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4 NORMAS LEGALES Miércoles 25 de noviembre de 2020 / El Peruano PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Designan Asesora Técnica del Gabinete Técnico de la Presidencia de la República RESOLUCIÓN SUPREMA N° 220-2020-PCM Lima, 24 de noviembre de 2020VISTO: el Memorando N° 000578-2020-DP/SSG, de la Subsecretaría General; el Informe N° 000658-2020-DP/SSG-ORH de la O fi cina de Recursos Humanos y, el Informe Legal N° 000162-2020-DP/OGAJ, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, sobre propuesta de designación de Asesor Técnico del Gabinete Técnico de la Presidencia de la República; CONSIDERANDO:Que, el artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones del Despacho Presidencial, aprobado por Decreto Supremo N° 077-2016-PCM y modi fi cado por Decreto Supremo N° 037-2017-PCM, establece que la Presidencia de la República cuenta con un Gabinete Técnico conformado por asesores especializados en las diferentes materias, que son designados mediante Resolución Suprema; Que, por las consideraciones antes expuestas y atendiendo que la propuesta formulada por la Secretaría General cuenta con las conformidades de la Subsecretaría General, la Oficina de Recursos Humanos, y la Oficina General de Asesoría Jurídica del Despacho Presidencial, conforme al ámbito de sus competencias; se estima procedente aprobar la propuesta en mención; De conformidad con el artículo 1 de la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos, el artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones del Despacho Presidencial, aprobado por Decreto Supremo N° 077-2016-PCM, y modi fi cado por Decreto Supremo N° 037-2017-PCM; la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29849, el Decreto Legislativo N° 1057 e Informe Legal N° 000162-2020-DP/OGAJ, y su Reglamento; y; la Resolución de Secretaría General N° 102-2017-DP/SG, que aprueba la modi fi cación del Clasi fi cador de Cargos del Despacho Presidencial; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1.- DESIGNACIÓNDesignar a la señora MELISSA DORA NAVARRO ÁNGELES, en el cargo de Asesor Técnico del Gabinete Técnico de la Presidencia de la República, Artículo 2.- REFRENDO La presente Resolución Suprema es refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros. Regístrese, Comuníquese y Publíquese.FRANCISCO RAFAEL SAGASTI HOCHHAUSLER Presidente de la República VIOLETA BERMÚDEZ VALDIVIA Presidenta del Consejo de Ministros 1906187-1CUL TURA Otorgan la distinción de “Personalidad Meritoria de la Cultura” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 000293-2020-DM/MC San Borja, 23 de noviembre del 2020VISTOS; el Proveído N° 006416-2020-VMPCIC/MC del Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales; el Informe N° 000405-2020-DGPC/MC de la Dirección General de Patrimonio Cultural; el Informe N° 000443-2020-DGIA/MC de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes; el Informe N° 000605-2020-OGAJ/MC de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, por la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modificatoria, se crea el Ministerio de Cultura, como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público, estableciéndose las áreas programáticas de acción sobre las cuales ejerce sus competencias y atribuciones para el logro de los objetivos y metas del Estado; Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 3.17 del artículo 3 del Reglamento de Organización y Funciones – ROF del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC, el Ministerio de Cultura tiene entre sus funciones el otorgar reconocimientos al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país; Que, el artículo 51 del ROF, dispone que la Dirección General de Patrimonio Cultural es el órgano de línea encargado de diseñar, proponer y conducir la ejecución de políticas, planes, estrategias, programas y proyectos para una adecuada gestión, registro, inventario, investigación, conservación, presentación, puesta en uso social, promoción y difusión del patrimonio cultural, con excepción del patrimonio mueble y patrimonio arqueológico inmueble, para promover el fortalecimiento de la identidad cultural del país; Que, asimismo, conforme al numeral 55.1 del artículo 55 del ROF, la Dirección de Patrimonio Inmaterial tiene como función diseñar, proponer, conducir e implementar políticas, planes y estrategias para el registro, documentación, inventario, investigación, gestión, protección, promoción, revalorización y difusión del patrimonio cultural inmaterial del país; Que, el artículo 77 del ROF, dispone que la Dirección General de Industrias Culturales y Artes es el órgano de línea que tiene a su cargo formular, coordinar, ejecutar y supervisar las políticas, estrategias y acciones orientadas a estimular la creación artística y fomentar la actividad artística en los más diversos campos, así como promover la productividad y competitividad de las industrias que están directamente vinculadas con la creación artística, la producción audiovisual, editorial, fonográ fi ca y de los nuevos medios, así como la distribución de bienes y servicios culturales y que están usualmente protegidas por el derecho de autor; Que, asimismo, conforme al numeral 78.14 del artículo 78 del ROF, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes tiene como función emitir opinión técnica y recomendación para el otorgamiento de reconocimientos al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país; Que, el artículo 82 del ROF, establece que la Dirección de Artes es la unidad orgánica de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes, encargada de diseñar, promover e implementar políticas estrategias y acciones orientadas a estimular la actividad creativa en los más diversos campos de las artes escénicas,