Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2020 (20/11/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 28

28 NORMAS LEGALES Viernes 20 de noviembre de 2020 / El Peruano Artículo Segundo: PONER en conocimiento de la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Norte, de la Policía Nacional del Perú, Divisiones Policiales de Lima NORTE (DIVPOL 1 y DIVPOL 3), del Director Distrital de Defensa Pública de Lima Norte, de la Gerencia General, Gerencia de Informática, Gerencia de Administración Distrital, Coordinación de Informática, y a los interesados para los fi nes pertinente. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.VICENTE AMADOR PINEDO COA Presidente 1904717-1 Autorizan el funcionamiento y uso del “Sistema Web de envió de solicitudes al Banco de la Nación para apertura de cuentas de ahorro por mandato judicial en la CSJ DE LIMA NORTE” en los Juzgados de Paz Letrado en materia de alimentos y Juzgados Especializados de Familia y Penales PRESIDENCIA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA NORTE RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 682-2020-P-CSJLIMANORTE-PJ Independencia, 18 de noviembre de 2020VISTO:El Informe n°03-2020-STCPI-P-CSJLIMANORTE del 30.9.2020, e Informe 010-2020-STCPI-P-CSLIMANORTE-PJ del 11.11.2020 emitidos por el Ingeniero Abraham Ezequiel Torres Llanos, Secretario Técnico del Comité de Proyectos de Innovación de la CSJ de LIMA NORTE; y, CONSIDERANDO: 1. Por Decreto Supremo n°008-2020-SA se declaró el Estado de Emergencia Sanitaria a nivel nacional, por el plazo de 90 días calendario, dictándose medidas para la prevención y control a fi n de evitar la propagación del COVID-19; siendo prorrogado a través de los Decretos Supremos n°20-2020-SA y 027-2020-SA: escenario en el que el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (CE-PJ) ha dictado disposiciones para la implementación y uso de herramientas tecnológicas que ayuden al trabajo jurisdiccional. 2. En ese contexto, el Ingeniero Abraham Torres Llanos, Secretario Técnico del Comité de Proyectos de Innovación de la CSJ de LIMA NORTE, eleva el proyecto denominado “SISTEMA WEB DE ENVIÓ DE SOLICITUDES AL BANCO DE NACIÓN PARA LA APERTURA DE CUENTAS DE AHORRO POR MANDATO JUDICIAL”, principalmente, para su funcionamiento y uso en los Juzgados de Paz Letrado en materia de alimentos y Juzgados Especializados de Familia y Penales, los que dictan mandatos de pago de alimentos o reparación civiles a cargo de los obligados respectivos. 3. Dicho proyecto se respalda en la Carta n.° 0006- 2020-BN/2202 (30/10/2020) cursada por la Gerencia de Logística del Banco de la Nación comunicando que dicha entidad ha puesto a disposición un canal virtual o fi cial alternativo para la recepción de requerimientos (o fi cios) de manera remota, en este caso del Poder Judicial (CSJ-LIMANORTE), mientras dure el estado de emergencia, y que se realizará a través del correo electrónico sec_tramite@bn.com.pe 4. En tal virtud, en el documento que contiene el proyecto se indica que los bene fi cios esperados a alcanzar con el uso de esta tecnología, entre otros, serán los siguientes : a) evitar el contagio del COVID-19, b) remisión automática del o fi cio de solicitud de aperturas de cuenta de ahorro, c) fi rma del o fi cio automatizada (ológrafa), d) Envió y respuesta virtual de documentos, e) optimización del proceso, reduciendo los tiempos de atención, f) seguimiento en línea de las solicitudes por los órganos jurisdiccionales. 5. Con lo indicado, es evidente que el citado mecanismo electrónico ayudará a materializar la tutela jurisdiccional efectiva en las áreas jurisdiccionales mencionadas, mejorando así la atención no solo a los beneficiarios alimentista o agraviado en el proceso penal con derecho a percibir la reparación civil, sino que también a los obligados respectivos, dado que una vez comunicada la disposición pertinente al Banco de la Nación, esta procederá a abrir la respectiva cuenta de ahorros, lo que deberá ser puesto a conocimiento de las partes para realizar las operaciones de pago y retiro respectivos. 6. En tal sentido, rea fi rmando que la herramienta virtual aludida será de mucha utilidad para los propósitos del servicio jurisdiccional e fi ciente y e fi caz, con las facultades establecidas en el artículo 90°, inciso 3), 4) y 9) del TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial, debemos autorizar el funcionamiento y uso del sistema electrónico en la CSJ de LIMA NORTE. SE RESUELVE:Artículo Primero: AUTORIZAR el funcionamiento y uso del “SISTEMA WEB DE ENVIÓ DE SOLICITUDES AL BANCO DE LA NACIÓN PARA APERTURA DE CUENTAS DE AHORRO POR MANDATO JUDICIAL EN LA CSJ DE LIMA NORTE” en los Juzgados de Paz Letrado en materia de alimentos y Juzgados Especializados de Familia y Penales de la CSJ-LIMA NORTE, para la ejecución de los mandatos de pago respectivos. Artículo Segundo: DISPONER que la Gerencia de Administración Distrital de la CSJ de Lima Norte, a través de la Unidad de Servicios Judiciales, Unidad de Planeamiento y Desarrollo y la Coordinación de Informática adopten las medidas pertinentes para el debido funcionamiento del referido sistema. Artículo Tercero: PONER a conocimiento la presente resolución al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Presidencia de la Comisión Nacional de Atención al Usuario, Comisión de Celeridad en los Procesos de Familia-PpR Familia, Gerencia General del Poder Judicial, a la O fi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura, Gerencia de Administración Distrital, Jefe de la Unidad de Servicios Judiciales, Jefe de la Unidad de Planeamiento, Coordinación de Informática, Administradores del Módulo Penal, Administradores de MBJ y sedes, Jueces de especialidad penal y Jueces de Paz Letrado de la CSJ de Lima Norte, para los fi nes correspondientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. VICENTE AMADOR PINEDO COA Presidente 1904717-2 ORGANISMOS AUTONOMOS INSTITUCIONES EDUCATIVAS Expiden duplicados de diplomas de títulos profesionales y grado de bachiller otorgados por la Universidad Nacional Agraria La Molina (Se publica las siguientes Resoluciones a solicitud de la Universidad Nacional Agraria La Molina, mediante el documento C.2020-0635-SG-UNALM, recibido el 18 de noviembre de 2020)