NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2020 (18/09/2020)
CANTIDAD DE PAGINAS: 92
TEXTO PAGINA: 24
24 NORMAS LEGALES Viernes 18 de setiembre de 2020 / El Peruano SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación de la Ejecución de la Expropiación de las áreas de los Bien Inmueble y de los Valores de las Tasaciones Aprobar la ejecución de la expropiación de las áreas del inmueble afectado por la obra: “Red Vial Nº 6: Tramo: Puente Pucusana – Cerro Azul – Ica, de la Carretera Panamericana Sur” y los valores de las Tasaciones ascendentes a S/ 43 248.00 (Cuarenta y Tres Mil Doscientos Cuarenta y Ocho con 00/100) correspondiente al área del inmueble de código 11020499001 A y S/ 42 684.00 (Cuarenta y Dos Mil Seiscientos Ochenta y Cuatro con 00/100) correspondiente al área del inmueble de código 11020499001 B, conforme se detalla en los Anexos que forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Consignación de los Valores de las Tasaciones Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, consigne en el Banco de la Nación, el monto de los valores de las Tasaciones a favor de los Sujetos Pasivos de las expropiaciones, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución. Artículo 3.- Información Necesaria para Inscribir las áreas de los Bienes Inmuebles a Favor del Bene fi ciario y Orden de Levantar toda Carga o Gravamen que contenga la Partida Registral 3.1 Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución y noti fi cada la consignación a los Sujetos Pasivos, remita al Registro de Predios de la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP), la información señalada en el artículo 30 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1192, Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 011-2019-VIVIENDA, a efectos de inscribir las áreas expropiadas de los bienes inmuebles a favor del bene fi ciario. 3.2 Disponer que el Registrador, bajo responsabilidad, proceda al levantamiento de toda carga o gravamen que contenga la Partida Registral respecto de las áreas de los inmuebles afectados. Los acreedores pueden cobrar sus acreencias con los valores de las Tasaciones pagados directamente o vía consignación a los Sujetos Pasivos. Artículo 4.- Inscripción Registral de las áreas de los Bienes Inmuebles a Favor del Bene fi ciario Disponer que la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP) inscriba a favor del bene fi ciario las áreas expropiadas de los inmuebles afectados, bajo responsabilidad y sanción de destitución. Artículo 5.- Noti fi cación a los Sujetos Pasivos Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, notifique la presente Resolución a los Sujetos Pasivos de la expropiación, conforme a lo dispuesto en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1192, Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 011-2019-VIVIENDA, requiriéndoles la desocupación y entrega de las áreas expropiadas de los bienes inmuebles afectados dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de notificada la presente Resolución, de encontrarse las áreas de los inmuebles desocupadas, o treinta (30) días hábiles de estar ocupadas o en uso, bajo apercibimiento de iniciar el procedimiento de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión de las áreas de los bienes inmuebles materia de expropiación. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS ESTREMADOYRO MORY Ministro de Transportes y Comunicaciones ANEXO 1 VALOR DE LA TASACIÓN DEL ÁREA DEL INMUEBLE AFECTADO POR LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: RED VIAL Nº 6: TRAMO PUENTE PUCUSANA - CERRO AZUL – ICA, DE LA CARRETERA PANAMERICANA SUR NºSUJETO ACTIVO / BENEFICIARIOSUJETO PASIVO IDENTIFICACIÓN DEL BIEN INMUEBLEVALOR DE LA TASACIÓN (S/) 1MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES/ PROVIAS NACIONAL -Maria Hilda Santiago Vda De Rojas -Diego Fernando David Rojas Levano -Elvis Fernando Rojas Santiago -Erick Fernando Rojas Santiago -Fanny Liseth Rojas Santiago -Gilmer Fernando Rojas Santiago -Gino Fernando David Rojas Levano -Jimmy Fernando Rojas Santiago -Lisbeth Mariel Rojas Santiago -Lizzie Milagros Del Carmen Rojas Levano -Luigi Fernando David Rojas Levano -Sheily Yeliset Rojas SantiagoCÓDIGO: 11020499001 A AREA AFECTADA TOTAL: 3,604.00 m2 AFECTACIÓN: Parcial del Terreno 43,248.00LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL ÁREA AFECTADA:COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL INMUEBLE _Por el Norte: Colinda con el camino rural con una longitud de 193.49 m._Por el Sur: Colinda con propiedad de terceros PE Nº 11039351 (UC Nº 076538) con una longitud de 31.83 m._Por el Este: Colinda con Panamericana Sur con una longitud de 107.12 m._Por el Oeste: Colinda con el área remanente del predio afectado PE Nº 40013481 (UC Nº076535) con una longitud de 292.85 m.VERTICES LADODISTANCIA (m)WGS84 ESTE (X) NORTE (Y) 1 1-2 20.06 371669.4969 8507210.3252 2 2-3 86.80 371688.9251 8507215.3019 3 3-4 132.67 371691.7845 8507302.0576 4 4-5 50.03 371559.6241 8507313.6774 PARTIDA REGISTRAL: Nº 40013481 perteneciente a la O ficina Registral de Chincha - Zona Registral Nº XI - Sede Ica. CERTIFICADO DE BÚSQUEDA CATASTRAL: Emitido con fecha 13.06.2018, (INFORME TECNICO Nº 01216-2018-Z.R.NºXI/UR-CHINCHA) por la O ficina Registral de Chincha - Zona Registral Nº XI - Sede Ica. CERTIFICADO REGISTRAL INMOBILIARIO : Emitido con fecha 16.10.2018, por la O ficina Registral de Chincha - Zona Registral Nº XI - Sede Ica.5 5-6 3.29 371511.6205 8507327.7651 6 6-7 193.49 371511.9389 8507331.0394 7 7-8 107.12 371704.7484 8507314.7913 8 8-1 31.83 371701.2194 8507207.7248