Norma Legal Oficial del día 18 de septiembre del año 2020 (18/09/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano / Viernes 18 de setiembre de 2020

NORMAS LEGALES

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(...) la Constitución Política del Perú y las normas sobre represión de la competencia desleal"; Que, mediante Resolución Jefatural N° 029-2019-BNP publicada el 10 de febrero de 2019 en el Diario Oficial El Peruano, se aprobó el Tarifario de los Servicios No Prestados en Exclusividad de la Biblioteca Nacional del Perú­2019, siendo modificado mediante las Resoluciones Jefaturales N° 085-2019-BNP, N° 114-2019-BNP, N° 128-2019-BNP, N° 143-2019-BNP y N° 068-2020-BNP, de fechas 18 de julio, 25 de setiembre, 30 de octubre, 20 de noviembre de 2019; y, 17 de junio de 2020, respectivamente; Que, el código 2.11 del Anexo N° 2 del Tarifario de los Servicios No Prestados en Exclusividad de la Biblioteca Nacional del Perú ­ 2019 desarrolla el servicio denominado "Digitalización del Patrimonio Bibliográfico Documental: Documentos e Impresos Posteriores a 1960", indicando, entre otros aspectos, sus requisitos y costos, dicho servicio se encuentra a cargo de la Dirección del Acceso y Promoción de la Información; Que, con Decreto Supremo Nº 008-2020-SA, se declara en emergencia sanitaria a nivel nacional, por el plazo de noventa (90) días calendario, por la existencia del COVID-19, la cual es prorrogada mediante Decreto Supremo Nº 020-2020-SA y Decreto Supremo N° 027-2020-SA, este último, a partir del 08 de setiembre de 2020 hasta por un plazo de noventa (90) días calendario; Que, en el contexto de la emergencia sanitaria y, a fin de impulsar el acceso a los servicios de digitalización del material bibliográfico documental que brinda la Biblioteca Nacional del Perú, la Dirección del Acceso y Promoción de la Información mediante Memorando N° 000420-2020-BNP-J-DAPI de fecha 31 de agosto de 2020 hizo suyo el Informe Técnico N° 000002-2020-BNP-J-DAPI-ESB de fecha 27 de agosto de 2020, de su Equipo de Trabajo de Servicios Bibliotecarios, el cual propone la modificación del código 2.11 del Anexo N° 2 del Tarifario de los Servicios No Prestados en Exclusividad de la Biblioteca Nacional del Perú ­ 2019, a fin de incluir la gratuidad del servicio no exclusivo denominado "Digitalización del Patrimonio Bibliográfico Documental: Documentos e Impresos Posteriores a 1960", siempre que comprenda la digitalización de uno (1) a cinco (5) páginas de un mismo título, no pudiendo exceder de los cinco (5) títulos por usuario/a y/o por solicitud; Que, mediante Informe Técnico N° 000051-2020-BNPGG-OPP-EPIP de fecha 10 de setiembre de 2020, el Equipo de Trabajo de Planificación, Inversiones y Presupuesto de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto señaló, entre otros aspectos, que la modificación propuesta del Tarifario de los Servicios No Prestados en Exclusividad de la Biblioteca Nacional del Perú ­ 2019, hasta el 31 de diciembre de 2020, no demanda recursos adicionales a la entidad; Que, con fecha 16 de julio de 2020 se publicó en el Diario Oficial El Peruano el Protocolo denominado "Servicio de Digitalización de Material Bibliográfico Documental en la Biblioteca Nacional del Perú", aprobado por Resolución Jefatural N° 000081-2020-BNP, el cual tiene como objetivo: "Establecer las pautas que permitan brindar el servicio de digitalización de material bibliográfico documental en la Biblioteca Nacional del Perú, a fin de promover el acceso a la información en beneficio de la ciudadanía y reducir el riesgo de propagación de la enfermedad causada por el Coronavirus (COVID-19)"; Que, con la modificación del Tarifario de los Servicios No Prestados en Exclusividad de la Biblioteca Nacional del Perú ­ 2019, resultaría necesaria la modificación del precitado Protocolo, a fin de uniformizar en ambos documentos de gestión los servicios de digitalización brindados por la Biblioteca Nacional del Perú; Que, mediante los documentos de los vistos, la Dirección de Protección de las Colecciones, la Dirección de Gestión de las Colecciones, la Oficina de Tecnologías de la Información y Estadística, la Oficina de Administración, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; así como sus respectivos equipos de trabajo, emitieron opinión favorable, en el marco de sus competencias, respecto de la modificación del Tarifario de los Servicios No Prestados

