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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE ABRIL DEL AÑO 2021 (26/04/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 9

9 NORMAS LEGALES Lunes 26 de abril de 2021 El Peruano / TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Designan al/a la Director/a Ejecutivo/a del Programa Nacional para la Empleabilidad como representante del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo ante el Consejo Directivo Nacional del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción - SENCICO RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 074-2021-TR Lima, 23 de abril de 2021VISTOS: El Memorando Nº 0289-2021-MTPE/3 del Despacho Viceministerial de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, y el Informe Nº 0300-2021-MTPE/4/8 de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, el literal c) del artículo 11 del Decreto Legislativo Nº 147, Ley del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción, establece que el Consejo Directivo Nacional de dicha institución está integrado, entre otros, por un representante del Ministerio de Trabajo, quien deberá ser un funcionario cuya actividad esté vinculada con la formación profesional, con jerarquía de Director General o de Director; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 205-2017- TR, de fecha 7 de noviembre de 2017, se designa al/a la Director/a General de Formación Profesional y Capacitación Laboral, como representante del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo ante el Consejo Directivo Nacional del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción – SENCICO; Que, mediante documento de vistos, y por convenir al servicio, el Despacho Viceministerial de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral remite la propuesta de designación del Director Ejecutivo del Programa Nacional para la Empleabilidad del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, como representante del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo ante el Consejo Directivo Nacional del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción – SENCICO; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, de la Secretaría General y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 4 de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el numeral 8) del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el artículo 11 del Decreto Legislativo Nº 147, Ley del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción; SE RESUELVE:Artículo 1. Designar al/a la Director/a Ejecutivo/a del Programa Nacional para la Empleabilidad del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, como representante del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo ante el Consejo Directivo Nacional del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción - SENCICO. Artículo 2. Dar por concluida la designación del/ de la Director/a General de Formación Profesional y Capacitación Laboral, actualmente, Director/a General de Normalización, Formación para el Empleo y Certi fi cación de Competencias Laborales, como representante del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo ante el Consejo Directivo Nacional del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción – SENCICO. Artículo 3. Remitir copia de la presente resolución ministerial al Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción - SENCICO, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAVIER EDUARDO PALACIOS GALLEGOS Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 1947051-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL Incorporan Tercera Disposición Complementaria Transitoria a la “Directiva N° 003-2021-SERVIR-GDSRH Elaboración del Cuadro de Puestos de la Entidad” RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 000075-2021-SERVIR-PE Lima, 24 de abril de 2021VISTO: el Informe Técnico Nº 000076-2021-SERVIR- GDSRH de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos; y, CONSIDERANDO:Que, mediante la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, se estableció un régimen único y exclusivo para las personas que prestan servicios en las entidades públicas del Estado, así como para aquellas personas que están encargadas de su gestión, del ejercicio de sus potestades y de la prestación de servicios a cargo de éstas; Que, mediante la Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley del Servicio Civil se creó el Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE) como instrumento de gestión. El CPE de cada entidad se aprueba mediante resolución del Consejo Directivo de SERVIR con opinión favorable de la Dirección General de Presupuesto Público y la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas. Este instrumento reemplaza al Cuadro de Asignación de Personal (CAP) y al Presupuesto Analítico de Personal (PAP). Las entidades nuevas y, las que no siendo nuevas tengan puestos que, por mandato de la ley, deban regirse por el régimen del servicio civil, solo requieren cumplir con la valorización de los puestos propuestos para implementar dicho régimen. La Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas, en coordinación con SERVIR, aprueba la valorización; Que, el artículo 128 del Reglamento General de la Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, señala que, en materia de recursos humanos, el Cuadro de Puestos de la Entidad, en adelante CPE, es el instrumento de gestión en donde las entidades establecen los puestos, la valorización de los mismos y el presupuesto asignado a cada uno de ellos, incluidos los puestos vacantes presupuestados, entre otra información. SERVIR, en coordinación con el MEF, emitirá la directiva para la elaboración del CPE por las entidades, la cual es de obligatorio cumplimiento, bajo responsabilidad del