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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2020 (27/11/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 21

21 NORMAS LEGALES Viernes 27 de noviembre de 2020 El Peruano / de Transportes y Comunicaciones, y el Decreto Supremo N° 015-2020-VIVIENDA, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobación de la Ejecución de la Expropiación del área del Bien Inmueble y del Valor de la Tasación Aprobar la ejecución de la expropiación del área del inmueble afectado por la ejecución de la Obra: “Mejoramiento de la Carretera Mala – Calango – La Capilla” y el valor de la Tasación del mismo, ascendente a S/ 13 654,66 (TRECE MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO CON 66/100 SOLES), conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Consignación del Valor de la Tasación Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, consigne en el Banco de la Nación, el monto del valor de la Tasación a favor del Sujeto Pasivo de la expropiación, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución. Artículo 3.- Información Necesaria para Inscribir el área del Bien Inmueble a Favor del Bene fi ciario y Orden de Levantar toda Carga o Gravamen que contenga la Partida Registral 3.1 Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución y noti fi cada la consignación al Sujeto Pasivo, remita al Registro de Predios de la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, la información señalada en el artículo 30 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado mediante Decreto Supremo N° 015-2020-VIVIENDA, a efectos de inscribir el área del bien inmueble expropiado a favor del bene fi ciario. 3.2 Disponer que el Registrador, bajo responsabilidad, proceda al levantamiento de toda carga o gravamen que contenga la Partida Registral. Los acreedores pueden cobrar sus acreencias con el valor de la Tasación pagado directamente o vía consignación al Sujeto Pasivo. Artículo 4.- Inscripción Registral del área del bien inmueble a Favor del Bene fi ciario Disponer que la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP inscriba a favor del bene fi ciario el área expropiada del inmueble afectado, bajo responsabilidad y sanción de destitución. Artículo 5.- Noti fi cación al Sujeto Pasivo Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, noti fi que la presente Resolución al Sujeto Pasivo de la expropiación, conforme a lo dispuesto en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropia-ción de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado mediante Decreto Supremo N° 015-2020-VIVIENDA, requiriéndole la desocupación y entrega del área expropiada del bien inmueble afectado dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de noti fi cada la presente Resolución, de encontrarse el área del inmueble desocupada, o treinta (30) días hábiles de estar ocupadas o en uso, bajo apercibimiento de iniciar los procedimientos de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión de las áreas de los bienes inmuebles materia de expropiación. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDUARDO GONZÁLEZ CHÁVEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones ANEXO VALOR DE LA TASACIÓN DEL ÁREA DEL INMUEBLE AFECTADO POR LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: “MEJORAMIENTO DE LA CARRETERA MALA - CALANGO - LA CAPILLA” No.SUJETO ACTIVO / BENEFICIARIOSUJETO PASIVOIDENTIFICACIÓN DEL BIEN INMUEBLEVALOR DE LA TASACIÓN (S/) CÓDIGO: MAL-TA-497 AREA AFECTADA: 162.00 m2 AFECTACIÓN: Parcial del Inmueble 1MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNI- CACIONES - PROVIAS NACIONALJACINTA BARAHONA VDA. DE HUAPAYALINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL ÁREA AFECTADA: Norte: Colinda con la carretera Mala-Calango-La Capilla, en línea quebrada de tramos: 1-2 de 35.97 m; 2-3de 47.77 mSur: Colinda con el area remanente del mismo predio, en línea quebrada de tramos: 3-4 de 22.34 m; 4-5 de 17.22m; 5-6 de 17.30m; 6-7 de 17.30 m; 7-8 de9.90 mEste: Colinda con el punto de intersección vertice, 3 Oeste: Colinda con el predio de UC 15050, en línea recta: 8-1 de 3.14 mCOORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL INMUEBLE 13 654,66VERTICES LADODISTANCIA (m)WGS84 ESTE (X) NORTE (Y) 1 1-2 35.97 334899.0970 8614826.1531 2 2-3 47.77 334934.5176 8614832.4333 3 3-4 22.34 334981.0003 8614843.4399 4 4-5 17.22 334959.5984 8614837.0378 5 5-6 17.30 334943.0234 8614832.3844 6 6-7 17.30 334926.2178 8614828.2758 7 7-8 9.90 334909.2825 8614824.7395 8 8-1 3.14 334899.5250 8614823.0451 PARTIDA REGISTRAL: N° 21109843 perteneciente a O fi cina Registral de Cañete, Zona Registral N° IX, Sede Lima. CERTIFICADO REGISTRAL INMOBILIARIO: Emitido con fecha 11.04.2018, por la O fi cina Registral de Cañete, Zona Registral N° IX, Sede Lima. CERTIFICADO DE BÚSQUEDA CATASTRAL : Emitido con fecha 12.10.2017 (Informe Técnico N° 22586- 2017-SUNARP-Z.R.N° IX/OC, de fecha 11.10.2017) por la Ofi cina Registral de Cañete de la Zona Registral N° IX, Sede Lima. 1906926-1