en Exclusividad de la Biblioteca Nacional del Perú ­ 2019 y del Protocolo denominado "Servicio de Digitalización de Material Bibliográfico Documental en la Biblioteca Nacional del Perú"; Que, mediante Informe Legal N° 000212-2020-BNPGG-OAJ de fecha 15 de setiembre de 2020, la Oficina de Asesoría Jurídica emitió opinión en el ámbito de sus competencias, a fin de proceder con la emisión del acto resolutivo; Con el visado de la Dirección del Acceso y Promoción de la Información, la Dirección de Protección de las Colecciones, la Dirección de Gestión de las Colecciones, la Oficina de Tecnologías de la Información y Estadística, la Oficina de Administración, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, la Oficina de Asesoría Jurídica, el Equipo de Servicios Bibliotecarios de la Dirección del Acceso y Promoción de la Información, el Equipo de Trabajo de Conservación de la Dirección de Protección de las Colecciones, el Equipo de Trabajo de Gestión de Adquisiciones y Descarte de la Dirección de Gestión de las Colecciones, el Equipo de Trabajo de Desarrollo de Sistemas de Información de la Oficina de Tecnologías de la Información y Estadística, el Equipo de Trabajo de Administración Financiera de la Oficina de Administración, los Equipos de Trabajo de Planificación, Inversiones y Presupuesto; y, de Modernización, ambos de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; De conformidad con la Ley N° 30570, Ley General de la Biblioteca Nacional del Perú; el Reglamento de Organización y Funciones de la Biblioteca Nacional del Perú, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2018-MC; y, demás normas pertinentes; SE RESUELVE: Artículo 1.- MODIFICAR el código 2.11 del Anexo N° 2 del Tarifario de los Servicios No Prestados en Exclusividad de la Biblioteca Nacional del Perú ­ 2019, aprobado por Resolución Jefatural N° 029-2019-BNP y modificada por las Resoluciones Jefaturales N° 085-2019BNP, N° 114-2019-BNP, N° 128-2019-BNP, N° 143-2019BNP y N° 068-2020-BNP, respectivamente, conforme al siguiente detalle:
Código Denominación del servicio 2.11 Requisitos % UIT S/

Digitalización del Patrimonio Bibliográfico Documental: Manuscritos posteriores a 1960; impresos en general (libro, periódico, revista, partitura), microfilm/microficha. 1. Solicitud del servicio (vía http:// Periódico por página (formato reproducciondigital. bnp.gob.pe/ JPG) ReprodocVirtualWeb/ Revista por página (formato faces/inicio/bienvenida. JPG) xhtml). 2. Efectuar pago (cuando Manuscrito por página corresponda). (formato JPG) Nota: El/La usuario/a Microfilm/Microficha por toma puede acceder de forma (formato JPG) gratuita a la digitalización Libro o partitura por página de cualquier material (formato TIFF) bibliográfico previsto Periódico por página (formato en este servicio, en formato JPG o TIFF, TIFF) con un máximo de Revista por página (formato cinco (5) páginas por TIFF) título y de hasta cinco (5) títulos por usuario/a Manuscrito por página y/o solicitud. Cuando la (formato TIFF) solicitud exceda estas cantidades se aplican los montos establecidos en el Microfilm/Microficha por toma presente tarifario. (formato TIFF) La gratuidad del servicio es hasta el 31 de diciembre de 2020. Libro o partitura por página (formato JPG)

2.11.1 2.11.2 2.11.3 2.11.4 2.11.5 2.11.6 2.11.7 2.11.8 2.11.9

0.03 1.30

0.04 1.80 0.03 1.10

0.04 1.80

0.07 2.80

2.11.10

0.03 1.40

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