Norma Legal Oficial del día 18 de septiembre del año 2020 (18/09/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

Viernes 18 de setiembre de 2020 /

El Peruano

Artículo 1.- Aprobación de la Ejecución de la Expropiación de las áreas de los Bien Inmueble y de los Valores de las Tasaciones Aprobar la ejecución de la expropiación de las áreas del inmueble afectado por la obra: "Red Vial Nº 6: Tramo: Puente Pucusana ­ Cerro Azul ­ Ica, de la Carretera Panamericana Sur" y los valores de las Tasaciones ascendentes a S/ 43 248.00 (Cuarenta y Tres Mil Doscientos Cuarenta y Ocho con 00/100) correspondiente al área del inmueble de código 11020499001 A y S/ 42 684.00 (Cuarenta y Dos Mil Seiscientos Ochenta y Cuatro con 00/100) correspondiente al área del inmueble de código 11020499001 B, conforme se detalla en los Anexos que forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Consignación de los Valores de las Tasaciones Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional ­ PROVIAS NACIONAL, consigne en el Banco de la Nación, el monto de los valores de las Tasaciones a favor de los Sujetos Pasivos de las expropiaciones, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución. Artículo 3.- Información Necesaria para Inscribir las áreas de los Bienes Inmuebles a Favor del Beneficiario y Orden de Levantar toda Carga o Gravamen que contenga la Partida Registral 3.1 Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional ­ PROVIAS NACIONAL, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución y notificada la consignación a los Sujetos Pasivos, remita al Registro de Predios de la Oficina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP), la información señalada en el artículo 30 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1192, Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado

mediante Decreto Supremo Nº 011-2019-VIVIENDA, a efectos de inscribir las áreas expropiadas de los bienes inmuebles a favor del beneficiario. 3.2 Disponer que el Registrador, bajo responsabilidad, proceda al levantamiento de toda carga o gravamen que contenga la Partida Registral respecto de las áreas de los inmuebles afectados. Los acreedores pueden cobrar sus acreencias con los valores de las Tasaciones pagados directamente o vía consignación a los Sujetos Pasivos. Artículo 4.- Inscripción Registral de las áreas de los Bienes Inmuebles a Favor del Beneficiario Disponer que la Oficina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP) inscriba a favor del beneficiario las áreas expropiadas de los inmuebles afectados, bajo responsabilidad y sanción de destitución. Artículo 5.- Notificación a los Sujetos Pasivos Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional ­ PROVIAS NACIONAL, notifique la presente Resolución a los Sujetos Pasivos de la expropiación, conforme a lo dispuesto en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1192, Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 011-2019-VIVIENDA, requiriéndoles la desocupación y entrega de las áreas expropiadas de los bienes inmuebles afectados dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de notificada la presente Resolución, de encontrarse las áreas de los inmuebles desocupadas, o treinta (30) días hábiles de estar ocupadas o en uso, bajo apercibimiento de iniciar el procedimiento de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión de las áreas de los bienes inmuebles materia de expropiación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS ESTREMADOYRO MORY Ministro de Transportes y Comunicaciones

ANEXO 1 VALOR DE LA TASACIÓN DEL ÁREA DEL INMUEBLE AFECTADO POR LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: RED VIAL Nº 6: TRAMO PUENTE PUCUSANA CERRO AZUL ­ ICA, DE LA CARRETERA PANAMERICANA SUR
Nº SUJETO ACTIVO / BENEFICIARIO SUJETO PASIVO IDENTIFICACIÓN DEL BIEN INMUEBLE VALOR DE LA TASACIÓN (S/)

CÓDIGO: 11020499001 A LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL ÁREA AFECTADA: -Maria Hilda Santiago Vda De Rojas -Diego Fernando David Rojas Levano -Elvis Fernando Rojas Santiago -Erick Fernando Rojas Santiago -Fanny Liseth Rojas Santiago MINISTERIO DE -Gilmer Fernando TRANSPORTES Y Rojas Santiago 1 COMUNICACIONES/ -Gino Fernando David PROVIAS Rojas Levano NACIONAL -Jimmy Fernando Rojas Santiago -Lisbeth Mariel Rojas Santiago -Lizzie Milagros Del Carmen Rojas Levano -Luigi Fernando David Rojas Levano -Sheily Yeliset Rojas Santiago

AREA AFECTADA TOTAL: 3,604.00 m2 AFECTACIÓN: Parcial del Terreno COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL INMUEBLE WGS84 ESTE (X) 371669.4969 371688.9251 371691.7845 371559.6241 371511.6205 371511.9389 371704.7484 371701.2194 NORTE (Y) 8507210.3252 8507215.3019 8507302.0576 8507313.6774 8507327.7651 8507331.0394 8507314.7913 8507207.7248 43,248.00

_Por el Norte: Colinda con el camino rural con VERTICES una longitud de 193.49 m. _Por el Sur: Colinda con propiedad de terceros PE Nº 11039351 (UC Nº 076538) con 1 una longitud de 31.83 m. _Por el Este: Colinda con Panamericana Sur 2 con una longitud de 107.12 m. _Por el Oeste: Colinda con el área remanente 3 del predio afectado PE Nº 40013481 (UC Nº076535) con una longitud de 292.85 m. 4 PARTIDA REGISTRAL: Nº 40013481 perteneciente a la Oficina Registral de Chincha - Zona Registral Nº XI - Sede Ica. CERTIFICADO DE BÚSQUEDA CATASTRAL: Emitido con fecha 13.06.2018, (INFORME TECNICO Nº 01216-2018-Z.R.NºXI/URCHINCHA) por la Oficina Registral de Chincha - Zona Registral Nº XI - Sede Ica. CERTIFICADO REGISTRAL INMOBILIARIO: Emitido con fecha 16.10.2018, por la Oficina Registral de Chincha - Zona Registral Nº XI - Sede Ica. 5 6 7 8

LADO

DISTANCIA (m) 20.06 86.80 132.67 50.03 3.29 193.49 107.12 31.83

1-2 2-3 3-4 4-5 5-6 6-7 7-8 8-1

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