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11 NORMAS LEGALES Viernes 20 de noviembre de 2020 El Peruano / de Calidad - INACAL, establece que las competencias del INACAL, entre ellas, la Normalización, se sujetan a lo establecido en el Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio de la Organización Mundial del Comercio (OMC), el cual contempla en su Anexo 3 el Código de Buena Conducta para la Elaboración, Adopción y Aplicación de Normas, siendo que el literal J del citado Anexo establece que las instituciones con actividades de normalización elaboran programas de trabajo, entre otros documentos; Que, el artículo 19 de la Ley N° 30224, en concordancia con el artículo 35 del Decreto Supremo N° 009-2019-PRODUCE, Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Calidad - INACAL, establece que la Dirección de Normalización es la autoridad nacional competente para administrar la política y gestión de la Normalización, encontrándose encargada de conducir el desarrollo de normas técnicas para productos, procesos o servicios, y goza de autonomía técnica y funcional; Que, el numeral 18.3 del artículo 18 de la Ley N° 30224, establece que las Normas Técnicas Peruanas promueven la calidad de los bienes y servicios que se ofertan en el mercado, por lo que deben ser revisadas cada cinco (5) años, en concordancia con el literal d) del artículo 36 del Decreto Supremo N° 009-2019-PRODUCE; Que, la Dirección de Normalización, en ejercicio de sus funciones de revisar y actualizar periódicamente las Normas Técnicas Peruanas, así como elaborar y actualizar periódicamente los programas de normalización considerando la demanda del sector público y privado, establecidas en los literales d) y l) del artículo 36 del Decreto Supremo N° 009-2019-PRODUCE, elaboró y aprobó el Programa de Actualización de Normas Técnicas Peruanas correspondientes al año 2020, a través del Informe N° 001-2020-INACAL/DN - Programa de Actualización, de fecha 24 de febrero de 2020, el mismo que se encuentra publicado en el portal institucional del INACAL; Que, en el marco del citado programa fue emitido el Informe N° 010-2020-INACAL/DN.PA el cual señala que, luego de realizada la consulta pública, revisión y evaluación respectiva, de 14 Normas Técnicas Peruanas correspondientes a las materias de: a) Industrias manufactureras, b) Textiles y confecciones, c) Uso racional de energía y e fi ciencia energética; corresponde aprobarlas en su versión 2020 y dejar sin efecto las correspondientes versiones anteriores; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad; el Decreto Supremo Nº 009-2019-PRODUCE, Reglamento de Organización y Funciones del INACAL; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar las siguientes Normas Técnicas Peruanas en su versión 2020: NTP 231.093:1978 (revisada el 2020) LANA. Método de ensayo para determinar la cantidad de álcali contenido en la lana. 1ª Edición Reemplaza a la NTP 231.093:1978 (Revisada el 2010) NTP 231.039:1978 (revisada el 2020) LANA. Método de ensayo para determinar la recuperación de humedad por secado en estufa. 1ª Edición Reemplaza a la NTP 231.039:1978 (Revisada el 2010) NTP 231.084:1977 (revisada el 2020) LANA. Método de ensayo para determinar el diámetro medio de las fi bras de lana sucia o grasienta mediante aparatos a fl ujo de aire. 1ª Edición Reemplaza a la NTP 231.084:1977 (Revisada el 2010)NTP 231.092:1978 (revisada el 2020) LANA. Método de ensayo para determinar la solubilidad de la lana en urea - bisul fi to. 1ª Edición Reemplaza a la NTP 231.092:1978 (Revisada el 2010) NTP 272.047:2010 (revisada el 2020) PAPELES Y CARTONES. Papel bond para impresión láser y fotocopiadoras. Requisitos. 3ª Edición Reemplaza a la NTP 272.047:2010 NTP-IEC 61347-2-8:2015 (revisada el 2020) Dispositivos de control de lámpara. Parte 2-8: Requisitos particulares para balastos para lámparas fl uorescentes. 2ª Edición Reemplaza a la NTP-IEC 61347- 2-8:2015 NTP-IEC 61347-2-9:2015 (revisada el 2020) Dispositivos de control de lámpara. Parte 2-9: Requisitos particulares para dispositivos de control electromagnéticos para lámparas de descarga (excepto lámparas fl uorescentes). 2ª Edición Reemplaza a la NTP- IEC 61347-2-9:2015 NTP-IEC 61347-2-12:2015 (revisada el 2020) Dispositivos de control de lámpara. Parte 2-12: Requisitos particulares para los balastos electrónicos alimentados con corriente alterna o continua para lámparas de descarga (excluyendo las lámparas fl uorescentes). 1ª Edición Reemplaza a la NTP-IEC 61347- 2-12:2015 NTP-IEC 60598-2-10:2015 (revisada el 2020) Luminarias. Parte 2-10: Requisitos particulares. Luminarias portátiles para niños. 1ª Edición Reemplaza a la NTP- IEC 60598-2-10:2015 NTP 370.101-2:2008 (revisada el 2020) ETIQUETADO DE EFICIENCIA ENERGÉTICA PARA LÁMPARAS FLUORESCENTES COMPACTAS, CIRCULARES, LINEALES Y SIMILARES DE USO DOMÉSTICO. 2ª Edición Reemplaza a la NTP 370.101- 2:2008 (revisada el 2015) NTP-IEC 61347-2-1: 2015 (revisada el 2020) Dispositivos de control de lámpara. Parte 2-1: Requisitos particulares para dispositivos arrancadores (excepto cebadores de e fl uvios). 2ª Edición Reemplaza a la NTP-IEC 61347- 2-1: 2015 NTP-IEC 61347-2-2:2015 (revisada el 2020) Dispositivos de control de lámpara. Parte 2-2: Requisitos particulares para los convertidores reductores electrónicos para lámparas de fi lamento alimentados con c.a. o c.c. 1ª Edición Reemplaza a la NTP-IEC 61347- 2-2:2015 NTP-IEC 61347-2-10:2015 (revisada el 2020) Dispositivos de control de lámpara. Parte 2-10: Requisitos particulares para los inversores