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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE ABRIL DEL AÑO 2021 (26/04/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 10

10 NORMAS LEGALES Lunes 26 de abril de 2021 / El Peruano titular de la entidad. Cada entidad aprueba su propuesta de CPE mediante resolución del órgano competente, conforme a su normativa de creación o reglamentaria. El CPE debe contemplar todos los puestos de la entidad, incluidos los que no se encuentren dentro del régimen del Servicio Civil. En la aprobación del CPE, SERVIR y MEF tienen las siguientes responsabilidades: a) SERVIR: Da la conformidad sobre los aspectos relacionados al número de puestos y posiciones de cada entidad y sus modi fi caciones. b) MEF: Valida la asignación presupuestal para los puestos aprobados. Los CPE de los organismos públicos deben contar con opinión favorable previa de la entidad a la cual pertenecen. La propuesta de CPE de las entidades Tipo B es aprobada por la entidad Tipo “A”, a la que pertenecen; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000070-2021-SERVIR-PE se formalizó la aprobación de la “Directiva Nº 003-2021-SERVIR-GDSRH Elaboración del Cuadro de Puestos de la Entidad”, cuyo objetivo es establecer y precisar normas técnicas y procedimientos de observancia obligatoria, que las entidades públicas deben seguir para la administración de puestos y posiciones, en el marco del tránsito de entidades públicas al régimen del Servicio Civil; Que, la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos, en coordinación con la Gerencia de Políticas de Gestión del Servicio Civil, a través del documento del visto propone la incorporación de una disposición complementaria transitoria, la cual permita que las propuestas del Cuadro de Puestos de la Entidad, aprobadas por el titular de la entidad que se encuentren en proceso de evaluación por SERVIR o el MEF, se rijan hasta su aprobación por la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH, Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, y elaboración del Cuadro de Puestos de la Entidad – CPE, formalizada por la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 304-2015-SERVIR-PE y modi fi cada y actualizada por la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 057-2016-SERVIR-PE; Que, el numeral 2 del artículo 28 del Reglamento de la Ley Marco para la Producción y Sistematización Legislativa, Ley Nº 26889, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2006-JUS, prevé que las disposiciones complementarias transitorias tienen como fi nalidad facilitar el tránsito al régimen jurídico previsto por la nueva regulación; y, deben incluir preceptos que establezcan la ultraactividad de la norma antigua para regular las situaciones jurídicas iniciadas con anterioridad a la entrada en vigor de la nueva disposición; Que, en el marco de sus funciones, el Consejo Directivo en la sesión Nº 010-2021 aprobó la modi fi cación de la “Directiva Nº 003-2021-SERVIR-GDSRH Elaboración del Cuadro de Puestos de la Entidad”, incorporando una Tercera Disposición Complementaria Transitoria, de acuerdo a la propuesta presentada por la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos, en coordinación con la Gerencia de Políticas de Gestión del Servicio Civil, encargándose a la Presidencia Ejecutiva emitir la resolución correspondiente; Con los vistos de la Gerencia General, de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos, la Gerencia de Políticas de Gestión del Servicio Civil; y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1023, Decreto Legislativo que crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil, rectora del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos; la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil; el Reglamento General de la Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM y modi fi catorias; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, y, en uso de las facultades establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 062-2008-PCM y modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Formalizar la aprobación de la modi fi cación de la “Directiva Nº 003-2021-SERVIR-GDSRH Elaboración del Cuadro de Puestos de la Entidad” incorporando una Tercera Disposición Complementaria Transitoria, cuyo texto es el siguiente: “Tercera. Propuesta de CPE en proceso de evaluación por SERVIR y/o MEF. La propuesta de CPE, aprobada por el(la) titular de la entidad, que se encuentre en proceso de evaluación por SERVIR o el MEF, se rige hasta su aprobación por el Consejo Directivo de SERVIR, por los criterios y condiciones establecidos en la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH, Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad — CPE, formalizada por la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 304-2015-SERVIR-PE, y modi fi cada y actualizada por la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 057-2016-SERVIR-PE. Las entidades comprendidas en esta disposición deben adecuar sus anexos del CPE a los aprobados por la presente directiva, a partir de la primera actualización y/o modi fi cación de dicho instrumento” Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano; y en el Portal Institucional de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR (www.servir.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.JANEYRI ELIZABETH BOYER CARRERA Presidenta Ejecutiva 1947049-1 AUTORIDAD DE TRANSPORTE URBANO PARA LIMA Y CALLAO Designan Director de la Dirección de Operaciones de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao – ATU RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 055-2021-ATU/PE Lima, 25 de abril de 2021 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 30900, se crea la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao – ATU, como organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, con personería jurídica de derecho público interno y con autonomía administrativa, funcional, económica y fi nanciera; Que, el literal e) del artículo 16 de la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU, aprobada por Decreto Supremo Nº 003-2019-MTC, establece que la Presidencia Ejecutiva tiene la función de designar, entre otros, a los titulares de los órganos de línea, de asesoramiento y de apoyo, así como de las unidades orgánicas de ser el caso; Que, se encuentra vacante el cargo de Director/a de la Dirección de Operaciones de la ATU, cargo considerado de con fi anza; Contando con la visación de la Gerencia General, la Ofi cina de Gestión de Recursos Humanos y la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en el artículo 7 de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y estando a las funciones establecidas en los literales e) y t) del artículo 16 de la