Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE OCTUBRE DEL AÑO 2020 (16/10/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 11

11 NORMAS LEGALES Viernes 16 de octubre de 2020 El Peruano / 2020 y el decreto supremo se publica hasta el 10 de diciembre de 2020; Que, mediante el O fi cio N° 2665-2020-SG/MINSA, el Ministerio de Salud solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, a favor del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas y de veinticinco (25) Gobiernos Regionales, para garantizar el fi nanciamiento de la continuidad así como de nuevos bene fi ciarios de la valorización priorizada y/o valorización ajustada que recibe el personal de la salud, en el marco de lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1153; adjuntando, para dicho efecto, el Informe N° 538-2020-OP-OGPPM/MINSA de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y el Informe Nº 103-2020-DIPLAN-DIGEP/MINSA de la Dirección General de Personal de la Salud del citado Ministerio, con los respectivos sustentos; Que, a través del Memorando N° 1115- 2020-EF/53.04, que adjunta el Informe N° 1058-2020-EF/53.04, la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas señala que el costo de la Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, para garantizar el fi nanciamiento de la continuidad, así como de nuevos bene fi ciarios de la valorización priorizada y/o valorización ajustada que percibe el personal de la salud, correspondiente al Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas y a los veinticinco (25) Gobiernos Regionales, asciende a S/ 25 563 573,00 (VEINTICINCO MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y TRES MIL QUINIENTOS SETENTA Y TRES Y 00/100 SOLES), para el año 2020, para un total de 2 104 bene fi ciarios; Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, hasta por la suma de S/ 25 563 573,00 (VEINTICINCO MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y TRES MIL QUINIENTOS SETENTA Y TRES Y 00/100 SOLES), del Ministerio de Salud, a favor del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas y de veinticinco (25) Gobiernos Regionales, para fi nanciar lo señalado en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en el artículo 27 del Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; DECRETA:Artículo 1. Objeto1.1. Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, hasta por la suma de S/ 25 563 573,00 (VEINTICINCO MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y TRES MIL QUINIENTOS SETENTA Y TRES Y 00/100 SOLES), a favor del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas y de veinticinco (25) Gobiernos Regionales, para garantizar el fi nanciamiento de la continuidad, así como de nuevos bene fi ciarios de la valorización priorizada y/o valorización ajustada que recibe el personal de la salud en el marco del Decreto Legislativo N° 1153, Decreto Legislativo que regula la política integral de compensaciones y entregas económicas del personal de la salud al servicio del Estado, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 011 : Ministerio de SaludUNIDAD EJECUTORA 001 : Administración Central – MINSACATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9001 : Acciones CentralesACTIVIDAD 5000005 : Gestión de Recursos Humanos FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 25 563 573,00 ============ TOTAL EGRESOS 25 563 573,00 =========== A LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 136 : Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas – INENUNIDAD EJECUTORA 001 : Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9001 : Acciones CentralesACTIVIDAD 5000005 : Gestión de Recursos HumanosFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 32 400,00SECCIÓN SEGUNDA : Instancias DescentralizadasPLIEGOS : Gobiernos RegionalesCATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9001 : Acciones CentralesACTIVIDAD 5000005 : Gestión de Recursos HumanosFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 25 531 173,00 =========== TOTAL EGRESOS 25 563 573,00 =========== 1.2. Los pliegos habilitados en el numeral 1.1 y los montos de la Transferencia de Partidas por pliegos y unidades ejecutoras, se consignan en el Anexo “Valorizaciones Priorizadas y Ajustadas del Personal de la Salud” que forma parte del presente Decreto Supremo, el cual se publica en los portales institucionales del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef) y del Ministerio de Salud (www.gob.pe/minsa), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 2. Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1. El Titular del pliego habilitador y de los pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas, aprueban, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del artículo 1 de la presente norma, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (5) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 2.2. La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codi fi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3. La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, instruye a las Unidades Ejecutoras a elaborar las correspondientes “Notas para Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo. Artículo 3. Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el numeral 1.1 del artículo 1 de la presente norma no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4. Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas y por la Ministra de Salud. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los quince días del mes de octubre del año dos mil veinte. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República MARÍA ANTONIETA ALVA LUPERDI Ministra de Economía y Finanzas PILAR E. MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 1894086-3