Norma Legal Oficial del día 13 de noviembre del año 2020 (13/11/2020)


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NORMAS LEGALES

Viernes 13 de noviembre de 2020 /

El Peruano

fines del Sistema Nacional Integrado de Catastro, la de proponer al Consejo Nacional de Catastro, estándares y especificaciones técnicas para la formulación, actualización y mantenimiento de la información catastral de predios o derechos sobre estos. Que, los Formatos e Instructivos de las Fichas Catastrales que, a la fecha se encuentran vigentes, fueron reguladas por la Directiva Nº 001-2007-SNCP/ CNC, y aprobadas con Resolución Nº 001-2007SNCP/CNC del 23 de abril 2007, teniendo, a la fecha, una vigencia de trece (13) años, razón por la cual resulta necesaria su revisión y modificación, ello con la finalidad de que los entes generadores de catastro levanten información necesaria que les permita contar con una base de datos catastral que contenga la información debidamente actualizada y funcional para los diversos usos que requieran. Que, asimismo, las modificaciones planteadas permitirán levantar información catastral de predios del territorio de manera más ágil y sencilla, con datos relevantes para la vinculación con el registro de predios, esto en el marco de la mejora continua de los procesos técnicos del levantamiento de la información catastral que realizan las Entidades Generadoras de Catastro. Que, mediante las Actas Nros 04 y 06 del 05 de junio y 22 de julio de 2020, respectivamente, el Equipo Técnico de la Secretaría Técnica del SNCP aprobó las modificaciones de los formatos de las Fichas Catastrales Urbana Individual y Rural; así como, sus respectivos instructivos. Asimismo, mediante Acta Nº 9 del 16 de setiembre del 2020, el Equipo Técnico acordó que, debido a aspectos de implementación de la nueva plataforma, la Ficha Catastral Rural entrará en vigencia a partir del 01 de enero de 2021; así también, acordó aprobar el proyecto de resolución para su presentación al Consejo Nacional de Catastro. Que, a través del Oficio de vistos, se elevan las propuestas de fichas, proyecto de resolución y las actas correspondientes para la aprobación por parte del Consejo Nacional de Catastro. Que, con el Acta de Sesión Nº 02-2020-CNC de fecha 23 de setiembre de 2020, el Consejo Nacional de Catastro acordó aprobar por unanimidad el proyecto de Resolución que modifica el Formato e Instructivo de la Ficha Catastral Urbana Individual y de la Ficha Catastral Rural; Que, siendo el Sistema Nacional Integrado de Información Catastral Predial ­ SNCP el ente rector de la gestión catastral a nivel nacional y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 1, 6 y 8 de la Ley Nº 28294, en el Consejo Nacional de Catastro, en su Sesión Nº 022020-CNC de fecha 23 de setiembre de 2020; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modificación de Formatos e Instructivos Disponer la modificación del Formato e Instructivo de la Ficha Catastral Urbana Individual y de la Ficha Catastral Rural, aprobados mediante Resolución Nº 001-2007-SNCP/CNC, que aprueba la Directiva Nº 001-2007-SNCP/CNC: "Formatos e Instructivos de las Fichas Catastrales", según los Anexos que forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Vigencia La Ficha Catastral Rural y su instructivo que se aprueban en la presente Resolución, se aplicarán a los Levantamientos Catastrales de Predios Rurales que se realicen a partir del 01 de enero del 2021. Artículo 3.- Procesos de Levantamientos Catastrales en trámite Precisar que aquellos levantamientos catastrales que se encuentren en curso a la entrada en vigencia de la presente Resolución, continuarán con el uso de las Fichas e Instructivos que se encontraban vigentes al inicio de su levantamiento. Artículo 4.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución en

el Diario Oficial El Peruano y en la página web del Sistema Nacional Integrado de Información Catastral Predial ­ SNCP. Regístrese, comuníquese y publíquese. HAROLD MANUEL TIRADO CHAPOÑAN Superintendente Nacional de los Registros Públicos - SUNARP Presidente del Consejo Nacional de Catastro del SNCP 1902674-1

PODER JUDICIAL

CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Oficializan el VII Encuentro Internacional de los Poderes Judiciales de Perú e Iberoamérica y IX Encuentro Nacional de los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia y Responsables del Programa Nacional de Acceso a la Justicia de Personas en Condición de Vulnerabilidad y Justicia en tu Comunidad
PRESIDENCIA DEL CONSEJO EJECUTIVO RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000124-2020-P-CE-PJ Lima, 2 de noviembre de 2020 VISTO: El Oficio Nº 000244-2020-P-CPAJPVyJC-CS-PJ, cursado por la Presidenta de la Comisión Permanente de Acceso a la Justicia de Personas en Condición de Vulnerabilidad y Justicia en tu Comunidad. CONSIDERANDO: Primero. Que la Presidenta de la Comisión Permanente de Acceso a la Justicia de Personas en Condición de Vulnerabilidad y Justicia en tu Comunidad, solicita aprobación del VII Encuentro Internacional de los Poderes Judiciales de Perú e Iberoamérica y IX Encuentro Nacional de los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia y Responsables del Programa Nacional de Acceso a la Justicia de Personas en Condición de Vulnerabilidad y Justicia en tu Comunidad, que se realizará los días 26 y 27 de noviembre del presente año; y que se oficialice en el Diario Oficial El Peruano. Segundo. Que el encuentro internacional tiene como objetivo fortalecer los compromisos de cooperación interinstitucional entre los Poderes Judiciales de Perú e Iberoamérica; así como fomentar una política de justicia inclusiva, presentar las problemáticas, propuestas de soluciones relacionadas al acceso a la justicia de las personas en condición de vulnerabilidad; y presentar las buenas prácticas judiciales, a fin de promover el efectivo acceso a la justicia en la región, como analizar la naturaleza jurídica y alcances de las 100 Reglas de Brasilia y demás instrumentos internacionales en los Poderes Judiciales de Iberoamérica. De otro lado, el Encuentro Nacional tiene como objetivo intercambiar experiencias de la gestión de las Comisiones Distritales de las treinta y cuatro Cortes Superiores de Justicia, en la ejecución del Plan Nacional de Acceso a la Justicia de Personas en Condición de Vulnerabilidad 2016-2021; así como, establecer compromisos e

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