TEXTO PAGINA: 139
139 NORMAS LEGALES Sábado 28 de agosto de 2021 El Peruano / correspondiente para su validación y posterior aprobación; Que, mediante Proveído Nº 002-2021-MPH/GSCyF de fecha 28 de enero del 2021, la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Fiscalización remite a la Sub Gerencia de Fiscalización y Defensa del Consumidor el formato de procedimiento administrativo para su veri fi cación y/o validación; Que, mediante Informe Nº 039-2021-MPH/GSCyF- SGFyDC de fecha 16 de febrero del 2021 la Sub Gerencia de Fiscalización y Defensa del Consumidor comunica a la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Fiscalización, que cumple con remitir adjunto al presente los procedimientos administrativos incorporados al TUPA de la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Fiscalización, rati fi cados para su aprobación en el nuevo Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), de la Municipalidad Provincial de Huarmey, conforme a la normatividad vigente; Que, Informe Nº 042-2021-MPH-GSCyF de fecha 18 de febrero del 2021, la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Fiscalización remite a la Gerencia Municipal el Informe Nº 039-2021- MPH/GSCyDC de fecha 16 de febrero del 2021 emitido por la Sub Gerencia de Fiscalización y Defensa del Consumidor mediante el cual RATIFICA el contenido de los procedimientos administrativos incorporados al TUPA de la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Fiscalización de la Municipalidad Provincial de Huarmey, para su trámite correspondiente; Que, mediante Memorándum Nº 0369-2021 MPH/ GM de fecha 18 de Febrero del 2021, la Gerencia Municipal solicita a este despacho Opinión Legal sobre PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS INCORPORADOS AL TUPA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARMEY; Que, el numeral 40.1 del artículo 40º del TUO de la Ley 27444, señala que: “Los procedimientos administrativos y requisitos deben establecerse en una disposición sustantiva aprobada mediante decreto supremo o norma de mayor jerarquía, por Ordenanza Regional, por Ordenanza Municipal, por Resolución del titular de los organismos constitucionalmente autónomos”; Que, el numeral 40.3 del artículo 40º del TUO de la Ley Nº 27444, prescribe que “40.3 Los procedimientos administrativos deben ser compendiados y sistematizados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos, aprobados para cada entidad, en el cual no se pueden crear procedimientos ni establecer nuevos requisitos, salvo lo relativo a la determinación de los derechos de tramitación que sean aplicables de acuerdo a la normatividad vigente.(*); Que, el numeral 44.1, del artículo 44º, del TUO de la Ley Nº 27444 prescribe: “El Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) es aprobado por Decreto Supremo del sector, por Ordenanza Regional, por Ordenanza Municipal, o por Resolución del Titular de organismo constitucionalmente autónomo, según el nivel de gobierno respectivo.”, asimismo el numeral 44.5) prescribe: “Una vez aprobado el TUPA, toda modi fi cación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por Resolución Ministerial del Sector, o por resolución del titular del Organismo Autónomo conforme a la Constitución Política del Perú, o por Resolución de Consejo Directivo de los Organismos Reguladores, Resolución del órgano de dirección o del titular de los organismos técnicos especializados, según corresponda, Decreto Regional o Decreto de Alcaldía, según el nivel de gobierno respectivo. En caso contrario, su aprobación se realiza conforme al mecanismo establecido en el numeral 44.1. En ambos casos se publicará la modi fi cación según lo dispuesto por los numerales 44.2 y 44.3”. En el presente caso se trata de la incorporación de nuevos procedimientos administrativos; Que, el primer párrafo artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, prescribe: “Las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa; Que, la Resolución de Secretaria de Gestión Publica Nº 004-2020-PCM/SGP, donde se Aprueba el cronograma para la adecuación al nuevo formato del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA para las Municipalidades tipo A, conforme a la clasi fi cación efectuada por el artículo 5º del Decreto Supremo Nº 296-2018-EF teniendo el plazo máximo de adecuación 31 de marzo del 2021; Que, de acuerdo al Decreto Supremo Nº 200-2020- PCM, Incorporación de Procedimientos Administrativos Estandarizados en el Tupa de las Municipalidades en su numeral 5.1 artículo 5º Indica “Conforme al numeral 41.1 del artículo 41 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, las municipalidades provinciales y distritales proceden con la incorporación de los procedimientos administrativos estandarizados de licencia de funcionamiento y de licencia provisional de funcionamiento para bodegas en sus respectivos TUPA, en un plazo máximo de cinco (05) días hábiles, contado a partir de la entrada en vigencia del presente Decreto Supremo”; Que, conforme lo establecido en el numeral 8) del Artículo 9º de la Ley Nº 27972, son atribuciones del Concejo Municipal el aprobar, modi fi car, o derogar las ordenanzas, en ese sentido y por las consideraciones expuesta y en uso de las facultades conferidas en el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley N 27972, se opina Aprobar la siguiente: “ordenanza municipal que aprueba e Incorpora procedimientos administrativos, al texto único de procedimientos administrativo de la Municipalidad Provincial de Huarmey”; Que, estando a lo expuesto, y de la revisión técnico legal ; y contando con la opinión favorable de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, mediante Informe Nº 039-2021-MPH/GSCyF- SGFyDC, y de conformidad con lo dispuesto por los numerales 8) y 9) del Artículo 9º y por el Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; Que, mediante Informe Legal Nº110-2021-GAJ-MPH, de fecha 09 de marzo la Gerencia de Asesoria Jurídica OPINA Aprobar la siguiente: “Ordenanza Municipal que Aprueba e Incorpora Procedimientos Administrativos, al Texto Único De Procedimientos Administrativo (TUPA) de la Municipalidad Provincial de Huarmey”: PRIMERO: APROBAR, los TREINTA Y OCHO (38) Procedimientos Administrativos, al Texto Único De Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Provincial de Huarmey”, así como los requisitos, los derechos de trámite, SEGUNDO: INCORPORAR los TREINTA Y OCHO (38) Procedimientos Administrativos, al Texto Único De Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Provincial de Huarmey”, así como los requisitos, los derechos de trámite, los mismos que forman parte integral de la presente Ordenanza Municipal, TERCERO: APROBAR Los Formatos De Declaración Jurada Para Licencias De Funcionamiento, y demás Declaraciones y Formatos que como anexos forman parte integral de la Presente Ordenanza Municipal, CUARTO: ENCARGAR Gerencia de Administración y Finanzas de la MPH, Sub Gerencia de Logística y Patrimonio, en coordinación con Secretaria General de la Municipalidad Provincial de Huarmey la publicación de la presente Ordenanza en el Diario de Mayor Circulación conforme a ley y el íntegro del TUPA en Portal Institucional de la Municipalidad, QUINTO: PRECISAR que la presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario encargado de las publicaciones judiciales y/o Diario de Mayor Circulación conforme a ley (Art. 44º de la Ley Nº 27972) y el íntegro del TUPA en Portal Institucional de la Municipalidad, SEXTO: ENCARGAR a todas las unidades orgánicas que integran la Municipalidad Provincial de Huarmey, el fi el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza y sus Anexos. Que, mediante Memorándum Nº0498-2021-MPH- GM, de fecha 10 de marzo del 2021 el Gerente Municipal remite el Expediente Administrativo para la APROBACIÓN DE LA ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA E INCORPORA PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS,