Norma Legal Oficial del día 18 de septiembre del año 2020 (18/09/2020)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano / Viernes 18 de setiembre de 2020

NORMAS LEGALES

35

ochenta y ocho y 00/100 Soles), correspondiente al calendario septiembre 2020, para la transferencia financiera programada por la Dirección de Financiamiento de Prestaciones de Alto de Costo del FISSAL, emitiendo opinión favorable mediante el Informe N° 030-2020-SISFISSAL/OPP; asimismo la Oficina de Asesoría Jurídica­ OAJ del FISSAL a través de su Informe N° 112-2020-SISFISSAL/OAJ, concluye y recomienda que, al contar con los informes y opiniones favorables respectivos, corresponde elevar el expediente a la Titular del Pliego SIS; Que, a través del Oficio N° 575-2020-SIS-FISSAL/J, la Jefa (e) del FISSAL remite a la Jefatura del SIS la propuesta de transferencia financiera correspondiente al calendario septiembre 2020 para su respectiva aprobación; Que, mediante Memorando N° 923-2020-SIS/ OGPPDO, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional del SIS emite opinión favorable de disponibilidad presupuestal para continuar con el trámite de aprobación de la transferencia financiera solicitada por la Unidad Ejecutora 002 FISSAL­ calendario septiembre 2020, hasta por el monto de S/ 3 454 988,00 (Tres millones cuatrocientos cincuenta y cuatro mil novecientos ochenta y ocho y 00/100 Soles), en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios; Que, a través del Informe N° 321-2020-SIS/OGAJDE con Proveído N° 321-2020-SIS/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica del SIS, sobre la base de lo opinado por los órganos técnicos del FISSAL y del SIS, considera se cumple con el marco legal vigente por lo que es viable emitir la Resolución Jefatural que apruebe la Transferencia Financiera a favor de la unidad ejecutora detallada por el FISSAL en el Anexo N° 1 adjunto al Oficio N° 575-2020-SIS-FISSAL/J, para el financiamiento de las prestaciones de salud que se brinden a los asegurados SIS; Con el visto de la Jefa (e) del Fondo Intangible Solidario de Salud­FISSAL, de la Directora General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, de la Secretaria General; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 0112011-SA, modificado por Decreto Supremo N° 002-2016SA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la Transferencia Financiera de la Unidad Ejecutora 002 Fondo Intangible Solidario de Salud ­ FISSAL hasta por la suma de S/ 3 454 988,00 (TRES MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y OCHO Y 00/100 SOLES), con cargo a la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios, en los términos y a favor de las unidades ejecutoras descritas en el Anexo N° 1­Transferencia Financiera­Recursos Ordinarios­ Calendario septiembre 2020, que forma parte integrante de la presente Resolución, para el financiamiento de las prestaciones de salud brindadas a los asegurados SIS a cargo del FISSAL, en el marco del Convenio, Adendas y Actas suscritos. Artículo 2.- Los recursos de la Transferencia Financiera aprobada por el artículo 1 de la presente Resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y como en el Portal Institucional del Seguro Integral de Salud. Regístrese, Comuníquese y Publíquese. MOISÉS ERNESTO ROSAS FEBRES Jefe del Seguro Integral de Salud 1885788-1

SUPERINTENDENCIA DE TRANSPORTE TERRESTRE DE PERSONAS, CARGA Y MERCANCIAS
Aprueban la Directiva D-009-2020SUTRAN/06.1-002 V01 "Directiva que regula la fiscalización de los centros de evaluación por la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y MercancíasSutran"
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº D000043-2020-SUTRAN-SP Lima, 15 de septiembre del 2020 VISTOS: El Informe Nº D000051-2020-SUTRAN-GEN de la Gerencia de Estudios y Normas, el Memorando N° D000542-2020-SUTRAN-GPS de la Gerencia de Procedimientos y Sanciones, el Informe N° D0002822020-SUTRAN-GAT de la Gerencia de Articulación Territorial, el Memorando N° D000866-2020-SUTRANGSF de la Gerencia de Supervisión y Fiscalización, , el Memorando N° D000954-2020-SUTRAN-UR de la Unidad de Recursos Humanos, el Memorando Nº D0003272020-SUTRAN-OPP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N° D000299-2020-SUTRANOAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica y el Informe N° D000157-2020-SUTRAN-GG de la Gerencia General; CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 29380 se crea la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías ­ Sutran, entidad que tiene competencia para normar, supervisar, fiscalizar y sancionar de acuerdo con sus competencias los servicios de transporte terrestre de personas, carga y mercancías en los ámbitos nacional e internacional; Que, mediante el Informe Nº D000051-2020SUTRAN-GEN, la Gerencia de Estudios y Normas sustenta la aprobación del proyecto de "Directiva que regula la fiscalización de los centros de evaluación por la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías ­ Sutran"; Que, a través del Memorando N° D000542-2020SUTRAN-GPS, la Gerencia de Procedimientos y Sanciones manifiesta su conformidad respecto al proyecto de "Directiva que regula la fiscalización de los centros de evaluación por la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías- Sutran"; Que, mediante el Informe N° D000282-2020-SUTRANGAT, la Gerencia de Articulación Territorial manifiesta su conformidad respecto al proyecto de "Directiva que regula la fiscalización de los centros de evaluación por la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías- Sutran"; Que, mediante el Memorando N° D000866-2020SUTRAN-GSF, la Gerencia de Supervisión y Fiscalización manifiesta su conformidad respecto al proyecto de "Directiva que regula la fiscalización de los centros de evaluación por la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías- Sutran"; Que, mediante Memorando N° D000954-2020SUTRAN-UR la Unidad de Recursos Humanos emite opinión respecto a los proyectos de directivas remitidos por la Gerencia de Estudios y Normas, entre los cuales, se encuentra el proyecto de "Directiva que regula la fiscalización de los centros de evaluación por la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías ­ Sutran"; Que, a través del Memorando Nº D000327-2020SUTRAN-OPP, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto hace suyo el Informe N° D000137-2020-SUTRAN-UPM, con el cual la Unidad de Planeamiento y Modernización

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.