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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2020 (26/11/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 17

17 NORMAS LEGALES Jueves 26 de noviembre de 2020 El Peruano / los Gobiernos Regionales de lo dispuesto en el artículo 6 del Decreto de Urgencia N° 014-2019; Que, mediante el O fi cio N° 185-2020-MINEDU/DM, el Ministerio de Educación solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, hasta por la suma de S/ 1 556 431,00 (UN MILLÓN QUINIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y UNO Y 00/100 SOLES), a favor de veintidós (22) Gobiernos Regionales, para fi nanciar el pago de la asignación por desempeño de puesto de director general y la asignación por desempeño de puestos de gestión pedagógica de los docentes de la Carrera Pública Docente, de los Institutos y Escuelas de Educación Superior Pedagógicos Públicos, en el marco de la Ley N° 30512, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y de la Carrera Pública de sus Docentes; adjuntando, para ello, el Informe N° 01526-2020-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, de la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica del citado Ministerio, con los respectivos sustentos; así como el O fi cio N° 1756-2020-MINEDU/SG de la Secretaría General del Ministerio de Educación, que remite información complementaria; Que, mediante Memorando N° 1309-2020-EF/53.04, que adjunta el Informe N° 1254-2020-EF/53.04, la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas señala que el costo estimado de la Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, a favor de veintidós (22) Gobiernos Regionales para fi nanciar el pago de la asignación por desempeño de puesto de director general y la asignación por desempeño de puestos de gestión pedagógica de los docentes de la Carrera Pública Docente, de los Institutos y Escuelas de Educación Superior Pedagógicos Públicos, en el marco de la Ley N° 30512, asciende a la suma de S/ 1 556 431,00 (UN MILLÓN QUINIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y UNO Y 00/100 SOLES), para un total de 365 bene fi ciarios, de acuerdo a lo solicitado por el Ministerio de Educación; Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, hasta por la suma de S/ 1 556 431,00 (UN MILLÓN QUINIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y UNO Y 00/100 SOLES), por la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, del Ministerio de Educación a favor de veintidós (22) los Gobiernos Regionales, para los fi nes señalados en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en el artículo 34 del Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; DECRETA:Artículo 1. Objeto1.1. Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, hasta por la suma de S/ 1 556 431,00 (UN MILLÓN QUINIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y UNO Y 00/100 SOLES), a favor de veintidós (22) Gobiernos Regionales, para fi nanciar el pago de la asignación por desempeño de puesto de director general y la asignación por desempeño de puestos de gestión pedagógica de los docentes de la Carrera Pública Docente, de los Institutos y Escuelas de Educación Superior Pedagógicos Públicos, en el marco de la Ley N° 30512, Ley de Institutos y Escuela de Educación Superior y de la Carrera Pública de sus Docentes, conforme a lo establecido en el literal j) del numeral 34.1 del artículo 34 del Decreto de Urgencia N° 014-2019, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 010 : Ministerio de EducaciónUNIDAD EJECUTORA 026 : Programa Educación Básica para TodosCATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9001 : Acciones Centrales ACTIVIDAD 5000003 : Gestión AdministrativaFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 1 556 431,00 ============ TOTAL EGRESOS 1 556 431,00 ============ A LA: En SolesSECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGO : Gobiernos RegionalesPROGRAMA PRESUPUESTAL 0107 : Mejora de la formación en carreras docentes en institutos de educación superior no universitariaPRODUCTO 3000546 : Instituciones de educación superior pedagógica con condiciones básicas para el funcionamientoACTIVIDAD 5005906 : Contratación oportuna y pago de personal docenteFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 1 556 431,00 ============ TOTAL EGRESOS 1 556 431,00 ============ 1.2. Los pliegos habilitados en el numeral 1.1 del presente artículo y los montos de la transferencia por pliego se detallan en el Anexo: “Transferencia para fi nanciar el pago de la asignación por desempeño de puesto de director general y la asignación por desempeño de puestos de gestión pedagógica de los docentes de la Carrera Pública Docente, de los Institutos y Escuelas de Educación Superior Pedagógicos públicos, en el marco de la Ley Nº 30512, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y de la Carrera Pública de sus Docentes”, que forma parte del presente Decreto Supremo, el cual se publica en los portales institucionales del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu) y del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 2. Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1. El Titular del pliego habilitador y de los pliegos habilitados en la Transferencia de Partidas autorizada en el artículo 1, aprueban, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del artículo 1, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 2.2. La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público, las codi fi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3. La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3. Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo, no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos.