Norma Legal Oficial del día 05 de noviembre del año 2020 (05/11/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 174

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POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MOLINA

NORMAS LEGALES

Jueves 5 de noviembre de 2020 /

El Peruano

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA

VISTO; en Sesión Ordinaria de Concejo Virtual de la fecha, el Memorando Nº 1263-2020-MDLM-GM, de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 124-2020-GAJMDLM, de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 98-2020-MDLM-GDU, de la Gerencia de Desarrollo Urbano; sobre el Proyecto de Ordenanza que modifica la Ordenanza Nº 301, que establece la obligatoriedad de limpiar y cercar terrenos sin construir, terrenos con construcción paralizada o en estado de abandono en el distrito de La Molina, y modifica la Ordenanza Nº 305, que aprueba el Reglamento de Fiscalización y Control Administrativo de la Municipalidad de La Molina (RFCA) y el Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas (CISA), siendo de aplicación en la jurisdicción del distrito de La Molina; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Ley Nº 30305, establece que, las municipalidades distritales son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, determinando que, las municipalidades se encuentran facultadas para ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al orden jurídico; Que, el artículo VIII del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, establece

que, los gobiernos locales están sujetos a las leyes y disposiciones que de manera general y de conformidad con la Constitución Política del Perú regulan las actividades y funcionamiento del sector público, así como a las normas referidas a los sistemas administrativos del Estado que por su naturaleza son de observancia y cumplimiento obligatorio; Que, el artículo 79º numeral 3 subnumeral 3.6 de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, señala que, son funciones exclusivas específicas de las municipalidades distritales, entre otros, normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias y realizar la fiscalización de habilitaciones urbanas, construcción, remodelación o demolición de inmuebles y declaratoria de fábrica; Que, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, contiene normas comunes para las actuaciones de la función administrativa del Estado, la misma que es de aplicación a los Gobiernos Locales; Que, los actos administrativos, son declaraciones de las entidades destinadas a producir efectos jurídicos sobre los intereses, obligaciones o derechos de los administrados, los mismos que deben cumplir con los requisitos de validez establecidos en el artículo 3º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General ­ Ley Nº 27444; Que, mediante la Ordenanza Nº 301, establece la obligatoriedad de limpiar y cercar terrenos sin construir, terrenos con construcción paralizada o en estado de abandono en el distrito de La Molina; para lo cual, los propietarios de los predios que se encuentren dentro de las disposiciones de la presente Ordenanza, deberán solicitar Licencia de Edificación para ejecutar el cercado, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 29090 y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2013-VIVIENDA;

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