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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE MAYO DEL AÑO 2020 (27/05/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 13

13 NORMAS LEGALES Miércoles 27 de mayo de 2020 El Peruano / SE RESUELVE: Artículo 1.- Oficializar la aprobación del Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo, el que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo en el Portal Institucional del Ministerio del Interior (www.gob.pe/mininter), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.GASTÓN CÉSAR A. RODRÍGUEZ LIMO Ministro del Interior 1866842-1 SALUD Designan Jefa de Equipo del Centro Nacional de Epidemiología, Prevención y Control de Enfermedades RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 325-2020-MINSA Lima, 26 de mayo del 2020VISTO: el Expediente N° 20-040953-001, que contiene la Nota Informativa N° 267-2020-CDC/MINSA, emitida por el Director General del Centro Nacional de Epidemiología, Prevención y Control de Enfermedades del Ministerio de Salud; y, CONSIDERANDO:Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 1332- 2018/MINSA, de fecha 21 de diciembre de 2018, se aprobó el reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la Administración Central del Ministerio de Salud, en el cual el cargo de Jefe/a de Equipo (CAP – P Nº 2151) del Centro Nacional de Epidemiología, Prevención y Control de Enfermedades del Ministerio de Salud, se encuentra clasi fi cado como Directivo Superior de libre designación y se encuentra en condición de vacante; Que, atendiendo a lo señalado en el documento del Visto, se estima conveniente designar a la profesional que ejercerá el cargo en mención; Con el visado del Director General de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica y de la Viceministra de Salud Pública; y, De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la señora MARY FELISSA REYES VEGA, en el cargo de Jefa de Equipo (CAP–P N° 2151) del Centro Nacional de Epidemiología, Prevención y Control de Enfermedades del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese.VÍCTOR M. ZAMORA MESÍA Ministro de Salud 1866836-1TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Aprueban el documento denominado “Declaración Jurada” a que se refiere el numeral 8.3 del artículo 8 del D.S. N° 083-2020-PCM RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 099-2020-TR Lima, 26 de mayo de 2020VISTOS: La Nota Informativa N° 472-DGIESP/ MINSA del Despacho Viceministerial de Salud Pública del Ministerio de Salud; el Informe N° 0073-2020-MTPE/2/15.2 de la Dirección de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Dirección General de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo; la Hoja de Elevación N° 0159-2020-MTPE/2/16 de la Dirección General de Políticas para la Promoción de la Formalización Laboral e Inspección del Trabajo; el Informe N° 0139-2020-SUNAFIL/INII de la Intendencia Nacional de Inteligencia Inspectiva de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral–SUNAFIL; el Proveído N° 0320-2020-MTPE/2 del Viceministerio de Trabajo; y el Informe N° 1043-2020- MTPE/4/8 de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 5 de la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y modi fi catorias, señala que el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo es el organismo rector en materia de trabajo y promoción del empleo y ejerce competencia exclusiva y excluyente respecto a otros niveles de gobierno en el territorio nacional en materia de seguridad y salud en el trabajo; Que, el artículo 12 de la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, establece que el/la Viceministro/a de Trabajo es la autoridad inmediata al/a la Ministro/a de Trabajo y Promoción del Empleo en asuntos de trabajo, que incluye, entre otros temas, materias de derechos fundamentales en el ámbito laboral y de seguridad y salud en el trabajo; Que, de otra parte, el Artículo I del Título Preliminar de la Ley N° 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo y modi fi catorias, estipula que el empleador garantiza, en el centro de trabajo, el establecimiento de los medios y condiciones que protejan la vida, la salud y el bienestar de los/as trabajadores/as, y de aquellos/as que, no teniendo vínculo laboral, prestan servicios o se encuentran dentro del ámbito del centro de labores. Debe considerar factores sociales, laborales y biológicos, diferenciados en función del sexo, incorporando la dimensión de género en la evaluación y prevención de los riesgos en la salud laboral; Que, conforme al Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo y modi fi catorias, el empleador asume las implicancias económicas, legales y de cualquier otra índole a consecuencia de un accidente o enfermedad que sufra el/la trabajador/a en el desempeño de sus funciones o a consecuencia de él, conforme a las normas vigentes; Que, el artículo 21 de la Ley N° 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo y modi fi catorias, señala que las medidas de prevención y protección dentro del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo se aplican en el siguiente orden de prioridad: a) eliminación de los peligros y riesgos. Se debe combatir y controlar los riesgos en su origen, en el medio de transmisión y en el trabajador, privilegiando el control colectivo al individual; b) tratamiento, control o aislamiento de los peligros y riesgos, adoptando medidas técnicas o administrativas; c) minimizar los peligros y riesgos, adoptando sistemas de trabajo seguro que incluyan disposiciones administrativas