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6 NORMAS LEGALES Domingo 11 de abril de 2021 / El Peruano DGPCFFS, y en el marco de lo previsto en el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, concluye que corresponde expedir la Resolución de Dirección Ejecutiva que dispone la publicación del citado proyecto normativo, a efectos de continuar con el trámite de aprobación; Que, conforme a lo previsto en el artículo 14 del Reglamento para la Gestión Forestal, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2015-MINAGRI, la Dirección Ejecutiva del SERFOR es la máxima autoridad ejecutiva institucional; asimismo, las normas expedidas por el SERFOR son aprobadas por dicha instancia mediante Resolución de Dirección Ejecutiva; Con el visado del Director General de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre y de la Directora General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre y el Reglamento para la Gestión de Fauna Silvestre, aprobado por Decreto Supremo N° 019-2015-MINAGRI; así como, el Reglamento de Organización y Funciones del SERFOR, aprobado mediante Decreto Supremo N° 007-2013-MINAGRI, modi fi cado por Decreto Supremo N° 016-2014-MINAGRI. SE RESUELVE: Artículo 1.- Disponer la publicación del proyecto de “Lineamientos para la elaboración de declaraciones de manejo de fauna silvestre para centros de rescate”, que forma parte integrante de la presente Resolución, por un plazo de diez (10) días hábiles, contado a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano, a efectos de recibir los comentarios y/o aportes de las personas interesadas. Artículo 2.- Los comentarios y/o aportes al proyecto de “Lineamientos para la elaboración de declaraciones de manejo de fauna silvestre para centros de rescate”, deben remitirse de acuerdo con el formato que en Anexo forma parte integrante de la presente Resolución, a la sede central del SERFOR, ubicada en Av. Javier Prado Oeste N° 2442, urbanización Orrantia, Magdalena del Mar, Lima, a sus Administraciones Técnicas Forestales y de Fauna Silvestre, o a la dirección electrónica serforpropone@serfor.gob.pe. Artículo 3.- Encargar a la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre recibir, procesar y sistematizar los comentarios y/o aportes que se presenten en el marco de lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano; así también, se publica la presente Resolución, el documento mencionado en el Artículo 1 y el Anexo, en el Portal Institucional del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre – SERFOR (www.gob.pe/serfor). Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ALBERTO MURO VENTURA Director Ejecutivo (e)Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre 1942714-2 PRODUCE Autorizan transferencia financiera a favor del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), destinado a financiar la ejecución del Proyecto de Inversión “Mejoramiento del Servicio de Comercialización del Gran Mercado de Belén, 2da Fase, Iquitos, Provincia de Maynas, Departamento de Loreto” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 00109-2021-PRODUCE Lima, 9 de abril de 2021VISTOS: El Informe N° 00000030-2021-PRODUCE/ DVMYPE-I-PNDP y el Informe N° 00000033-2021-PRODUCE/DVMYPE-I-PNDP del Programa Nacional de Diversi fi cación Productiva del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria; el Informe N° 00000058-2021-PRODUCE/OPMI, el Memorando N° 00000360-2021-PRODUCE/OGPPM y el Informe N° 00000068-2021-PRODUCE/OP de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, el Informe N° 00000224-2021-PRODUCE/OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, en el marco de la Ley N° 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, mediante Resolución Ministerial N° 435-2020-PRODUCE se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2021 del Pliego 038: Ministerio de la Producción; Que, mediante Resolución Ministerial N° 429-2020-PRODUCE se aprueba la suscripción del Convenio de Administración de Recursos entre el Ministerio de la Producción y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), para la ejecución del Proyecto de Inversión “Mejoramiento del Servicio de Comercialización del Gran Mercado de Belén, 2da Fase, Iquitos, Provincia de Maynas, Departamento de Loreto”, el mismo que cuenta con la opinión favorable y vinculante del Ministerio de Economía y Finanzas, en el marco de lo señalado por la Ley N° 30356, Ley que fortalece la transparencia y el control en los convenios de administración de recursos con organizaciones internacionales y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 381-2015-EF; Que, con fecha 29 de diciembre de 2020, el Ministerio de la Producción y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) suscribieron el Documento de Proyecto “Mejoramiento del Servicio de Comercialización del Gran Mercado de Belén, 2da Fase, Iquitos, Provincia de Maynas, Departamento de Loreto”, con el propósito de fi nalizar las actividades de construcción del referido Proyecto; en el marco de lo establecido por la Resolución Ministerial N° 429-2020-PRODUCE; Que, la Sexagésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, autoriza al Ministerio de la Producción, durante el Año Fiscal 2021, para aprobar transferencias fi nancieras, hasta por la suma de S/ 20 000 000,00 (VEINTE MILLONES Y 00/100 SOLES) a favor de organismos internacionales y celebrar convenios de administración de recursos y/o adendas, conforme a lo dispuesto por la Ley N° 30356, Ley que fortalece la transparencia y el control en los convenios de administración de recursos con organizaciones internacionales, con el objeto de continuar con la ejecución del proyecto de inversión “Mejoramiento del Servicio de Comercialización del Gran Mercado de Belén, 2da Fase, Iquitos, Provincia de Maynas, Departamento de Loreto” (Código Único de Inversiones – CUI N°2274894); Que, mediante Resolución Ministerial N° 065-2021-PRODUCE se autorizó una Transferencia Financiera con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de la Producción, hasta por la suma de S/ 2 400 000,00 (DOS MILLONES CUATROCIENTOS MIL CON 00/100 SOLES), a favor del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo–PNUD, destinado a fi nanciar la ejecución del Proyecto de Inversión “Mejoramiento del Servicio de Comercialización del Gran Mercado, 2da Fase, Iquitos, Provincia de Maynas, Departamento de Loreto” (CUI N° 2274894), en el marco de lo dispuesto en la Sexagésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021; Que, el Programa Nacional de Diversi fi cación Productiva del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, mediante el Informe N° 00000033-2021-PRODUCE/DVMYPE-I-PNDP, presenta la proyección de ejecución de los recursos del proyecto de inversión pública