NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2020 (18/09/2020)
CANTIDAD DE PAGINAS: 92
TEXTO PAGINA: 31
31 NORMAS LEGALES Viernes 18 de setiembre de 2020 El Peruano / (…) la Constitución Política del Perú y las normas sobre represión de la competencia desleal”; Que, mediante Resolución Jefatural N° 029-2019-BNP publicada el 10 de febrero de 2019 en el Diario O fi cial El Peruano, se aprobó el Tarifario de los Servicios No Prestados en Exclusividad de la Biblioteca Nacional del Perú–2019, siendo modi fi cado mediante las Resoluciones Jefaturales N° 085-2019-BNP, N° 114-2019-BNP, N° 128-2019-BNP, N° 143-2019-BNP y N° 068-2020-BNP, de fechas 18 de julio, 25 de setiembre, 30 de octubre, 20 de noviembre de 2019; y, 17 de junio de 2020, respectivamente; Que, el código 2.11 del Anexo N° 2 del Tarifario de los Servicios No Prestados en Exclusividad de la Biblioteca Nacional del Perú – 2019 desarrolla el servicio denominado “Digitalización del Patrimonio Bibliográ fi co Documental: Documentos e Impresos Posteriores a 1960”, indicando, entre otros aspectos, sus requisitos y costos, dicho servicio se encuentra a cargo de la Dirección del Acceso y Promoción de la Información; Que, con Decreto Supremo Nº 008-2020-SA, se declara en emergencia sanitaria a nivel nacional, por el plazo de noventa (90) días calendario, por la existencia del COVID-19, la cual es prorrogada mediante Decreto Supremo Nº 020-2020-SA y Decreto Supremo N° 027-2020-SA, este último, a partir del 08 de setiembre de 2020 hasta por un plazo de noventa (90) días calendario; Que, en el contexto de la emergencia sanitaria y, a fi n de impulsar el acceso a los servicios de digitalización del material bibliográ fi co documental que brinda la Biblioteca Nacional del Perú, la Dirección del Acceso y Promoción de la Información mediante Memorando N° 000420-2020-BNP-J-DAPI de fecha 31 de agosto de 2020 hizo suyo el Informe Técnico N° 000002-2020-BNP-J-DAPI-ESB de fecha 27 de agosto de 2020, de su Equipo de Trabajo de Servicios Bibliotecarios, el cual propone la modi fi cación del código 2.11 del Anexo N° 2 del Tarifario de los Servicios No Prestados en Exclusividad de la Biblioteca Nacional del Perú – 2019, a fi n de incluir la gratuidad del servicio no exclusivo denominado “Digitalización del Patrimonio Bibliográ fi co Documental: Documentos e Impresos Posteriores a 1960”, siempre que comprenda la digitalización de uno (1) a cinco (5) páginas de un mismo título, no pudiendo exceder de los cinco (5) títulos por usuario/a y/o por solicitud; Que, mediante Informe Técnico N° 000051-2020-BNP- GG-OPP-EPIP de fecha 10 de setiembre de 2020, el Equipo de Trabajo de Plani fi cación, Inversiones y Presupuesto de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto señaló, entre otros aspectos, que la modi fi cación propuesta del Tarifario de los Servicios No Prestados en Exclusividad de la Biblioteca Nacional del Perú – 2019, hasta el 31 de diciembre de 2020, no demanda recursos adicionales a la entidad; Que, con fecha 16 de julio de 2020 se publicó en el Diario O fi cial El Peruano el Protocolo denominado “Servicio de Digitalización de Material Bibliográ fi co Documental en la Biblioteca Nacional del Perú”, aprobado por Resolución Jefatural N° 000081-2020-BNP, el cual tiene como objetivo: “Establecer las pautas que permitan brindar el servicio de digitalización de material bibliográ fi co documental en la Biblioteca Nacional del Perú, a fi n de promover el acceso a la información en bene fi cio de la ciudadanía y reducir el riesgo de propagación de la enfermedad causada por el Coronavirus (COVID-19)”; Que, con la modi fi cación del Tarifario de los Servicios No Prestados en Exclusividad de la Biblioteca Nacional del Perú – 2019, resultaría necesaria la modi fi cación del precitado Protocolo, a fi n de uniformizar en ambos documentos de gestión los servicios de digitalización brindados por