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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE ABRIL DEL AÑO 2021 (18/04/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 48

48 NORMAS LEGALES Domingo 18 de abril de 2021 / El Peruano Artículo 7º.- Medidas de ordenamiento: Establecer que el retiro, reubicación, reordenamiento y reconversión se constituyen como medidas de ordenamiento de la infraestructura aérea de servicio público existente. Artículo 8º.- Procedencia de las medidas de ordenamiento: Se podrá disponer de la aplicación de las medidas de ordenamiento de la infraestructura aérea de servicio público existente cuando se veri fi que que ésta se encuentra atentando contra el medio ambiente, la salud pública, la seguridad, el patrimonio histórico, el ordenamiento territorial y el ornato de la ciudad. La ejecución de las medidas de ordenamiento referidas al reordenamiento, reubicación y retiro se ajustan al siguiente procedimiento: 1. La Subgerencia de Obras Públicas y Transporte notifi cará a todas las empresas prestadoras del servicio público de telecomunicaciones, a fi n de que entreguen el catastro de su planta externa en formato georreferenciado (GIS), así como, de los postes instalados en el Distrito de Breña, el mismo que deberá ser presentado en un plazo máximo 15 días hábiles. Cabe señalar que dicho catastro, deberá contener como mínimo lo siguiente: a. Información georreferenciada de elementos de planta externa de cableado aéreo y postes. b. Distinguir los elementos comunes a todas las tecnologías: poste (madera, concreto, etc.), cámaras, etc. c. Distinguir los elementos propios de cada tecnología. i. Cobre (XDSL): Armarios, cajas Terminales, Multipares, etc. ii. Coaxial (HFC): TROBAS, Ampli fi cadores, Suministro de energía, Multicapas Taps. iii. Fibra (FTTX): Nodos Ópticos, Divisores (Splitters), cables de guardia, etc. 2. Obtenida dicha información, la Subgerencia de Obras Públicas y Transporte identi fi cará por etapas, las áreas de dominio público administradas por la Municipalidad Distrital de Breña, que requieran de la ejecución de las medidas de ordenamiento, emitiendo la correspondiente opinión técnica. Los archivos en formato GIS remitidos por las empresas prestadoras del servicio público de Telecomunicaciones serán almacenadas en un repositorio GIS de la corporación edil denominado “SERVIDOR_GIS”; siendo este espacio físico de alojamiento en la comuna edil con el propósito de almacenamiento de metadata y contenido digital referidos a las diversas capas de contenido de información remitidas por las empresas prestadoras del servicio de Telecomunicaciones. Igualmente es aplicable a otros formatos, como del tipo plano, tabular y/o listado, cuyo contenido precise LATITUDE y LONGITUDE sobre la ubicación de los puntos de interés (Pdl).3. La Subgerencia de Obras Públicas y Transporte solicitará a las empresas prestadoras del servicio público de telecomunicaciones, la presentación de su “Plan de Ordenamiento “en las áreas de dominio público identi fi cadas, con la indicación de las medidas de ordenamiento a ejecutar, otorgando para ello un plazo máximo de 15 (quince) días hábiles, contabilizados desde el día siguiente de su debida noti fi cación. 4. La empresa prestadora del servicio público de telecomunicaciones, presentará dentro del plazo previsto de 15 (quince) días hábiles, su “Plan de Ordenamiento”, conforme a lo requerido por la Subgerencia de Obras Públicas y Transporte. El plazo señalado por el operador para la ejecución de dicho plan de ordenamiento no deberá exceder de 30 (treinta) días hábiles. 5. La Subgerencia de Obras Públicas y Transporte, en un plazo de hasta 10 días hábiles, evaluará el “Plan de Ordenamiento” presentado y noti fi cará al operador de la infraestructura aérea de servicio público la aceptación del mismo para que se proceda con el inicio de la obra. En caso no se hayan considerado todas las medidas de ordenamiento indicadas, se noti fi cará inclusión de las mismas, otorgando un plazo adicional de 10 (diez) días hábiles para ello. 6. En un plazo máximo de 02 días hábiles de culminada las medidas de ordenamiento, las empresas prestadoras del servicio público de telecomunicaciones, bajo responsabilidad, comunicarán a la Subgerencia de Obras Públicas y Transporte la fi nalización de las mismas, encontrándose facultado el órgano competente para verifi car su correcto cumplimiento. 7. La Subgerencia de Obras Públicas y Transporte podrá comunicar a la Subgerencia de Fiscalización Administrativa, el incumplimiento de las medidas de ordenamiento por parte de las empresas prestadoras del servicio público de telecomunicaciones a fi n de que se ejecuten las acciones correspondientes acorde a su competencia. El Plan de Ordenamiento contiene la solicitud adjuntando la siguiente información: • Cronograma de ordenamiento detallando las actividades a desarrollar en número de días. • Memoria descriptiva indicando la medida de ordenamiento a ejecutar, por cada cuadra a intervenir y el metrado de la misma. • Fotografías de las zonas a intervenir clasi fi cadas por número de cuadra. • Autorización de “Interferencia de vías “emitido por la Municipalidad Metropolitana de Lima, en los casos que corresponda Artículo 9º.- Mitigación de impacto en el ornato: Las medidas de ordenamiento referidas al reordenamiento y reubicación deberán ser aplicadas utilizando tecnología de última generación, con la fi nalidad de mitigar los impactos que la misma genere en el ornato de la ciudad Artículo 10º.- Atribuciones de la municipalidad: REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos Constitucionales Autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, deberán ser remitidos al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. 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