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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE ABRIL DEL AÑO 2021 (26/04/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 14

14 NORMAS LEGALES Lunes 26 de abril de 2021 / El Peruano RECAS establezcan el detalle de las mismas, a través de una resolución, conforme a la información remitida a la Gerencia de Recursos Humanos y Bienestar de la Gerencia General del Poder Judicial. Artículo Tercero.- Disponer que los órganos de la Gerencia General y las Cortes Superiores de Justicia que tienen a su cargo la gestión de recursos humanos realicen las acciones administrativas y brinden el apoyo técnico necesario para la adecuada implementación de lo establecido en la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 034-2021. Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, la O fi cina de Control de la Magistratura, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.ELVIA BARRIOS ALVARADO Presidenta El voto en discordia de la señora Consejera Mercedes Pareja Centeno, es como sigue: VOTO DISCORDANTE DE LA SEÑORA CONSEJERA MERCEDES PAREJA CENTENO Con el debido respeto al criterio de los señores Consejeros del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial del Perú, la Consejera Mercedes Pareja Centeno procede a emitir el presente VOTO DISCORDANTE; en los siguientes términos: I. ANTECEDENTES:La Ley N° 31131, Ley que establece disposiciones para erradicar la Discriminación en los Regímenes Laborales del Sector Público dispuso trasladar progresivamente a los servidores civiles vinculados bajo el régimen especial de contratación administrativa de servicios (RECAS) a los regímenes regulados por los Decretos Legislativos Nos. 276 y 728, siempre que reúnan los requisitos establecidos en la mencionada norma. Luego, mediante Decreto de Urgencia N° 034-2021 del 31 de marzo de 2021, se establecieron medidas para el otorgamiento de la “Prestación Económica de Protección Social de Emergencia ante la pandemia del coronavirus COVID-19” y del “Subsidio por Incapacidad Temporal para pacientes diagnosticados con COVID-19”, así como otras medidas complementarias para mitigar los efectos económicos y sociales causados por la crisis sanitaria global; y, en su Segunda Disposición Complementaria Final, autoriza a las entidades de la Administración Pública comprendidas en el artículo 2° del Decreto Legislativo N° 1057, Decreto Legislativo que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios, de manera excepcional, a contratar servidores civiles en dicho régimen hasta el 17 de mayo de 2021, con una vigencia de hasta el 31 de diciembre de 2021, término en el cual concluyen dichos contratos de pleno derecho y son nulos los actos en contrario que conlleven a sus ampliaciones. En ese contexto, mediante Resolución Administrativa N° 000103-2021-CE-PJ el 7 de abril de 2021, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aprobó el Cuadro de Necesidades Institucionales de Servidores Civiles que serán contratados bajo el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios -RECAS- del Decreto Legislativo N° 1057, y dictó diversas disposiciones que permitan hacer efectiva la implementación de lo dispuesto por la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 034-2021. A través de la Resolución Administrativa N° 000112-2021-CE-PJ del 15 de abril de 2021, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aprobó la Ampliación del Cuadro de Necesidades Institucionales de Servidores Civiles que serán contratados bajo el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios -RECAS- del Decreto Legislativo N° 1057. Dicha ampliación fue de treinta y tres (33) posiciones RECAS requeridos por las Cortes Superiores de Justicia de Ayacucho, Ica, Piura, Huancavelica, Selva Central, Loreto, Sullana, Tacna, Arequipa, Ancash, Cusco, Ucayali, Lima Norte, Puente Piedra-Ventanilla y Gerencia General. Mediante O fi cio N°000638-2021-GG-PJ de la Gerencia General eleva al Consejo Ejecutivo el Informe N° 000542-2021-OAL-GG-PJ de la O fi cina de Asesoría Legal, el Informe Técnico N° 000037-2021-GRHB-GG-PJ emitido por la Gerencia de Recursos Humanos y Bienestar y el Memorando N° 000367-2021-GP-GG-PJ proveniente de la Gerencia de Plani fi cación al que adjunta el Informe N° 000099-2021-SPP-GP-GG de la Subgerencia de Planes y Presupuesto, todos del 16 de abril de 2021, por el cual remite proyecto de resolución relacionado a la ampliación del Cuadro de Necesidades Institucionales de Servidores Civiles aprobado mediante la Resolución Administrativa N° 000103-2021-CE-PJ del 7 de abril de 2021 y Resolución Administrativa N° 000112-2021-CE-PJ del 15 de abril de 2021, que deben ser contratados bajo el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios -RECAS- del Decreto Legislativo N° 1057; en el marco de lo establecido por la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 034-2021, II. CONSIDERANDO: PRIMERO: Sobre los aspectos formales que cumplir para la autorización de la determinación del Cuadro de Necesidades y Posiciones de personal bajo el régimen CAS de carácter de tránsito o permanente, para aplicar lo establecido en el D.U. N°034-2021 1.1. Mediante el Informe Técnico N° 000037-2021-GRHB-GG-PJ del 16 de abril de 2021 emitido por la Gerencia de Recursos Humanos y Bienestar se comunica que diversas sedes judiciales y administrativas han solicitado la ampliación de sus requerimientos de posiciones RECAS para el presente ejercicio, a fi n de cumplir con la prestación del servicio judicial de acuerdo con los estándares de calidad que requiere la ciudadanía usuaria de estos servicios. De acuerdo al contenido del Informe en mención, los distritos judiciales y las diferentes Unidades Orgánicas remitieron la información al 15/04/2021, a través del Sistema de Gestión Documental – SGD y correo electrónico, en base a la cual se concluye que el Poder Judicial cuenta a la fecha con 83 posiciones habilitadas vacantes y 519 posiciones propuestas y que debe ser consideradas para la ampliación del cuadro de necesidades institucionales de servidores civiles, las cuales podrán ser convocadas conforme a lo dispuesto en el Decreto de Urgencia Nº 034-2021, cuyo plazo máximo se estableció hasta el 17 de mayo de 2021, las cuales podrán ser prorrogadas solo hasta el 31 de diciembre de 2021. Además, precisa que los Concursos Públicos de Méritos se deberán realizar, teniendo en cuenta las etapas y plazos establecidos en el citado decreto de urgencia. 1.2. Por otro lado, en el Memorando N°000367-2021- GP-GG-PJ del 16 de abril de 2021 emitido por la Gerencia de Plani fi cación señala que: “… de acuerdo a lo informado por la GRHB y conforme a los saldos disponibles, las necesidades de contratación cuentan con el fi nanciamiento correspondiente con cargo al Presupuesto Institucional Autorizado para el presente año y no requerirían de mayores recursos…” (Resaltado agregado) 1.3. Sobre el particular, se debe tener en cuenta que el D.U. N°034-2021 señala que la máxima autoridad administrativa de la entidad que realiza la determinación de necesidades de servidores indispensables a la población, y para ello previamente debe existir los siguientes informes: “….de la O fi cina de Recursos Humanos y la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, o de quienes hagan sus veces, previo requerimiento y coordinación de los