Norma Legal Oficial del día 09 de septiembre del año 2020 (09/09/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano / Miércoles 9 de setiembre de 2020

NORMAS LEGALES

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Artículo 5. Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por la Ministra de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los nueve días del mes de setiembre del año dos mil veinte. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República WALTER MARTOS RUIZ Presidente del Consejo de Ministros MARÍA ANTONIETA ALVA LUPERDI Ministra de Economía y Finanzas 1883574-3

Público para el Año Fiscal 2020, hasta por la suma de S/ 14 599 314,00 (CATORCE MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS CATORCE Y 00/100 SOLES), por la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, del pliego Ministerio de Educación a favor de veinticinco (25) Gobiernos Regionales, para los fines señalados en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en el artículo 33 del Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; y, el inciso 5 del numeral 11.1 del artículo 11 del Decreto de Urgencia Nº 053-2020, Decreto de Urgencia que otorga un Bono Extraordinario al personal del Instituto Nacional Penitenciario, del Programa Nacional de Centros Juveniles, al personal del Ministerio de Defensa y al personal del Ministerio del Interior, por cumplir acciones de alto riesgo ante la emergencia producida por el COVID-19, y dicta otras disposiciones; DECRETA: Artículo 1. Objeto 1.1. Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, hasta por la suma de S/ 14 599 314,00 (CATORCE MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS CATORCE Y 00/100 SOLES), a favor de veinticinco (25) Gobiernos Regionales, para el financiamiento de los bienes, servicios, acondicionamiento y mantenimiento de infraestructura del Programa Presupuestal Mejora de la formación en carreras docentes en institutos de educación superior no universitaria, así como Acciones Centrales, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCIÓN PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA CATEGORÍA PRESUPUESTARIA ACTIVIDAD En Soles : Gobierno Central 010 : Ministerio de Educación 026 : Programa Educación Básica para Todos 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos 5001254 : Transferencia de recursos para la ejecución de actividades

Autorizan Transferencia de Partidas a favor de los Gobiernos Regionales en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020
DECRETO SUPREMO N° 261-2020-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el artículo 33 del Decreto de Urgencia Nº 0142019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020 autoriza al Ministerio de Educación para efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de las unidades ejecutoras de educación de los Gobiernos Regionales, hasta por la suma de S/ 93 000 000,00 (NOVENTA Y TRES MILLONES Y 00/100 SOLES), para financiar, entre otros, los bienes, servicios, equipamiento, acondicionamiento y mantenimiento de infraestructura del Programa Presupuestal "Mejora de la formación en carreras docentes en institutos de educación", así como acciones centrales; estableciendo que las modificaciones presupuestarias, se aprueban mediante decreto supremo refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas y por el Ministro de Educación, a propuesta de este último; Que, el inciso 5 del numeral 11.1 del artículo 11 del Decreto de Urgencia Nº 053-2020, Decreto de Urgencia que otorga un Bono Extraordinario al personal del Instituto Nacional Penitenciario, del Programa Nacional de Centros Juveniles, al personal del Ministerio de Defensa y al personal del Ministerio del Interior, por cumplir acciones de alto riesgo ante la emergencia producida por el COVID-19, y dicta otras disposiciones, establece como nuevo plazo para la transferencia de recursos a la que se refiere el artículo 33 del Decreto de Urgencia Nº 0142019, hasta el 9 de septiembre de 2020; Que, mediante el Oficio N° 109-2020-MINEDU/DM, el Ministerio de Educación, solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, hasta por la suma de S/ 14 599 314,00 (CATORCE MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS CATORCE Y 00/100 SOLES), a favor de veinticinco (25) Gobiernos Regionales, para el financiamiento de los bienes, servicios, acondicionamiento y mantenimiento de infraestructura del Programa Presupuestal Mejora de la formación en carreras docentes en institutos de educación superior no universitaria, así como Acciones Centrales; en el marco de lo dispuesto por el artículo 33 del Decreto de Urgencia Nº 014-2019; adjuntando para ello los Informes N° 01123 y 01216-2020-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica del citado Ministerio, en los que se detalla el cumplimiento de compromisos de desempeño durante el año escolar para la adecuada provisión de servicios educativos de calidad en el aula; Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.4 Donaciones y Transferencias 14 599 314,00 ============ TOTAL EGRESOS 14 599 314,00 ============ A LA: En Soles

SECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGOS : Gobiernos Regionales PROGRAMA PRESUPUESTAL 107 : Mejora de la formación en carreras docentes en Institutos de Educación Superior No Universitaria PRODUCTO 3000546 : Instituciones de Educación Superior Pedagógica con condiciones básicas para el funcionamiento ACTIVIDAD 5005908 : Provisión de servicios básicos y mantenimiento de equipamiento e infraestructura FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 46 000,00 CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9001 : Acciones Centrales ACTIVIDAD 5000003 : Gestión Administrativa FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios TOTAL EGRESOS 14 553 314,00 ============ 14 599 314,00 ============

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