Norma Legal Oficial del día 18 de septiembre del año 2020 (18/09/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano / Viernes 18 de setiembre de 2020

NORMAS LEGALES

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Directivo Nº 223-2012-OS-CD, mediante Informe Nº 782-2020-OS-DSHL-USPR, la División de Supervisión de Hidrocarburos Líquidos recomendó que, en adición a los formatos de cumplimiento de obligaciones relativas al sistema contra incendio vigentes a la fecha, se apruebe los cuestionarios correspondientes al cumplimiento de obligaciones relativas a la zona de almacenamiento de hidrocarburos; Que, en tal sentido, corresponde modificar el artículo 1 de la Resolución de Gerencia General Nº 60-2016-OS-GG, incorporando los cuestionarios para la Presentación de la Declaración Jurada de Cumplimiento de Obligaciones Relativas a la Zona de Almacenamiento de Hidrocarburos, que corresponden ser aplicados anualmente por los responsables de las instalaciones de Refinerías, Plantas de Abastecimiento de Combustibles Líquidos y/o OPDH, Plantas de Abastecimiento en Aeropuertos y Plantas de Abastecimiento de Gas Licuado de Petróleo; Que, de otro lado, a través de la Resolución de Gerencia General Nº 192-2015-OS-GG se determinó el Cronograma para la Presentación Anual de las Declaraciones Juradas de Cumplimiento de Obligaciones relativas a las Condiciones Técnicas y de Seguridad de las Unidades Supervisadas ­ PDJ, correspondiendo a los agentes que realizan actividades de hidrocarburos a través de las instalaciones mencionadas en el párrafo anterior presentar anualmente sus respectivas declaraciones juradas en el mes de setiembre, ; Que, no obstante, considerando que se están incorporando formularios referidos a obligaciones relativas a las zonas de almacenamiento de hidrocarburo para los agentes previamente señalados, las cuales requieren un período de adecuación para realizar la declaración; resulta pertinente prorrogar, por única vez, la presentación anual de sus Declaraciones Juradas de Cumplimiento de Obligaciones relativas a las Condiciones Técnicas y de Seguridad de las Unidades Supervisadas ­ PDJ para el mes de octubre de 2020 y su subsanación para el mes de noviembre de 2020; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, Ley Nº 27332, la Ley de Creación del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería - Osinergmin, Ley Nº 26734 y el literal w) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Osinergmin, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2016-PCM; Con la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica, de la Gerencia de Supervisión de Energía y de la División de Supervisión de Hidrocarburos Líquidos; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modificación del artículo 1 de la Resolución de Gerencia General Nº 60-2016-OS-GG Modificar el artículo 1 de la Resolución de Gerencia General Nº 60-2016-OS-GG, incorporando los siguientes anexos: a) Anexo 1-A: Formato para la Presentación de la Declaración Jurada de Cumplimiento de Obligaciones Relativas a la Zona de Almacenamiento de Hidrocarburos en Refinerías. b) Anexo 2-A: Formato para la Presentación de la Declaración Jurada de Cumplimiento de Obligaciones Relativas a la Zona de Almacenamiento de Hidrocarburos en Plantas de Abastecimiento de Combustibles Líquidos y Plantas de Abastecimiento de OPDH. c) Anexo 3-A: Formato para la Presentación de la Declaración Jurada de Cumplimiento de Obligaciones Relativas a la Zona de Almacenamiento de Hidrocarburos en Plantas de Abastecimiento en Aeropuertos. d) Anexo 4-A: Formato para la Presentación de la Declaración Jurada de Cumplimiento de Obligaciones Relativas a la Zona de Almacenamiento de Hidrocarburos en Plantas de Abastecimiento de Gas Licuado de Petróleo. Artículo 2.- Vigencia La presente resolución entra en vigencia a partir del día de su publicación.

Artículo 3.- Publicación Autorizar la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano, y conjuntamente con sus anexos en la página web de Osinergmin (www.gob.pe/ osinergmin). DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA Única.- Plazo para la presentación Prorrogar el plazo de presentación de las Declaraciones Juradas de Cumplimiento de Obligaciones relativas a las Condiciones Técnicas y de Seguridad de las Unidades Supervisadas ­ PDJ correspondientes al año 2020, por parte de los responsables de Refinerías, Plantas de Abastecimiento de Combustibles Líquidos y/o OPDH, Plantas de Abastecimiento en Aeropuertos y Plantas de Abastecimiento de Gas Licuado de Petróleo, conforme al siguiente detalle:
ÁMBITO DE APLICACIÓN (A NIVEL NACIONAL) Plantas de Abastecimiento de Combustibles Líquidos, GLP u OPDH (incluido Terminales según el caso) Plantas de Abastecimiento en Aeropuertos Refinerías MES DE DECLARACIÓN Octubre de 2020 MES DE SUBSANACIÓN Noviembre de 2020 Noviembre de 2020 Noviembre de 2020

Octubre de 2020 Octubre de 2020

JULIO SALVADOR JÁCOME Gerente General 1885660-1

ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES
Declaran infundada apelación y confirman multas impuestas a AMÉRICA MÓVIL PERÚ S.A.C. por infracciones graves tipificadas en el Régimen de Infracciones y Sanciones del Reglamento General de Calidad de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 114-2020-CD/OSIPTEL Lima, 25 de agosto de 2020 Nº 00023-2019-GG-GSF/PAS Recurso de apelación interpuesto contra la Resolución Nº 101-2020GG/OSIPTEL ADMINISTRADO AMÉRICA MÓVIL PERÚ S.A.C. VISTOS: (i) El Recurso de Apelación interpuesto por la empresa AMÉRICA MÓVIL PERÚ S.A.C (en adelante, AMÉRICA MÓVIL) contra la Resolución Nº 101-2020-GG/OSIPTEL, mediante la cual se declaró FUNDADO EN PARTE el Recurso de Reconsideración interpuesto contra la Resolución Nº 031-2020-GG/OSIPTEL, confirmando las sanciones impuesta por el incumplimiento de los compromisos de mejora de los indicadores Calidad de Cobertura de Servicio (CCS) y Calidad de Voz (CV), en el segundo semestre del año 2017, conforme a los establecido en los ítems 10 y 11 del "Anexo Nº 15 Régimen EXPEDIENTE MATERIA

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