la Biblioteca Nacional del Perú; Que, mediante los documentos de los vistos, la Dirección de Protección de las Colecciones, la Dirección de Gestión de las Colecciones, la O fi cina de Tecnologías de la Información y Estadística, la O fi cina de Administración, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; así como sus respectivos equipos de trabajo, emitieron opinión favorable, en el marco de sus competencias, respecto de la modi fi cación del Tarifario de los Servicios No Prestados en Exclusividad de la Biblioteca Nacional del Perú – 2019 y del Protocolo denominado “Servicio de Digitalización de Material Bibliográ fi co Documental en la Biblioteca Nacional del Perú”; Que, mediante Informe Legal N° 000212-2020-BNP- GG-OAJ de fecha 15 de setiembre de 2020, la O fi cina de Asesoría Jurídica emitió opinión en el ámbito de sus competencias, a fi n de proceder con la emisión del acto resolutivo; Con el visado de la Dirección del Acceso y Promoción de la Información, la Dirección de Protección de las Colecciones, la Dirección de Gestión de las Colecciones, la Ofi cina de Tecnologías de la Información y Estadística, la O fi cina de Administración, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, la O fi cina de Asesoría Jurídica, el Equipo de Servicios Bibliotecarios de la Dirección del Acceso y Promoción de la Información, el Equipo de Trabajo de Conservación de la Dirección de Protección de las Colecciones, el Equipo de Trabajo de Gestión de Adquisiciones y Descarte de la Dirección de Gestión de las Colecciones, el Equipo de Trabajo de Desarrollo de Sistemas de Información de la O fi cina de Tecnologías de la Información y Estadística, el Equipo de Trabajo de Administración Financiera de la O fi cina de Administración, los Equipos de Trabajo de Plani fi cación, Inversiones y Presupuesto; y, de Modernización, ambos de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; De conformidad con la Ley N° 30570, Ley General de la Biblioteca Nacional del Perú; el Reglamento de Organización y Funciones de la Biblioteca Nacional del Perú, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2018-MC; y, demás normas pertinentes; SE RESUELVE:Artículo 1.- MODIFICAR el código 2.11 del Anexo N° 2 del Tarifario de los Servicios No Prestados en Exclusividad de la Biblioteca Nacional del Perú – 2019, aprobado por Resolución Jefatural N° 029-2019-BNP y modi fi cada por las Resoluciones Jefaturales N° 085-2019- BNP, N° 114-2019-BNP, N° 128-2019-BNP, N° 143-2019-BNP y N° 068-2020-BNP, respectivamente, conforme al siguiente detalle: Código Denominación del servicio Requisitos % UIT S/ 2.11Digitalización del Patrimonio Bibliográ fi co Documental: Manuscritos posteriores a 1960; impresos en general (libro, periódico, revista, partitura), micro fi lm/micro fi cha. 2.11.1Libro o partitura por página (formato JPG)1. Solicitud del servicio (vía http:// reproducciondigital. bnp.gob.pe/ ReprodocVirtualWeb/ faces/inicio/bienvenida. xhtml). 2. Efectuar pago (cuando corresponda). Nota: El/La usuario/a puede acceder de forma gratuita a la digitalización de cualquier material bibliográ fi co previsto en este servicio, en formato JPG o TIFF, con un máximo de cinco (5) páginas por título y de hasta cinco (5) títulos por usuario/a y/o solicitud. Cuando la solicitud exceda estas cantidades se aplican los montos establecidos en el presente tarifario. La gratuidad del servicio es hasta el 31 de diciembre de 2020.0.03 1.30 2.11.2Periódico por página (formato JPG) 2.11.3Revista por página (formato JPG) 2.11.4Manuscrito por página (formato JPG)0.04 1.80 2.11.5Micro fi lm/Micro fi cha por toma (formato JPG)0.03 1.10 2.11.6Libro o partitura por página (formato TIFF) 0.04 1.80 2.11.7Periódico por página (formato TIFF) 2.11.8Revista por página (formato TIFF) 2.11.9Manuscrito por página (formato TIFF)0.07 2.80 2.11.10Micro fi lm/Micro fi cha por toma (formato TIFF)0.03 1.40