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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2020 (26/11/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 12

12 NORMAS LEGALES Jueves 26 de noviembre de 2020 / El Peruano CUL TURA Designan Director de Órgano Desconcentrado de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Moquegua RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 000299-2020-DM/MC San Borja, 25 de noviembre de 2020 VISTOS; el Memorando N° 002161-2020-OGRH/MC de la O fi cina General de Recursos Humanos; el Informe N° 000643-2020-OGAJ/MC de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, por la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modi fi catoria, se crea el Ministerio de Cultura, como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público, estableciéndose las áreas programáticas de acción sobre las cuales ejerce sus competencias y atribuciones para el logro de los objetivos y metas del Estado; Que, conforme al Cuadro para Asignación de Personal Provisional – CAP Provisional del Ministerio de Cultura, aprobado por la Resolución Ministerial N° 412-2019-MC, reordenado por la Resolución Ministerial N° 000184-2020-DM/MC, el cargo de Director/a de Órgano Desconcentrado de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Moquegua es considerado de confianza; Que, encontrándose vacante el cargo de Director/a de Órgano Desconcentrado de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Moquegua, resulta necesario designar a la persona que ejercerá el mencionado cargo; Con las visaciones de la Oficina General de Recursos Humanos y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modi fi catoria; y, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2013-MC; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar al señor OMAR IVAN BENITES DELGADO en el cargo de Director de Órgano Desconcentrado de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Moquegua del Ministerio de Cultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALEJANDRO ARTURO NEYRA SÁNCHEZ Ministro de Cultura 1906591-1 Declaran Patrimonio Cultural de la Nación a bienes prehispánicos que se encuentran en el museo Santuarios Andinos de Arequipa, administrado por la Universidad Católica Santa María RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 000184-2020-VMPCIC/MC San Borja, 23 de noviembre del 2020VISTOS; el Informe N° 000271-2020-DGM/MC de la Dirección General de Museos; la Hoja de Elevación N° 000594-2020-OGAJ/MC de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 21 de la Constitución Política del Perú prescribe que los yacimientos y restos arqueológicos, construcciones, monumentos, lugares, documentos bibliográ fi cos y de archivo, objetos artísticos y testimonios de valor histórico, expresamente declarados bienes culturales, y provisionalmente los que se presumen como tales, son Patrimonio Cultural de la Nación, independientemente de su condición de propiedad privada o pública; los mismos que se encuentran protegidos por el Estado; Que, conforme a lo establecido en el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y modi fi catorias, se defi ne como bien integrante del Patrimonio Cultural de la Nación a toda manifestación del quehacer humano -material o inmaterial- que por su importancia, valor y signi fi cado paleontológico, arqueológico, arquitectónico, histórico, artístico, militar, social, antropológico, tradicional, religioso, etnológico, cientí fi co, tecnológico o intelectual, sea expresamente declarado como tal o sobre el que exista la presunción legal de serlo´. Dichos bienes tienen la condición de propiedad pública o privada con las limitaciones que establece la citada ley; Que, conforme al artículo IV del Título Preliminar de la Ley N° 28296 y modi fi catorias, es de interés social y de necesidad pública la identi fi cación, generación de catastro, delimitación, actualización catastral, registro, inventario, declaración, protección, restauración, investigación, conservación, puesta en valor y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación y su restitución en los casos pertinentes; Que, el numeral 1.2 del artículo 1 de la precitada Ley, establece que integran el Patrimonio Cultural de la Nación los bienes materiales muebles, entre los que se encuentran el producto de las excavaciones y descubrimientos arqueológicos, sea cual fuere su origen y procedencia; Que, de conformidad con lo establecido en el literal b) del artículo 7 de la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y modi fi catoria, es competencia exclusiva del Ministerio de Cultura respecto de otros niveles de gobierno, realizar acciones de declaración, generación de catastro, delimitación, actualización catastral, investigación, protección, conservación, puesta en valor, promoción y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el literal a) del artículo 14 de la citada norma, concordado con el numeral 9.1 del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones – ROF del Ministerio de Cultura, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 005-2013-MC, señala que corresponde al Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, la declaración, administración, promoción, difusión y protección del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 65 del ROF, la Dirección General de Museos es el órgano de línea que tiene a su cargo la formulación de políticas y normas en materia de museos; así como la gestión de museos y la protección, conservación, difusión de los bienes muebles integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, además, la Dirección de Gestión, Registro y Catalogación de Bienes Culturales Muebles de la Dirección General de Museos tiene entre sus funciones, evaluar y emitir opinión técnica sobre las solicitudes de registro de bienes culturales muebles, conforme a lo establecido en el numeral 70.1 del artículo 70 del ROF; Que, mediante el Informe Nº 000271-2020-DGM/MC, la Dirección General de Museos remite los Informes N° 000182-2020-DRBM/MC y N° 000059-2020-DRBM-MGL/MC de la Dirección de Gestión, Registro y Catalogación de Bienes Culturales Muebles emitiendo opinión favorable para la declaratoria como bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación de los ochenta y un bienes prehispánicos de propiedad del Ministerio de Cultura, que proceden de las investigaciones arqueológicas realizadas por el Proyecto Santuarios de Altura del Sur Andino y se encuentran en el Museo Santuarios Andinos de Arequipa, administrado por la Universidad Católica Santa María; Que, los ochenta y un bienes prehispánicos, entre los cuales se incluyen 4 momias -y entre ellas se encuentra la denominada “Dama de Ampato o Juanita”- con sus