciento) por decisión del Jurado. (...)Debe decir:VIII. DE LOS ESTÍMULOS ECONÓMICOSA nivel nacional se otorgarán estímulos económicos, por la suma total máxima de S/ 1 320 000,00 (un millón trescientos veinte mil y 00/100 Soles) a las Personas Jurídicas que sean declaradas bene fi ciarias. De este monto, S/ 600 000,00 (seiscientos mil y 00/100 Soles) corresponden a la categoría anual y S/ 720 000,00 (setecientos veinte mil y 00/100 Soles) a la categoría multianual. El monto de cada estímulo económico corresponderá a lo solicitado en la postulación y no podrá exceder los S/ 50 000,00 (cincuenta mil y 00/100 Soles) para cada Proyecto de la categoría anual y los S/ 120 000,00 (ciento veinte mil y 00/100 Soles) para cada Proyecto de la categoría multianual. Los montos solicitados podrán reducirse hasta en un 10% (diez por ciento) por decisión del Jurado. (...)Artículo Segundo.- MODIFICAR las bases del “Concurso Nacional de Proyectos de Cortometraje – 2020” el extremo referido a “De los estímulos Económicos”, acorde al siguiente detalle: Donde dice:IX . DE LOS ESTÍMULOS ECONÓMICOSA nivel nacional se otorgarán estímulos económicos, por la suma total máxima de S/ 360 000,00 (trescientos sesenta mil y 00/100 Soles) a las Personas Jurídicas que sean declaradas bene fi ciarias. Asimismo, de dicho monto se reservará S/ 90 000,00 (noventa mil y 00/100 Soles) para Proyectos de cortometraje que planteen un uso predominante de lenguas indígenas u originarias. (...) Debe decir: IX. DE LOS ESTÍMULOS ECONÓMICOS A nivel nacional se otorgarán estímulos económicos, por la suma total máxima de S/ 480 000,00 (cuatrocientos ochenta mil y 00/100 Soles) a las Personas Jurídicas que sean declaradas bene fi ciarias. Asimismo, de dicho monto se reservará S/ 90 000,00 (noventa mil y 00/100 Soles) para Proyectos de cortometraje que planteen un uso predominante de lenguas indígenas u originarias. (...)Artículo Tercero.- MODIFICAR las bases del “Concurso Nacional de Desarrollo de Proyectos de Largometraje – 2020” el extremo referido a “De los estímulos Económicos”, acorde al siguiente detalle: Donde dice:IX. DE LOS ESTÍMULOS ECONÓMICOS A nivel nacional se otorgarán quince (15) estímulos económicos para la categoría fi cción y documental, y tres (3) estímulos para la categoría animación, a las Personas Jurídicas que sean declaradas bene fi ciarias. El monto de cada estímulo asciende a S/ 30 000,00 (treinta mil y 00/100 Soles) para cada Proyecto en ambas categorías. (...)Debe decir:IX. DE LOS ESTÍMULOS ECONÓMICOSA nivel nacional se otorgarán diecisiete (17) estímulos económicos para la categoría fi cción y documental, y cuatro (4) estímulos para la categoría animación, a las Personas Jurídicas que sean declaradas bene fi ciarias. El monto de cada estímulo asciende a S/ 30 000,00 (treinta mil y 00/100 Soles) para cada Proyecto en ambas categorías. (...)Artículo Quinto.- En relación a los demás extremos de las Bases del “Concurso Nacional de Proyectos de Gestión Cultural para el Audiovisual – 2020”, “Concurso Nacional de Proyectos de Cortometraje – 2020” y “Concurso Nacional de Desarrollo de Proyectos de Largometraje – 2020”, aprobadas mediante Resolución Directoral N° 000102-2020-DGIA/MC se dispone que los mismos, se mantienen subsistentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.FELIX ANTONIO LOSSIO CHAVEZ Director GeneralDirección General de Industrias Culturales y Artes 1866825-1 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 132-2020-MC A solicitud del Ministerio de Cultura se publica Fe de Erratas de la Resolución Ministerial N° 132-2020-MC, publicada en la edición del día 22 de mayo de 2020, según el siguiente detalle: DICE: “Artículo 1.- Espacios y mecanismos de diálogo Ofi cialízase la constitución de espacios y mecanismos de diálogo e interacción con los gremios, protagonistas, expertos vinculados al sector de las artes, industrias culturales, (…).” DEBE DECIR: “Artículo 1.- Espacios y mecanismos de diálogo Ofi cialízase la constitución de espacios y mecanismos de diálogo e interacción con los gremios, agentes y partícipes culturales, expertos vinculados al sector de las artes, industrias culturales (…)”. 1866833-1