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50 NORMAS LEGALES Domingo 18 de abril de 2021 / El Peruano Ordenanza que aprueba el Programa Municipal de Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental del distrito de Breña - EDUCCA BREÑA 2021-2022 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 0560-2021-MDB Breña, 29 de marzo del 2021 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE BREÑAPOR CUANTO:El Concejo Municipal Distrital de Breña, en Sesión Ordinaria de la fecha. VISTO:El informe Nº 014-2021-GSCGA/MDB, de fecha 26 de enero de 2021, de la Gerencia de Servicios Comunales y Gestión Ambiental; el Informe Nº 051-2021-MDB/GPPROPMICI, de fecha 03 de marzo de 2021, de la Gerencia de Plani fi cación, Presupuesto, Racionalización, OPMI y Cooperación Institucional; y el Informe Nº 095-2021-GAJ-MDB, de fecha 05 de marzo de 2021, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; todos los actuados sobre la aprobación del proyecto “Ordenanza que aprueba el Programa Municipal de Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental del Distrito de Breña - EDUCCA Breña 2021-2022”, y; CONSIDERANDO:Que, de acuerdo con el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por Ley Nº 30305, las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local, que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 “Ley Orgánica de Municipalidades”; Que, el artículo primero del título preliminar de la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente, señala; “Toda persona tiene el derecho irrenunciable a vivir en un ambiente saludable, equilibrado y adecuado para el pleno desarrollo de la vida, y el deber de contribuir a una efectiva gestión ambiental y de proteger el ambiente, así como sus componentes, asegurando particularmente la salud de las personas en forma individual y colectiva, la conservación de la diversidad biológica, el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales y el desarrollo sostenible del país”; Que, de acuerdo con el artículo 195º y 197º de la Constitución Política del Perú señalan que las Municipalidades son competentes para regular -entre otros- las actividades y/o servicios en materia de educación, medio ambiente y cultura, recreación, así como promover la participación vecinal; Que, el inciso 7 del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, concede atribuciones al Concejo Municipal para aprobar el sistema de gestión ambiental local y sus instrumentos, en concordancia con el sistema de gestión ambiental nacional y regional; Que, el numeral 3.3 del artículo 73º de la Ley Nº 27972, establece que es responsabilidad de las Municipalidades “Promover la educación e investigación ambiental en su localidad e incentivar la participación ciudadana en todos sus niveles”; Que, el numeral 13 del artículo 82º de la norma citada, concede a las Municipalidades como competencias y funciones especí fi cas compartidas con el gobierno nacional y el regional promover la cultura de la prevención mediante la educación para la preservación del ambiente; Que, el numeral 8.2 artículo 8º de la Ley General del Ambiente Ley Nº 28611, señala que, las políticas y normas ambientales de carácter nacional, sectorial, regional y local se diseñan y aplican de conformidad con lo establecido en la Política Nacional de Ambiente y deben guardar concordancia entre sí; Que, de la norma citada en su artículo 127º numeral 127.2 párrafo h, establece que el Ministerio de Educación y la Autoridad Ambiental Nacional coordinan con las diferentes entidades del estado para formular la Política Nacional de Educación Ambiental teniendo entre sus lineamientos orientadores desarrollar programas de educación ambiental, como base para la adaptación e incorporación de materia y conceptos ambientales, en forma transversal, en los programas educativos formales y no formales de los diferentes niveles; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 456-2018-MINAM; el Ministerio del Ambiente aprueba el “Instructivo para elaborar e implementar el Programa Municipal EDUCCA”; como ante rector que promueve el diseño, aprobación e implementación del Programa Municipal de Educación, Cultura y Ciudanía Ambiental por los gobiernos locales, como un instrumento de implementación PLANEA a nivel local; Que, mediante Informe Nº 014-2021-GSCGA/MDB, la Gerencia de Servicios Comunales y Gestión Ambiental, presenta el proyecto de Ordenanza que Aprueba el Programa Municipal de Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental del Distrito de Breña - EDUCCA Breña 2021-2022; Que, mediante Informe Nº 051-2021-GPPROPMICI/ MDB, la Gerencia de Plani fi cación, Presupuesto, Racionalización, OPMI y Cooperación Interinstitucional, sugiere modi fi car el proyecto de Ordenanza que Aprueba el Programa Municipal de Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental del Distrito de Breña - EDUCCA Breña 2021-2022, siempre y cuando cuente con la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica, cuya competencia es en estos casos de normatividad, en este sentido otorga opinión favorable para la aprobación del mismo; Que, mediante Informe Nº 095-2021-GAJ-MDB, la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable a la aprobación del proyecto de Ordenanza que Aprueba el Programa Municipal de Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental del Distrito de Breña - EDUCCA Breña 2021-2022; Que, con Dictamen Nº 03-2021-GSCGA-CM/MDB, la Comisión de Servicios Comunales y Gestión Ambiental, recomendó al Pleno del Concejo Municipal aprobar el proyecto “Ordenanza que aprueba el Programa Municipal de Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental del Distrito de Breña - EDUCCA Breña 2021-2022”, y; De conformidad en el numeral 8) del artículo 9º, así como el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, el honorable Concejo Municipal en la Sesión Ordinaria de fecha 29 de marzo del presente, luego del debate correspondiente y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, aprobado por UNANIMIDAD la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PROGRAMA MUNICIPAL DE EDUCACIÓN, CULTURA Y CIUDADANÍA AMBIENTAL DEL DISTRITO DE BREÑA - EDUCCA BREÑA 2021-2022 Artículo Primero.- APROBAR la Ordenanza que aprueba el Programa Municipal de Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental del Distrito de Breña - EDUCCA BREÑA 2021-2022, el mismo que en anexo adjunto, forma parte integrante y sustancial de la presente Ordenanza Municipal. Artículo Segundo.- RECONOCER a niños, adolescentes, jóvenes, directores y docentes de las instituciones educativas, que participen en el Programa Municipal EDUCCA-BREÑA tomando como criterios lo establecido en el “Instructivo para la implementación del reconocimiento a las Buenas Prácticas Ambientales Verde” del Anexo de la Resolución Ministerial Nº 003-2015-MINAM. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Servicios Comunales y Gestión Ambiental, en coordinación con la Sub Gerencia de Juventud, Educación, Cultura y Deporte y Subgerencia de Participación Vecinal y