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38 NORMAS LEGALES Domingo 18 de abril de 2021 / El Peruano regional, establece el valor de 5.25% de una unidad impositiva tributaria (UIT). En el acuerdo adoptado por el Consejo Regional de Ica 1.5. Mediante el Acuerdo de Consejo Regional Nº 010-2021-GORE-ICA, el consejo regional de Ica declaró la vacancia del cargo del señor consejero por causa de fallecimiento, encargando a la Secretaría General tramitar lo correspondiente ante este órgano electoral. En el Reglamento sobre la Casilla Electrónica del Jurado Nacional de Elecciones2 (en adelante, Reglamento) 1.6. El artículo 16 del Reglamento indica que todas las partes de los procesos electorales y no electorales, jurisdiccionales o de índole administrativa, serán notifi cadas únicamente a través de sus respectivas casillas electrónicas, debiendo solicitar la apertura de las mismas, así en caso de que no la soliciten, se entenderán por noti fi cados, a través de su publicación en el portal institucional del JNE <www.jne.gob.pe>. SEGUNDO. ANÁLISIS DEL CASO CONCRETO2.1. Acreditada la causa de vacancia contemplada en el numeral 1 del artículo 30 de la LOGR (ver SN 1.1.) con la copia del certi fi cado de defunción y la consulta en línea efectuada al Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil (Reniec), y habiendo sido declarada la vacancia, tal como consta en el Acuerdo de Consejo Regional (ver SN 1.5.), corresponde dejar sin efecto la credencial otorgada al señor consejero regional. 2.2. Para completar el número de consejeros regionales corresponde convocar a don Luis Antonio Arteaga Coronado, identi fi cado con DNI Nº 22098383, candidato no proclamado de la organización política Movimiento Regional Obras por la Modernidad, para que asuma el cargo de consejero del Consejo Regional de Ica por la provincia de Nasca, por el periodo 2019-2022. 2.3. Dicha convocatoria se realiza de acuerdo con el Acta General de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Regionales Electas del Gobierno Regional de Ica, del 12 de noviembre de 2018, emitida por el Jurado Electoral Especial de Ica, con motivo del proceso de Elecciones Regionales 2018. 2.4. Cabe precisar que uno de los requisitos exigidos para la procedencia de la convocatoria de candidato no proclamado es el pago de la tasa (ver SN 1.4.), lo cual ha sido cumplido por la entidad edil. 2.5. La noti fi cación del presente pronunciamiento debe diligenciarse conforme a lo dispuesto en el Reglamento (ver SN 1.6.). Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE1. DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a don Jorge Luis Navarro Oropeza, como consejero del Consejo Regional de Ica por la provincia de Nasca, emitida con motivo del proceso de Elecciones Regionales 2018, por la causa de fallecimiento, establecida en el numeral 1 del artículo 30 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. 2. CONVOCAR a don Luis Antonio Arteaga Coronado, identi fi cado con DNI Nº 22098383, para que asuma el cargo de consejero del Consejo Regional de Ica por la provincia de Nasca, a fi n de completar el periodo de gobierno regional 2019-2022, para lo cual se le entregará la respectiva credencial que lo faculta como tal. 3. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán notificados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica del Jurado Nacional de Elecciones, aprobado mediante la Resolución Nº 0165-2020-JNE; y para la presentación de escritos u otros documentos se encuentra disponible la Mesa de Partes Virtual (MPV), en el portal electrónico institucional, <www.jne.gob.pe>.Regístrese, comuníquese y publíquese. SS.SALAS ARENAS ARCE CÓRDOVA SANJINEZ SALAZAR RODRÍGUEZ VÉLEZVargas Huamán Secretaria General 1 Aprobada mediante la Resolución Nº 0412-2020-JNE, publicada el 30 de octubre de 2020, en el diario o fi cial El Peruano. 2 Aprobado mediante la Resolución Nº 0165-2020-JNE, publicada el 19 de junio de 2020, en el diario o fi cial El Peruano. 1944842-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MADRE DE DIOS Aprueban la actualización del Sistema Regional de Gestión Ambiental del Gobierno Regional de Madre de Dios (Se publica la presente Ordenanza a solicitud del Gobierno Regional de Madre de Dios, mediante O fi cio N° 312-2021-GOREMAD/GR, recibido el 16 de abril de 2021) ORDENANZA REGIONAL Nº 001-2020-RMDD/CR POR CUANTO:El Consejo Regional del Gobierno Regional de Madre de Dios, en Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día lunes 09 de marzo del 2020, en su sede institucional, aprobó la siguiente Ordenanza Regional. CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, emanan de la voluntad popular, gozan de autonomía política, económica y administrativa, y tienen por misión, organizar y conducir la gestión pública regional, de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales. Que, el Consejo Regional es el órgano normativo y fi scalizador del Gobierno Regional y de conformidad con el literal a) del artículo 15 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, tiene entre otras atribuciones, las de aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. Que, el artículo 38 de la precitada ley, establece que “Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia”. Que, en aras de promover el desarrollo de los pueblos con sostenibilidad; es decir, la explotación de los recursos naturales, en armonía con la conservación del medioambiente, varios países del mundo, entre ellos el Perú, suscribieron la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático, cuyos lineamientos han sido incorporados al ordenamiento jurídico peruano mediante Resolución Legislativa Nº 26185. Que, en materia de gestión ambiental, por expresa disposición contenida en el artículo 53 de la Ley Nº 27867,